22
Abr 08

Hoy es noche de Ecléctico

Ecléctico es el nombre del nuevo programa de Marta Yolanda Díaz-Durán, para espíritus libres. No se lo pierda hoy, de 7:00 a 8:00 p.m. (Central Time), en 100.9 F.M. y en
http://www.radiopolis.info/

Marta Yolanda siempre tiene una selección magnífica de música.


22
Abr 08

A Pita, le pita

Claudino Pita, presidente del Centro Interamericano de Administraciones Tributarias, asegura que Guatemala debe seguir en el camino de aumentar su carga tributaria. Los burócratas publicanos se reunieron en La Antigua para promover activamente la toma de recursos ajenos, por la fuerza, para repartirlos luego entre grupos de interés.

Claro que ellos no lo ponen así; pero, ¿qué, si no eso, son los impuestos?

Fiel a la creencia de que Gobernar es recaudar para gastar, la administración socialdemócrata guatemalteca necesita desesperadamente espaldarazos como los que los recaudadores de impuestos o publicanos vinieron a darle en esta jornada. Pero usted sabe -como tributario y como elector- que la cosa no es sólo cuestión de elvar la carga tributaria. Usted sabe que primero hay que definir prioridades, primero hay que aclarar la calidad del gasto, primero hay que definir si estamos dispuestos a cargar con el costo de tener gobierno tal y como está planteado, en fin…usted sabe que no es cuestión de competir por ver qué carga es más alta como pretenden los recaudadores.


22
Abr 08

Castrati: monstruos y prodigios

Hoy Prensa Libre y Siglo Veintiuno anuncian la producción de De monstruos y prodigios que presentará la Organización para las Artes de la Universidad Francisco Marroquín; y sin duda será una producción magnífica como todas las que presenta la Orpafm.

De monstruos y prodigios expone la historia de los castrati; niños que eran castrados, durante la pubertad, para conservar la tesitura de su voz. Los castrados hicieron su aparición en las iglesias, cuando el papa Pablo IV emitió una prohibición para que las mujeres cantaran en los coros de la basílica de San Pedro. Por eso, en el siglo XVI, se empezó a recurrir a la castración chicos de entre 7 y 12 años de edad. Un castrato podía alcanzar tesituras que iban desde soprano a mezo-soprano, debido al retiro de sus testículos. Las voces de los castrati eran consideradas como dones divinos. El Papa se había basado en San Pablo, que escribió que “las mujeres deben permanecer en silencio en la iglesia”.

En aquellas condiciones, no eran pocas las familias humildes que ofrecían sus niños para la castración y así buscaban garantizarse ingresos suficientes para su supervivencia. La posibilidad de hacerse fama cantando en ceremonias religiosas, teatros y cortes, podía generar un un ingreso considerable para el castrato, para su familia y para los intermediarios de las contrataciones. Generalmente los niños eran forzados a aceptar su castración, aunque una disposición hipócrita estipulaba que aquella no podía ser hecha “sin el consentimiento del niño”. Clemente VIII explicaba que las castraciones se hacían “en honor a Dios”.

Al modo de los modernos vocalistas pop, muchos de aquellos cantantes de “voz angelical” lograron la admiración del público y colosales fortunas personales. Tal es el caso de Farinelli, de cuya historia hay una película altamente recomendable. Por cierto que está (en VHS) en Take One, la tienda de vídeos de la Plaza Futeca, en la zona 14.

Voltaire y Rousseau se manifestaron contra la castración. Para 1798 la Iglesia Católica permitió que las mujeres cantaran en los coros y el papa Benedicto XIV declaró ilegal la castración. En su momento, el imperio napoleónico le puso fin a la práctica, como lo hizo el estado italiano en 1870. Los castrati siguieron actuando en El Vaticano y en otras iglesias, hasta que el papa Leon XIII prohibió definitivamente su presentación en ceremonias religiosas. Empero, el último castrado, Alessandro Moreschi, no se retiró hasta 1913 e incluso hizo una grabación de su voz, realizada en 1902.

Más info acerca de los castrati puede se encontrada en:

The Castrati as a Professional Group and a Social Phenomenon, 1550-1850; John Rosselli; Acta Musicologica, Vol. 60, Fasc. 2 (May – Aug., 1988), pp. 143-179

For and against the Order of Nature: Who Sang the Soprano?; Lionel Sawkins;
Early Music, Vol. 15, No. 3, Lully Anniversary Issue (Aug., 1987), pp. 315-324


21
Abr 08

Ordenamiento territorial: una aberración legislativa

Tengo el texto de la propuesta de Ley de Ordenamiento y Desarrollo Territorial Sostenible. Para hacer la historia corta, este engendro, si fuera aprobado, acabaría de una vez por todas -y sin decir agua va- con el derecho de propiedad, en Guatemala.

Esa es su gracia, mediante el uso de una retórica políticamente correcta y progre, la propuesta es un Caballo de Troya digno de organizaciones como el Lincoln Institute, y/o de la ignorancia de algunos diputados chapines. En este caso, Juan Manuel Giordano, ex Gana, es el padre de la criatura.

He aquí algunas piezas de aquella retórica que, debería poner en alerta a cualquiera con algún interés en la preservación de los derechos individuales y del estado de derecho en Guatemala:

“El ordenamiento territorial es cometido esencial del Estado y sus disposiciones son de orden público“.

“El ordenamiento territorial es el conjunto de acciones transversales del Estado que tienen por finalidad…el uso y aprovechamiento ambientalmente sustentable y democrático de los recursos naturales y culturales”.

“El ordenamiento y desarrollo territorial sostenible comprende: La definición de estrategias de desarrollo sostenible, uso y manejo del territorio en función de objetivos sociales, económicos, urbanísticos y ecológicos, a través de la planificación. El establecimiento de criterios para la localización de las actividades económicas y sociales. La identificación y definición de áreas especiales de protección, por su interés ecológico, patrimonial, paisajístico, cultural y de conservación del medio ambiente y los recursos naturales”.

“Son principios rectores del ordenamiento y desarrollo territorial sostenible: La adopción de las decisiones y las actuaciones sobre el territorio a través de la planificación ambientalmente sustentable, con equidad social y cohesión territorial. La recuperación por la comunidad de los mayores valores inmobiliarios generados por la planificación y actuación territorial pública”.

La parte dedicada a los supuestos derechos territoriales de las personas para el pelo:

“Derecho a un ordenamiento territorial adecuado a los intereses generales. Toda persona tiene derecho a que los poderes públicos establezcan un ordenamiento territorial adecuado a los intereses generales en el marco de los principios rectores del ordenamiento territorial”. Esto es, nada más y nada menos, la sumisión de los derechos individuales a los intereses colectivos; sumisión que es, precisamente, la negación del aquellos derechos.

“Derecho a la participación en la elaboración de los planes. Toda persona tiene derecho a la participación en los procedimientos de elaboración de los instrumentos de ordenamiento territorial.” Y uno se pregunta, ¿cómo se van a elaborar aquellos instrumentos? Las personas tendrán el derecho de participar en la elaboración de los instrumentos que erradicarán su derecho de propiedad?

“Las Municipalidades tendrán la competencia para categorizar el suelo, así como para establecer y aplicar regulaciones territoriales sobre usos, fraccionamientos, urbanización, edificación, demolición, conservación, protección del suelo y policía territorial, en todo el territorio municipal mediante la elaboración, aprobación e implementación de los instrumentos establecidos por esta Ley, en el marco de la legislación aplicable”. Las municipalidades serán las propietarias porque ellas ejercerán las facultades de uso, goce y disfrute de los inmuebles. Los expropietarios, serán sólo poseedores y tributarios al servicio de lo que dispongan las autoridades ediles.

La normativa es absurdamente arbitraria y debido a eso se prestará para corrupción y abusos: “Los suelos de categoría rural quedan, por definición, excluidos de todo proceso de urbanización, de fraccionamiento con propósito residencial o para instalaciones industriales, de logística o servicios y comprendidos en toda otra limitación que establezcan los instrumentos. Sólo se podrá transformar un suelo incluido dentro de una categoría en otra, en áreas con el atributo de potencialmente transformable”.

“Forman parte del contenido del derecho de propiedad de suelo las facultades de utilización, disfrute y explotación normales del bien de acuerdo con su situación, características objetivas y destino de conformidad con la legislación vigente”. Y, entonces, se hará de acuerdo con el verdadero propietario que será el Estado.

“El ejercicio del derecho a desarrollar actividades y usos, a modificar, a fraccionar o a construir, por parte de cualquier persona, privada o pública, física o jurídica, en cualquier parte del territorio, está condicionado a la obtención del acto administrativo de autorización respectivo, salvo la excepción prevista en el suelo categoría rural productiva.” Más oportunidades para arbitrariedad, corrupción y abusos por parte de funcionarios.

En un estado de derecho, en el que se respetan los derechos individuales es admisible que la legislación pretena que “Los propietarios deberán, a su costo, ejecutar las infraestructuras urbanas o las construcciones establecidas en las autorizaciones conferidas y en los plazos fijados por éstas, de conformidad con los instrumentos de ordenamiento territorial. Este deber comprende la obligatoriedad de edificar en los predios privados en una zona urbanizada cuando así lo determinen los instrumentos aplicables; ni que los propietarios de los inmuebles deberán transferir gratuitamente cuando así legalmente corresponda, las áreas de suelo a la Administración que dispongan los instrumentos de ordenamiento territorial en el marco de lo establecido en la presente ley”.

La normativa es tan absurda que prentende hacer a la víctima, responsable de los abusos del criminal: “Los propietarios de inmuebles deberán vigilarlos y protegerlos frente a intrusiones de terceros, haciéndose responsables en caso de negligencia de las acciones que éstos puedan ejercer en contravención a lo dispuesto por los instrumentos de ordenamientoterritorial o en menoscabo de los deberes territoriales”.

La normativa es increíble en cuanto a sus alcances para la destrucción de los derechos de los propietarios: “En los sectores de suelo categoría urbana o de suelo con el atributo de potencialmente transformable en que se desarrollen actuaciones de urbanización residencial, los instrumentos de ordenamiento territorial preverán viviendas de interés social de cualquiera de las categorías previstas en la Ley de Vivienda y Asentamiento Humanos y sus modificaciones. El número de éstas se situará entre el 10% (diez por ciento) y el 30% (treinta por ciento) de las viviendas totales que se autoricen en el ámbito de actuación”.

La normativa puede obligar a alguien a construir, si a algún burócrata así se le antoja: “Los instrumentos de ordenamiento territorial podrán establecer, para áreas específicas de los territorios comprendidos en éstos, la obligación de parcelamiento, edificación o utilización de suelo no utilizado, subutilizado o no edificado, debiendo fijar las condiciones y los plazos para la implementación de dicha obligación. El incumplimiento configurará falta a los deberes territoriales. El propietario afectado podrá requerir de la Administración la instrumentación de una operación territorial concertada como forma de viabilización financiera de su obligación”.

La normativa comete el error gravísimo, imperdonable, de pretender someter los derechos individuales al proceso democrático: “Las instituciones públicas promoverán la participación social a efectos de profundizar el proceso democrático en el ordenamiento territorial utilizando, como mínimo, los instrumentos específicos que se establecen por la presente Ley”.


21
Abr 08

¿Quién cuida lo que es de todos?

Leo que grupos de campesinos han usurpado 38 puntos estratégicos de la áreas protegidas de Petén en Guatemala. En total impunidad, permanecen invadidos parques nacionales, complejos arqueológicos y zonas de usos múltiples.

Y cuando leo eso me acuerdo de que los sindicatos hacen lo que quieren en el Ministerio de Educación y en la Dirección General de Migración. Me acuerdo de que la Sexta avenida de la zona 1 está plagada de ventas de CD piratas y de zapatos tenis de contrabando. Me acuerdo de que los policías se cuentan entre las filas de los asaltantes, los asesinos y los secuestradores. Entonces me pregunto, ¿quién cuida lo que es de todos? ¿Cuál es el rol del Estado en cuanto a la protección del patrimonio cultural de los guatemaltecos? ¿Quién podrá más, la dirigencia popular que instiga las usurpaciones, o el ánimo de resguardar los sitios arqueológicos? ¿De qué sirve que los sitios arqueológicos sean de todos, si terminan siendo de nadie? ¿A quién le pertenece el pasado?

Aaaaaaaaaaaaah, esas son demasiadas preguntas, diría uno de mis maestros.


21
Abr 08

Intensidad, un poema erótico

De mi amiga, La Claudiaponce, recibí este poema que envió a sus amigos cultos (y no se por qué me incluyó en la lista). Lo comparto con ustedes porque me gustó. Además la poesía erótica tiene un no se qué; debido a esa línea fina que separa lo inquietante, de ordinario. Lo malo es que no logro que la diagramación respete la métrica…sin embargo trataré de componer eso.

Intensidad

Apolo en persona baja del Olimpo,
la envidia de Rubens se posa en mí,
admiro tu cuerpo; tú, mis redondeces, hacen tus delicias, te pierdes
aquí.

Tus manos me alcanzan, sobra un poco allí, pero eso no importa, son
las sensaciones que tus finos dedos provocan sin pena, dándole
envidia al mismo Dalí.

Son dos, tienen cinco; y un ocho humano es su longitud; los tocas,
los besas, total reverencia, que ya cualquier geisha por allá por
Kyoto, con su cuatro y medio, quisiera vivir.

Vas subiendo lento, quieres olfatear, un suave perfume de valle de
lirios de mis suaves muslos te ha de fascinar.
Compites con Suskind, quieres perpetuar la esencia completa que vas
a tomar.

Mi flor te espera, bebes de su néctar, un jardín florece; y con gran
cuidado tu lo has regado y un botón de rosa firme y delicado, surge
en la llanura, no existe en Egipto tesoro preciado.

No miro tu cara, mas puedo sentir,
perfecta armonía, como simetría,
fórmula idónea, que hasta Alfredo Nóbel con su dinamita, cálculos
perfectos, no pudo intuir.

Cual Lady Godiva, cabalgo feliz,
son mías las riendas, tengo el control, un potro salvaje ya va
desbocado mas jinete diestro lo ha alcanzado.

Es de madrugada, aún no hay sol,
muy acompasada la respiración,
los ojos cerrados, las mejillas juntas y en una simbiosis, sin pies
ni cabeza, el mismo Picasso aquí se tropieza.


21
Abr 08

Facta non verba

“Nunca voy a ser destituido, ni despedido, ni removido”. Joviel Acevedo, el dirigente magisterial, al comentar los acuerdos a los que llegó con el presidente socialdemócrata Alvaro Colom y su esposa, la hermana del abogado de Acevedo.


21
Abr 08

Facta non verba

“Les pedimos que colaboraran, porque ellos mejor que nadie conocen a los trabajadores y saben quién tiene más capacidades para estar en una frontera u otra”. María de Fortín, directora de Migración, al explicar por qué es que los sindicalistas nombran a los delegados fonterizos. Esto en el contexto de denuncias de corrupción, falta de transparencia y privilegios.


21
Abr 08

Facta non verba

“Fue una medida de segunda vuelta” , de Alvaro Colom, el presidente socialdemócrata de Guatemala, al referirse a su Plan de los 100 días que resultó ser sólo una medida de propaganda.


20
Abr 08

Anuncios urbanos

Estos son anuncios de publicidad que se encuentran en cabinas telefónicas y postes del alumbrado eléctrico.

Son anuncios de coyotes que llevan gente a los Estados Unidos de América; de prestamistas que le dan dinero a empleados públicos y privados, por contrato y a jubilados; clínicas ginecológicas para casos de embarazos no deseados; y préstamos para solucionar endeudamientos con tarjetas de crédito.

Ayer en la tarde, que caminaba por caminar, noté estos anuncios que abundan en la ciudad de Guatemala.