19
Ago 10

¿Por qué hay que defender el artículo 35?

El martes pasado, un tribunal venezolano les prohibió a los medios de comunicación impresos que publiquen -por un mes- imágenes sobre violencia. Esto fue como consecuencia de que el diario El Nacional, que es crítico del régimen de Hugo Chávez, puso en su portada una foto de 12 cadáveres apilados en la morgue de Caracas.

El fallo dice que los medios no deben publicar imágenes violentas que de una forma u otra vulneren la integridad psíquica y moral de los niños y que la mencionada es una acción de protección.
El Nacional publicó esa foto para respaldar un reportaje sobre la criminalidad creciente en aquel país sudamericano; y por ello recibió una multa del 2% de sus ingresos brutos.
En Venezuela, la libertad de expresión está bajo ataque. No sólo porque el régimen puede cerrar medios de comunicación y perseguir a sus propietarios; sino porque, ahora, puede establecer qué se publica y qué no, y puede imponerles multas, a los medios, si no obedecen las reglas de la censura.
Estoy seguro de que hace unos años, cuando el régimen de Chávez empezó a hacer sus primeros pinitos en cuanto a control de medios y censura, alguien advirtió que aquellas prácticas eran peligrosas y que tenían que ser detenidas inmediatamente. Y sin duda, en esa misma ocasión, varias voces dijeron que no, que no había por qué preocuparse, que los que advertían el peligro estaban viendo micos aparejados; y quizás dijeron que seguramente los perseguidos y los censurados se lo merecían. Y no faltó quien pensó que nunca le pasaría a él.
¿Qué pasará, en Guatemala, cuando se discute la importancia del artículo 35 de la Constitución? Ese por cierto, es el artículo que protege la libertad de expresión.

19
Ago 10

La rebelión de Atlas en San Pedro Sula

El cuate, Juan Carlos, anda en San Pedro Sula y se encontró con La rebelión de Atlas en un lugar destacado de la librería del centro comercial que visitó.

19
Ago 10

¿Estafadores sinceros?

Un amigo recibió la siguiente propuesta por correo electrónico: This is Paul G. there is a customer of our financial institution with some good financial asset, I want you to get back to me with your full names, address and contact mobile number. “So we take advantage of the situation”. Regards, Paul G.


19
Ago 10

Cuando veas las barbas del vecino cortar…

El 30 de julio de 2010 es una fecha memorable en la Historia de la libertad de expresión, del sistema constitucional y del estado de derecho en Guatemala. Es la fecha en la que Roberto Molina, Alejandro Maldonado, Mario Pérez, Gladys Chacón y Juan Francisco Flores -magistrados de la Corte de Constitucionalidad- le denegaron el amparo a la periodista Marta Yolanda Díaz-Durán, misma que acudió a aquel alto órgano en busca de proteger su libertad de emisión del pensamiento….ya la larga, la de todos, por una querella que interpuso, en su contra, Rafael Espadita Espada, Vicepresidente de la República. Ese es el día en el que empezó la asfixia oficial del artículo 35 de la Constitución de Guatemala.


Este artículo, por cierto, dice que es libre la emisión del pensamiento por cualesquiera medios de difusión, sin censura ni licencia previa y que no constituyen delito o falta las publicaciones que contengan denuncias, críticas o imputaciones contra funcionarios o empleados públicos por actos efectuados en el ejercicio de sus cargos. El artículo también establece un procedimiento para los funcionarios que crean que alguna publicación los ha afectado.


Voy a hacerles corta, una historia larga.

El 1 de septiembre de 2009, Rafael Espada, actuó expresamente en su calidad de funcionario y de Vicepresidente de la República, y sin seguir el procedimiento constitucional, se querelló contra Marta Yolanda. Espada acreditó su carácter de funcionario y de Vicepresidente con una fotocopia de la certificación del acta de la sesión solemne número uno de fecha 14 de enero de 2008, en donde consta el acto de toma de posesión como Vicepresidente, expedida por la Secretaría de la Junta Directiva del Congreso de la República. En el segundo punto de la Petición de su querella, el Vice pidió expresamente que se tomara nota de que estaba actuando en su nombre y como funcionario público, en su calidad de Vicepresidente de la República.

¿Por qué se querello Espada contra Marta Yolanda? Porque la periodista escribió una columna, titulada El beso de Espada, en la que describió una serie de situaciones que, a su parecer, ligaban al Vicepresidente al asesinato de Rodrigo Rosenberg.

Espada pudo haber actuado como persona particular; pero tomó la decisión -racional y expresa- de hacerlo qua funcionario público, y no como cualquier funcionario, sino como Vicepresidente de la República. Es decir, que lo hizo desde una de las investiduras más altas en el esquema del poder político dentro del gobierno. Entiéndase que, en términos de implicaciones políticas, no es lo mismo que se querelle contra un ciudadano indefenso el director general del Transporte Extraurbano, que el hecho de que esa querella sea enderezada por el segundo al mando. No en un país de tradición presidencialista, y sin tradición de división del poder. De hecho, en los Antecedentes de su querella, Espada deja claro -expresamente- que de acuerdo con la Constitución, él goza del grado inmediato inferior al del Presidente de la República; y se queja de que Marta Yolanda no haya reconocido su alta investidura.

Los magistrados citados, sin embargo, en el Trámite del amparo, aseguran que la querella contra Marta Yolanda fue formulada por Espada en en el ejercicio del Cargo de Vicepresidente de la República en igualdad de condiciones. ¡Como si hubiera igualdad de condiciones entre aquel que actúa desde el grado inferior al del Presidente de la República y una ciudadana en ejercicio de su libertad de emisión del pensamiento!

En el mismo Trámite, los magistrados pretenden interpretar que la frase por actos efectuados en el ejercicio de sus funciones, del artículo 35 de la Constitución, quiere decir por actos correspondientes a sus funciones. Y, de todos modos, no es admisible la premisa de que los funcionarios no lo sean 24/7.

Luego, los magistrados hacen una elaboración retórica sobre la unilateralidad, la imperatividad y la coercitividad como características de los actos de autoridad; empero, dicha elaboración, aunque es interesante, no tiene relevancia para el caso que se discute. Esto es porque, en la querella, el Vicepresidente mismo insiste en aparecer como funcionario y como el que actúa desde el grado inferior al del Presidente. No hay duda de que Espada quiere que se sepa que actúa desde el poder y haciendo uso de la autoridad, además de hacer uso de su derecho a accionar como persona individual. El mensaje de Espada se interpreta, pues, como: ¡Este es el Vicepresidente querellándose!, y un mensaje así tiene implicaciones que son atingentes en el contexto de una solicitud de amparo: El mensaje quiere decir que el querellante lo hace desde el poder. Y en ese sentido no es un mensaje sólo para la periodista en cuestión, sino que lo es urbi, et orbi. Es un mensaje para todo aquel que quiera criticar, cuestionar, denunciar, o hacer imputaciones contra Espada, o contra cualquiera que ostente una investidura de funcionario. El mensaje es que ¡no se atrevan, porque vean lo que les puede pasar! En ese contexto, el amparo para Marta Yolanda, hubiera sido un amparo para todos los que quisieran hacer uso de su libertad de expresión; y uno en defensa del artículo 35 de la Constitución.

Por cierto que es de destacarse que, en el Trámite, los magistrados arguyen que la interponente no tuvo conocimiento personal y directo de los hechos que le atribuye al Vicepresidente. Y con ello buscan hacer caso omiso de que, en El beso de Espada, la interponente no estába asegurando nada que ahora no conste judicialmente, ya que en el proceso del caso Rosenberg, que es lo que originó todo esto, el testigo Mario Fuentes, amigo del abogado asesinado declaró que Rafael Espada sí tenía conocimiento de las investigaciones que estaba haciendo la víctima con relación al asesinato de Khalil Musa y su hija Marjorie; y Eduardo Rosenberg, hijo del abogado asesinado declaró que su padre sí se reunió con el Vicepresidente para darle datos de la muerte de los Musa.

En un país que no estuviera al revés, esta resolución de los magistrados citados arriba hubiera sido motivo de escándalo. En un país que estuviera al revés, cientos y cientos de ciudadanos que verían amenazado su derecho a la libertad de emisión del pensamiento se hubieran expresado para cuestionar la decisión de la Corte de Constitucionalidad. En un país que no estuviera al revés, los dueños de los medios de comunicación independientes y las organizaciones gremiales del periodismo estuvieran organizando un frente para la defensa del artículo 35 de la Constitución. Y en un país que no estuviera al revés, Marta Yolanda sería un símbolo de resistencia.

Si le interesa el tema, lea:

No constituyen delito…, por Oscar Clemente Marroquín

El espíritu constitucional, por Marta Altolaguirre

De 1215 a 2010, por José Raúl González

18
Ago 10

En un bosque, de la China, el socialismo se perdió

El régimen de Pekín está celebrando que la economía de la China Popular haya superado a la de Japón como la segunda economía mundial, detrás de la de los Estados Unidos de América. Pero dos cosas vale la pena destacar para que conste en acta:

1. Si bien es cierto que la economía total de la China Continental superó a la de Japón, el Dragón Rojo es diez veces más poblado que el Imperio del Sol Naciente, de modo que este es diez veces más rico -por habitante- que aquel. De hecho, el producto interno per capita de China es de US$ 3,800 lo que lo sitúa en la posición 105 del mundo. China tiene unos 150 millones de habitantes en la pobreza. El PIB per capita en Japón, sin embargo, es de 6 cifras. El PIB per capita de China se parece al de El Salvador, y es un poco más alto que el de Guatemala. Por eso es que cuando uno ve películas chinas, que muestran la vida en el área rural de aquel país, tiene la impresión de que la vida es tan dura como en Huehuetenango, Sololá, Totonicapán y otras áreas parecidas.
2. Con todo y todo no se le niega el mérito a los dirigentes chinos. Nada de aquel crecimiento económico se hubiera logrado si el régimen de Pekín no hubiera abandonado el socialismo de Mao que los mantuvo en la miseria y en hambrunas casi permanentes desde 1949 hasta 1976. El desarrollo que vemos ahora sólo fue posible luego del abandono del socialismo y tras el establecimiento de políticas capitalistas.

18
Ago 10

Objetivismo y distorsiones. A Alvaro Velásquez

Hace ratos, el columnista Jorge Jacobs se refirió al fenómeno del hombre de paja y lo explicó de la siguiente forma: La falacia del hombre de paja consiste en fabricar una débil imagen del oponente, que no necesariamente refleje sus argumentos pero que por lo menos se le parezca en algo, para luego atacar y desprestigiar esa imagen, haciendo creer a los demás que ese en realidad es el oponente. El uso de la falacia del hombre de paja es uno de los vicios del diálogo más socorridos entre muchos de los que se oponen a la filosofía de la libertad.

Por ejemplo: el 5 de agosto pasado, el columnista Alvaro Velásquez hizo uso de ella en su artículo La utopía randiana en la que caricaturizó la filosofía objetivista, de Ayn Rand, para criticarla por lo que no es, ni dice.

Según Velásquez que lo que él llama rand-ismo es una doctrina económica. Empero, lo que Ayn Rand llamó Objetivismo no es una doctrina económica, sino una filosofía con componentes metafísicos, epistemológicos, éticos, políticos y estéticos. Limitarla sólo a la economía –como una supuesta ala radical del liberalismo económico clásico– es una simplicidad que impide apreciarla en su justa dimensión.

Luego, el autor trata de ningunear al pensamiento liberal y al objetivismo acusándolos de jóvenes. Cómo si fuera válido agitar así una falacia ad verecundiam que, encima, hasta es bien fácil desvirtuar si se toma en cuenta que, así como la tradición del pensamiento colectivista tiene sus raíces en Platón, la individualista los tiene en Aristóteles. Y claro que el pensamiento del segundo es más nuevo que le del primero; pero eso no es argumento de nada. Una idea y una filosofía, no son peores, ni mejores, porque sean nuevas, o viejas.

Hablando de Aristóteles, Velásquez descontextualiza el concepto objetivista de egoísmo racional y hasta se atreve a decir que Rand desprecia la fraternidad; para hacer ver como si el individualismo extremo fuera algo malo. Pero, ¿qué es el individualismo extremo? El individualismo es la corriente filosófica que sostiene que las personas poseen derechos inalienables que no le pueden ser arrebatados por otras personas, ni tampoco por cualquier número, grupo o conjunto de personas. Por lo tanto, cada hombre existe por su propio derecho y para sí mismo, no para el grupo. Y para apreciar mejor la importancia del individualismo –y por qué es bueno que sea extremo- vale la pena compararlo con la corriente que se le opone, que es la del colectivismo. Este sostiene que las personas no tienen derechos; que su trabajo, su cuerpo y su personalidad le pertenecen al grupo y que este puede hacer con las personas lo que les plazca, en la forma que quiera, por cualquier motivo que el grupo haya decidido que es su propio bien. Por consiguiente, cada hombre existe sólo con el permiso del grupo, y en beneficio del grupo.

Velásquez dice que el Rand desprecia la fraternidad; pero, ¿qué puede ser más radicalmente fraternal ¡y benévola!, que una filosofía radical que excluye radicalmente la posibilidad de que unas personas puedan usar a otras y que considera moralmente bueno que todas y cada una de las personas –sin distingo alguno– puedan perseguir sus propios fines pacíficos? Maligna y antifraternal es una filosofía que anula los derechos individuales y sanciona la posibilidad de que unas personas puedan usar y sacrificar a otras.

El egoísmo racional de Rand es, pues, lo que Aristóteles llama phronēsis; que no es más que el uso de la razón para identificar lo que es bueno y lo que es malo para uno, con el fin de elegir lo bueno y evitar lo malo. Una persona ejerce el egoísmo racional cuando actúa con prudencia, que le dicen. Cuando un padre le dice a su hijo que se cuide, lo que le aconseja es que actúe de forma prudente, que lo haga de acuerdo con el egoísmo racional.

Finalmente, en La rebelión de Atlas, Rand no propone una utopía platónica. Primero, porque una utopía es un plan irrealizable; y segundo, porque la filosofía Objetivista tiene sus raíces en Aristóteles, no en Platón. Lo que Rand propone, en su novela es una república; tan realizable, como la que fue constituida en 1787 en Filadelfia.

Gracias a mi amigo, Warren, por la pista y por sus ideas que usé para esta entrada.


17
Ago 10

Meditaciones sobre Pavón y el uso de la fuerza

George Washington escribió que el gobierno no es la razón, ni es la elocuencia; es la fuerza. Como el fuego es un sirviente peligroso, y un amo temible. Tenemos gobierno y lo dotamos con un formidable monopolio del uso de la fuerza para defendernos de los delincuentes; pero por esa naturaleza ígnea a la que hizo referencia Washington, es que aquel monopolio formidable y aquella fuerza, deben estar sometidos al imperio de la ley. ¿Y la ley? Son aquellas normas generales y abstractas cuyo propósito es proteger nuestros derechos individuales no sólo de los delincuentes, sino de aquellos que controlan aquel monopolio formidable del uso de la fuerza.


A esto se refieren los artículos constitucionales que dicen que el ejercicio del poder está sujeto a las limitaciones señaladas por la Constitución y la ley; y que los funcionarios son depositarios de la autoridad, responsables legalmente por su conducta oficial y sujetos a la ley, jamás superiores a ella. La ley, pues, no sólo está hecha contra los malos, sino contra los que se dicen buenos; ¡y hasta para frenar a los buenos!

Mucha gente cree que los problemas de Guatemala se resolverían si los buenos tomaran el control y acabaran con los malos. Como en la peli Las pandillas de Nueva York, no falta quién crea que los problemas de Guatemala se acabarían si los buenos cañonearan a los malos y de ahí salen las hipótesis que creen que la solución está en la limpieza social. El problema, claro, es que si al monopolio formidable del uso de la fuerza lo dejamos sin la obligación ineludible de someterse a la ley, aquel monopolio formidable del uso de la fuerza sirve a los intereses de quienes lo controlan y puede ser dirigido contra cualquiera que se interponga entre ellos y sus objetivos.

En septiembre de 2006 mucha gente vitoreó a los funcionarios que tomaron la decisión y ejecutaron las acciones que culminaron con lo que se conoce como La toma de la Granja Penal de Rehabilitación Pavón, porque había evidencia de que las mafias tenían el control de aquellas instalaciones penitenciarias. La Prensa, la comunidad internacional y el clamor popular querían la toma; y la administración de Oscar Berger y Eduardo Stein actuó en consecuencia. Y los protagonistas directos de la toma se convirtieron en los héroes de muchas familias que le dijeron a quienes quisieran oírlos: ¡Al fin alguien está haciendo algo!

Sin embargo, sic transit gloria mundi; porque el amor de la plebe es flor de un día. Como lo son el amor de la Prensa y el de la comunidad internacional. Para la opinión pública y para quienes la hacen, los héroes de ayer, pueden ser los villanos de hoy. Yo nunca votaría por Alejandro Giammattei, por ejemplo y se que Carlos Vielmann es de carácter volado; pero por más defectos que tengan, la verdad no creo que sean los asesinos que ahora se les quiere hacer parecer.

¿Y cuál es el resultado de estas meditaciones? Uno que no debería sorpendernos: que una república sana no puede irse formando sobre las virtudes de los hombres (y menos sobre los caprichos de la gente). Una república sana sólo es posible si se funda sobre leyes. Leyes iguales para todos. Leyes que protejan los derechos de todos. Leyes que impidan los privilegios. Las leyes son la clave, no los hombres.

Ya lo dijo Javier Bardem: Cuando las cosas salen mal todos cerramos los ojos y esperamos que haya alguien más fuerte y sabio y más capaz que nosotros que nos ayude. Yo creo que esa es la solución equivocada, y por eso es que apoyo a ProReforma.

La caricatura es por Fo y fue publicada en Prensa Libre el 18 de agosto de 2010 y hace alusión a los problemas en la universidad estatal.

17
Ago 10

La libertad y los vínculos matrimoniales

El establishment guatemalteco ha estado reaccionando activamente frente al acuerdo 27-10 del Congreso de la República, que reforma los códigos Civil y Penal y que les reconoce, tanto a la mujer, como al hombre, la libertad de pedir el divorcio sin necesidad de contar con el consentimiento del otro cónyuge.

Quienes se oponen a esta disposición han basado sus argumentos en premisas colectivistas que generalmente suponen que las personas, sus vidas y su felicidad deberían estar al servicio de la sociedad, cuando no del estado; o en premisas místicas que suponen que las personas, sus vidas y su felicidad deberían estar sometidas a los caprichos de su dios, cuando no a los de su iglesia.

Hay otro tipo de argumentos que tienen que ver con las responsabilidades para con los hijos, que no tocará ahora, porque se entiende que no hay libertad sin responsabilidad, y viceversa. Y porque este es un tema de suyo importante que vale la pena tocar aparte. En estas meditaciones exploraré sólo la parte que tiene que ver con los argumentos colectivistas y místicos.

Lo que conocemos como matrimonio es un acuerdo privado entre dos personas que voluntaria y pacíficamente deciden compartir sus vidas –generalmente porque se aman; pero no necesariamente por esa razón– y hacerlo en el marco de cierta formalidad. Dicha formalidad subraya el carácter de compromiso y de permanencia en la unión, y busca el apoyo del prójimo para la pareja contrayente.

En su Compendio de derecho civil, Federico Puig Peña, sin embargo, considera que el abandono del matrimonio como acto privado es una etapa superada, y que tanto la affectio maritalis como el principio consensus facit nuptias, así como la sola voluntad de los contrayentes “sin requisito de forma alguna”, no son suficientes para que el matrimonio quede válidamente constituido.

Válidamente constituido de cara a lo que el Gobierno y la legislación consideran como válido, claro, porque en las condiciones descritas por Puig Peña los políticos disponen regular un asunto que es principalmente contractual e íntimo. Un asunto en el que –en el contexto de una sociedad abierta, o en el de un orden espontáneo, como es la sociedad– el gobierno y el estado deberían estar obligados a respetar la voluntad de los individuos involucrados; y ocuparse sólo de sancionar a la parte, o las partes, que violen las responsabilidades contractuales tales como la provisión de alimentos, el cuidado de los hijos, la repartición de tareas, y otras tanto mientras dura el vínculo, como luego de su disolución.

Debido a que el matrimonio civil es una creación legislativa, el vínculo debería estar sujeto al principio de igualdad de todos ante la ley; y al debido respeto de la voluntad de los contrayentes.

Kosmos y sociedad abierta

En Derecho, legislación y libertad, Friedrich A. Hayek explica que un orden espontáneo o kosmos, a diferencia de un orden creado o taxis, no está limitado por lo que determinada mente humana pueda dominar; su existencia no tiene por qué estar al alcance de nuestros sentidos, por estar basada en relaciones puramente abstractas que sólo mentalmente cabe establecer; y finalmente, por no ser producto de creación intencionada, no se puede legítimamente afirmar que persiga un fin determinado, si bien el hecho de descubrir su existencia puede en gran medida contribuir a que con mayor facilidad consigamos materializar nuestras propias apetencias. Un kosmos sólo puede ser regulado por leyes tipo nomoi; es decir, por normas generales, abstractas, de aplicación para todos por igual y de conducta justa. Precisamente el tipo de leyes que delimitan y protegen las esferas individuales de acción, dentro de las cuales las personas ejercen sus derechos individuales con la única obligación de respetar los derechos de los demás.

Por su parte, en La sociedad abierta y sus enemigos, Karl Popper advierte que esta civilización [la occidental] no se ha recobrado todavía completamente de la conmoción de su nacimiento, de la transición de la sociedad tribal o cerrada, con su sometimiento a las fuerzas mágicas, a la sociedad abierta, que pone en libertad las facultades críticas del hombre. En la tribu –precisamente por su carácter tribal– cabe la intromisión de otros –por la fuerza de la costumbre o de la normativa– en un asunto tan íntimo y privado como el contrato de unión entre dos adultos capaces; pero en una sociedad abierta, donde es inaceptable aquella invasión, esta sólo se explica por la conmoción a la que se refiere Popper.

El gobierno como taxis, orden creado u organización que persigue fines determinados, y el estado, en persecución de los objetivos que le imponen a la sociedad quienes tienen la facultad de legislar, son los que disponen, por la fuerza de la legislación, que en el matrimonio –como institución jurídica– los involucrados deban permanecer unidos, aunque ya no les convenga, en supuesto beneficio de la colectividad. Puig Peña opina que no basta “la unión espiritual de un hombre y una mujer para alcanzar el fin supremo de la procreación de la especie”, un objetivo indiscutiblemente colectivista, sino que hace hincapié en que, para que haya matrimonio, aquella unión debe ser consagrada por la ley.

En algún momento de la historia de la humanidad las religiones dispusieron hacer uso del matrimonio para hacer avanzar sus intereses, e igual cosa hizo el Estado. Pero antes de que ambas organizaciones se inmiscuyeran en aquel acuerdo privado, ya había compromisos voluntarios y pacíficos, de largo plazo, entre personas individuales que decidían unir sus vidas.

Historia y tradición

En su Diccionario enciclopédico de derecho usual, Guillermo Cabanellas lo explica con claridad, al decir que históricamente el matrimonio tiene por origen un contrato: el consentimiento familiar o sensual de la pareja humana, un acuerdo de las voluntades o de los deseos de ambos cónyuges. Y luego añade que “la religión (y la católica con mayor constancia y empeño que ninguna) lo eleva a la jerarquía de sacramento, basado siempre en la libre manifestación del consentimiento de los contrayentes”.

Sabemos que los gentiles se juntaban sin necesidad de contar con la bendición del dios judeo-cristiano, porque, según la Biblia, en Tobías VII:5, así se lo dice Tobías a Sara en su noche de bodas: Nosotros somos hijos de santos y no podemos juntarnos a manera de los gentiles, que no conocen a Dios .

El punto clave, aquí, es que la unión voluntaria de personas existía antes de que la religión judeo-cristiana dispusiera que esa unión tenía que ser santificada. Del mismo modo en que las casas de cambio preceden por miles de años a los bancos centrales –hecho que a los políticos y a los banqueros centrales no les gusta recordar–. La gente tiende a creer que antes de que el Gobierno regulara ciertas prácticas estas no existían, y que no eran posibles sin aquellas normativas.

De hecho, cada religión (con su dios y sus ceremonias) lo santifica a su modo. De la misma forma en que cada legislación (con sus normas y sus procedimientos) lo legaliza a su modo. En realidad, y a la larga, ni la ceremonia matrimonial católica (qua ceremonia) es mejor o peor que la judía o que la sintoista. Del mismo modo en que la ceremonia matrimonial civil en Madrid (qua ceremonia) no es mejor o peor que la ceremonia civil en Nueva York, en Jerusalén, o en Japón.

A pesar de ello, las Iglesias cristianas y el gobierno pretenden que el matrimonio sirva a sus intereses, y no a los de los contrayentes. La Iglesia católica, por ejemplo, hace de menos el carácter contractual del matrimonio, al asegurar, en su catecismo, que no depende del arbitrio humano. El mismo Dios es el autor del matrimonio. Esto es, a pesar de que el carácter contractual del matrimonio tiene una importante tradición -aún dentro de la Iglesia Católica- porque, aunque el Código de Derecho Canónico vigente se refiere a la alianza matrimonial, el Codex iuris canonici de 1917, resaltaba el matrimonio como contrato, según cuenta Antonio Benlloch.

El uso incorrecto de la ley

En tales condiciones es evidente que la ley y una institución jurídica están siendo usadas de forma incorrecta para imponerle a todos, en la sociedad, objetivos propios de algunos integrantes de la misma. El propósito de este análisis no es moralizar sobre la ley, como no lo es cuestionar, y menos poner en duda, la validez de aquellos objetivos –en cuando sean fines individuales–. Lo que sí se busca con él es establecer como ilegítimo que aquellos fines le sean impuestos a una situación contractual como el matrimonio, que le sean impuestos en el contexto de un kosmos y que, de todas formas, tanto en este como en cualquier otro caso en el que el Gobierno crea derechos y obligaciones por medio de normas legales, estas deben aplicarse con estricto apego al principio de igualdad de hombres y mujeres ante la ley.

Es demasiado corrientemente aceptada la idea de que el derecho de familia –y consecuentemente el matrimonio– es de orden público. Asegura Puig Peña que las normas del Derecho de Familia son, por regla general, de orden público, inderogables por actuación de la mera voluntad privada. Las partes, en efecto, no pueden dejar de cumplir las condiciones naturales ni modificar a su arbitrio los cánones imprescriptibles del derecho de familia. No pueden casarse cuando quieren como quieren, ni adoptando la forma que estimen conveniente, ni disolver el matrimonio, ni incluso modificar los pactos matrimoniales establecidos. Las potestades familiares no son potestades-derechos, sino potestades-función, o sea, facultades establecidas, no en propio beneficio, sino en utilidad y régimen de los que a ella aparecen como sometidos. Y aquello podría ser bien visto en una sociedad colectivista, en una sociedad cerrada o en una tribu, en la que los individuos están llamados a ser engranajes de una maquinaria, órganos de un sistema, o partes de un todo superior a ellos; pero no está bien en una sociedad de personas libres y responsables, en un kosmos o en una sociedad abierta.

Puig Peña considera que el hecho de que el Derecho de Familia tenga una función social, y no sea una potestad-derecho, es un evidente progreso para el derecho. Desde mi punto de vista, esto pone de manifiesto la idea peligrosa de que el individuo y sus relaciones personales sirvan al Estado o a la sociedad, y, peor aún, que el interés colectivo prevalezca sobre los derechos individuales.

Ahora bien, como las personas no son animalitos que solo se unen para perpetuar la especie, el matrimonio del siglo XXI debe tomar en cuenta las diversas razones que llevan a las personas a unir sus vidas. La comunidad de intereses, el amor, la admiración, la búsqueda de compañía, la conveniencia, entre muchos otros, son ejemplos de aquellas razones. El matrimonio debe tomar en cuenta que las personas son individuos y que las mismas deben ser tratadas por la ley como seres racionales, no como medios, ni como instrumentos.

Tradición y evolución

No es extraño, entonces, que en la sociedad, que es evolutiva por naturaleza, las instituciones también evolucionen.

En Los Fundamentos de la Libertad, Friedrich A. Hayek explica que en todos los países y en todos los tiempos existen grupos que han alcanzado una posición más o menos estacionaria con hábitos y formas de vida establecidos durante generaciones. Tales formas de vida pueden verse inesperadamente amenazadas por desarrollos con los que nada tienen que ver; y no sólo los miembros de las aludidas agrupaciones, sino a menudo otras gentes muy dispares pueden también desear la preservación de los hábitos en cuestión.

De esa cuenta, el matrimonio como una cadena con bola, amarrado por la fuerza de la ley, o por el chantaje espiritual de las iglesias, puede perfectamente pasar a ser el matrimonio moderno y retomar su verdadero carácter como contrato de convivencia y de respeto mutuo entre individuos que lo aceptan libremente en el marco de culturas propias de sociedades abiertas. Ni al servicio de la Iglesia, ni al servicio del Estado, sino que al servicio de aquellos que, en ejercicio de sus derechos como personas humanas, asuman el compromiso, por el tiempo que puedan, o quieran, sin dejar de tomar en cuenta que en caso de disolución hay responsabilidades que enfrentar. En una sociedad abierta, todo ejercicio de la libertad, implica responsabilidad.


16
Ago 10

Luisfi en la radio

Estafas, robos de identidad, acoso, amenazas, extorsiones y otros temas relacionados con la cyber-delincuencia serán los que abordaré en el hoy, a las 4:30 p.m., en el programa Así es la vida que se transmite en 92.1 F.M. y en radiousac.tk para el resto del mundo


16
Ago 10

Las chocheras de Castro y su idea del capitalismo

Fidel Castro cree que Carlos Slim, porque es el hombre más rico del mundo, es un ídolo del capitalismo. Por eso le acaba dedicar palabras de elogio.

Slim, sin embargo, amasó lo más impresionante de su fortuna al haber conseguido un monopolio por 15 años, garantizado por la fuerza del estado mexicano. ¡Todo lo contrario a lo que propone el capitalismo!
Una característica fundamental del capitalismo es que separa el estado y la economía de la misma forma -y por las mismas razones- que el estado y la iglesia deben estar separados. En un sistema capitalista ninguna persona, y ningún grupo puede iniciar el uso de la fuerza contra otros, sin incurrir en delito. Aquellos empresaurios mercantilistas que hacen o compran negocios protegidos por el estado, y más si son monopólicos, lo que hacen es iniciar el uso de la fuerza para impedir la competencia e impedir que los consumidores tengan opciones. No puede ser llamado capitalista una persona sólo porque tiene millones de dólares, o sólo porque tiene uno o muchos negocios exitosos al amparo de la fuerza.
¿Por qué haría algo así el viejo tirano?
Quizás porque él sí cree que el capitalismo es lo mismo que el mercantilismo. Quizás porque así ayuda a perpetuar la idea, equivocada, de que capitalismo y mercantilismo son la misma cosa. Quizás porque está preparando el terreno para el futuro de las telecomunicaciones en Cuba. Quizás porque entre bomberos no se pisan las mangueras. Quizás porque aveces le pega la chochera.