El subdesarrollo económico y social de Guatemala se debe a la existencia de un Estado presidencialista que no proteje los derechos individuales. El objetivo del Proyecto ProReforma es la prevalencia del Derecho que fomenta la economía de libre mercado y disminuye la corrupción. Asimismo, promueve la certeza jurídica, el respeto de los derechos y la disminución de la discrecionalidad de los funcionarios. Su principal reforma consiste en la creación de un sistema bicameral diferenciado, otros métodos de elección para ambas cámaras y la reducción de diputados en el Congreso: http://newmedia.ufm.edu/pagina.asp?nom=proreforma
constitución
23
Ene 07
Berger: el mal ejemplo
¿Cómo fregados es que los guatemaltecos queremos que haya respeto a la ley, si el propio Presidente -que juró cumplir y hacer que se cumplan la Constitución y las leyes- no las respeta ni las cumple?
Ejemplo: El tribunal Supremo Electoral le envió un apercibimiento a Oscar Berger para que se abstenga de hacer declaraciones que favorezcan a algún partido político; y mientras tanto, el Presidente aprovechó su recorrido por San Marcos y Huehuetenango para “recordarles” a los alcaldes y a las pobladores que, si quieren que continúen los proyectos de infraestructura “deben votar por los que siguen con los proyectos”.
Al entendido, por señas, ¿o no? ¡Y eso que estos son los “buenos”! ¿Qué tal serán los “malos”?
12
Ene 07
La presión del Imperio
Maura Harty, secretaria de Estado adjunta para Asuntos Consulares, de los Estados Unidos de América, presiona a Guatemala para que nuestro país se adhiera al Convenio de la Haya.
Señora procónsul: El presidente de la República no tiene facultades para adherirse a un tratado. Dicha facultad fue eliminada de la Constitución y así lo confirmó la Corte de Constitucionalidad de Guatemala en una sentencia del 13 de agosto de 2003. Guatemala no ha suscrito el tratado. Las pretensiones de su gobierno violan la ley y la soberanía de Guatemala. Por favor, deponga su actitud imperial.
En su libro Philosophy: Who Needs It, la filósofa Ayn Rand escribió: “Puedo decir –no como un eslogan patriótico, sino con pleno conocimiento de las raíces metafísicas, epistemológicas, éticas, políticas y estéticas necesarias, que los Estados Unidos es el más grande, el más noble y, en sus principios fundadores originales, el único país moral en la historia del mundo”; y aunque yo estoy completamente de acuerdo con esa afirmación, no está de más observar que mensajes como el que usted trae contradicen de muy mala manera lo dicho por Rand.
31
Dic 06
¡El sol, cachetes de gringo!
Con frases ingeniosas como “¡El sol, cachetes de gringo!”, “¡La muerte quirina, que andando se orina!” y “¡El negrito, calzón rayado!!” se cantan las loterías en las ferias guatemaltecas. Así la cantaba también, mi tía abuela La Mamita, cuando organizaba lotería para mi hermano y para mí.
Ahora imagínese usted lo absurdo de poner a unos niños a jugar lotería y cantar: “¡Reformas constitucionales!”, o “Policía profesional!”.
¿En qué estaban pensando los genios de la Unión Europea cuando produjeron su Lotería para vivir en paz, que distribuyeron aquí en Guatemala porque supuestamente “continee lo que debemos aprender y recordar de los Acuerdos de Paz” y da a conocer los “derechos y oblicaciones que la democracia brinda para vivir en paz”?
Yo encuentro dos explicaciones: La primera, es que esta lotería es el resultado de tener mucho prespuesto y mucha gente ociosa; la segunda, es que aquellos burócratas no entienden que “la naturaleza, para ser gobernada, debe ser obedecida” y que los valores y principios de la gente no pueden ser impuestos por medio de Acuerdos, ni leyes; sino que son fruto de un largo proceso de prueba y error.
La candidez de La lotería para vivir en paz tiene un rescate ominoso. Quien la canta podría decir cosas como: “¡La reforma constitucional, felizmente rechazada de plano en consulta popular celebrada mayo de 1999!”, o bien “¡La policía profesional, frecuentemente involucrada en casos de secuestro, robo de carros, extorsíon y asesinato!”
Ahora que el ingenioso Oscar Berger ha anunciado que presionará para forzar las reformas constitucionales, ¡contra de la manifiesta voluntad popular que ya las rechazó!, me parece oportuno reproducir lo que escribí a respecto en la víspera de aquella jornada cívica en que la Constitución fue defendida por los guatemaltecos.
Un No histórico
A lo largo de su historia los pueblos pasan, cada cuanto, por intensos momentos de decisión. Momentos que demandan principios, audacia y valor, de parte de sus mejores ciudadanos.
Sin embargo, al leer dichos episodios en los libros de historia, al lector casual aveces se le olvida que sus protagonistas fueron personas de carne y hueso, que incluso arriesgaron sus bienes y su vida, y que tomaron decisiones difíciles. De allí que su premio fueran la fama, y algunas veces hasta la gloria.
Los casos abundan: En 1821 nuestros padres lucharon un día, encendidos en patrio ardimiento, y lograron, sin choque sangriento, colocarte en un trono de amor. Son ejemplos, también, la fundación de la República en tiempos de Carrera, la revolución de 1871, la revolución de 1944, la Liberación, y más recientemente el patético serranazo. En cada uno de esos momentos, como en muchos otros, los mejores hijos de Guatemala han salido en defensa de la patria, de sus ideales, y de la Constitución.
Los guatemaltecos de 1999 tenemos la oportunidad de enfrentar uno de estos momentos intensos de decisión. Tenemos la oportunidad de demostrar de qué estamos hechos, cuales son nuestros principios, y qué tanto estamos dispuestos a hacer por defenderlos.
Hoy, a los guatemaltecos nos serán sometidas, en consulta popular, cuatro preguntas que engloban 50 modificaciones a nuestra Carta Magna. Varias de las reformas propuestas harán de nuestra ley fundamental una Constitución de normas específicas y concretas, en abierta contradicción a la teoría y a la experiencia constitucional, que recomiendan normas generales y abstractas. En vez de eliminar privilegios, como lo mandan el sentido común y la razón, las reformas crearan más de ellos, y lo harán sobre bases etnicistas.
Distinguidos estudiosos del constitucionalismo, como el doctor Keith Rossen, han identificado que durante el período independiente de América Latina han habido un promedio de 12.75 constituciones por país. Una de las razones para tamaña inestabilidad jurídica es que aquellas han sido creadas como normas de ideales y aspiraciones, en vez de normas con fuerza de ley.
Desafortunadamente, las modificaciones que nos serán sometidas el hoy, no son ajenas a esta tendencia.
Ante el peligro de que la Constitución de Guatemala sea rebajada a la calidad de un código cualquiera que puede ser reformado de acuerdo con los vientos que soplen. Ante la posibilidad nefasta de que la Carta Magna se convierta en un instrumento de solución para intereses de corto plazo. Y frente a la realidad inocultable de que los organismos Ejecutivo y Legislativo se han confabulado con grupos de interés y la comunidad internacional para imponer dichas modificaciones, aún a costa del consenso ciudadano, los guatemaltecos responsables no podemos quedarnos con los brazos cruzados.
Hoy, como durante el serranazo, y como en aquel 15 de septiembre de 1821, los guatemaltecos no solo haremos historia, sino que definiremos nuestro futuro. Hoy habrá que votar, y si usted está de acuerdo con que la constitución debe ser un fundamento sólido para el respeto a los derechos humanos y la igualdad ante la ley, en vez de una antojadiza colección de privilegios, ya sabe que hacer.
25
Nov 06
Los nuevos Landa
En su celo misionero, Landa fue causante de la destrucción total de muchas tradiciones e historia de los mayas. Durante un auto de fe, en 1562, Landa mandó a quemar casi 100 códices. En esa ocasión, el buen Obispo, quemó unas 5,000 imágenes de culto. La excusa fue que los libros destruidos contenían supersticiones y mentiras del diablo. Landa cuenta que los indígenas lamentaron mucho la destrucción de sus libros y de sus imágenes, lo que les causó mucha aflicción.
Eso mismo, aflicción y lamentaciones, van a causarnos los nuevos Landa que, desde España, vienen a imponer la nueva fe y a acabar con las cosas del diablo. Me refiero a la solicitud de la Audiencia Nacional española en cuanto a la extradición de ciudadanos guatemaltecos por presuntos delitos, ¡no cometidos allá en España; sino supuestamente perpetrados aquí en Guatemala!
No voy a emitir opinión sobre las causas de la solicitud; pero en defensa del estado de derecho, de la constitucionalidad y de la soberanía les someto a los lectores la consideración de los siguientes principios constitucionales:
“Los tribunales de justicia en toda resolución o sentencia observarán obligadamente el principio de que la Constitución de la República prevalece sobre cualquier ley o tratado”. Este artículo es imperativo; tan claro y expreso que no cabe interpretarlo, o calificarlo de ambiguo. Al decir “cualquier ley o tratado” se refiere a todos, traten de derechos humanos, de semillas transgénicas, o de lo que sea.
“La justicia se imparte de conformidad con la Constitución y las leyes de la República. La función jurisdiccional se ejerce, con exclusividad absoluta, por la Corte Suprema de Justicia y por los demás tribunales que la ley establezca. Ninguna otra autoridad podrá intervenir en la administración de justicia”. O sea que sólo los tribunales guatemaltecos pueden conocer de las violaciones al sistema jurídico guatemalteco perpetradas en territorio guatemalteco, sin que pueda permitirse la injerencia de ninguna otra autoridad nacional, o extranjera.
Algunos tratan de confundir a la opinión pública con el artículo 46 de la Constitución; pero este lo que dice es que “en materia de derechos humanos los tratados aceptados y ratificados por Guatemala tienen preeminencia sobre el derecho interno”. Según la Corte de Constitucionalidad, esta preeminencia es sobre la legislación ordinaria, como el Código Penal, o la Ley de Migración; ¡pero nunca sobre la Constitución!, que es el fundamento de todo el sistema jurídico nacional.
En cuanto a la extradición, esta es una figura jurídica que le permite a un ordenamiento legal atraer hacia su jurisdicción al que lo ha violado; y que para eludir la sanción se ha refugiado en un territorio que está sometido a un ordenamiento legal diferente.
Hay quienes quieren traer a su favor el artículo 27 de nuestra Carta Magna que dice que “por delitos políticos no se intentará la extradición de guatemaltecos, quienes en ningún caso serán entregados a gobierno extranjero, salvo lo dispuesto en tratados o convenciones con respecto a los delitos de lesa humanidad o contra el derecho internacional”. Este precepto es aplicable a un guatemalteco que hubiere cometido un delito de lesa humanidad o contra el derecho internacional en un país extranjero y se refugia en Guatemala para eludir la sanción; pero nunca si hubiera cometido el delito en nuestro territorio nacional, porque en tal caso debe ser juzgado por los tribunales guatemaltecos de conformidad con el principio de la “exclusividad absoluta” que consagra la Constitución.
Publicada en Prensa Libre el 25 de noviembre de 2006.
04
Nov 06
La cochambrosa
1. Junto al Monumento a los Próceres de la Independencia de Guatemala, popularmente conocido como El Obelisco, hay una caja de concreto y vidrio blindado dentro de la cual hay una cosa toda sucia que, si uno ve de cerca, reconoce que es un libro. Pero no es cualquier libro. Esa cosa con la pasta reventada por el sol y cubierta de cochambre, es la Constitución Política de la República de Guatemala.
¡Eso sí no es cualquier edición de la Constitución! Según la placa que acompaña al objeto, “es el texto original”.
El fin de semana pasado estuve allí; y oí que un niño le preguntaba a un adulto que qué es eso que está en la caja. Y el adulto le contestó que es “un libro”. Yo creo que fue más por no entrar en detalles, que por ignorancia; pero que triste es que la Constitución chamuscada de Guatemala no merezca mayor comentario. Que triste que ni el Ejecutivo, ni el Legislativo, ni la Municipalidad se hayan percatado del aspecto impresentable que ofrece texto original de la Carta Magna chapina.
Casualmente, ese fin de semana, en El Tiempo, de Bogotá, Carlos Caballeros escribió una columna titulada ¿Aceptamos el mercado y el Estado de Derecho? Su hipótesis, que comparte con Fernando Enrique Cardoso, es que “las sociedades latinoamericanas continúan presentando sus vicios de siempre, la corrupción, la fragilidad institucional, las carencias en educación, en vivienda o en sanidad, el clientelismo, la incompetencia política” porque “en América Latina no hemos aceptado realmente la economía de mercado” y porque “tampoco se acepta el Estado de Derecho”.
Aquello tiene sentido porque una y otro, la economía de mercado y el Estado de Derecho, son consecuencias del mismo fenómeno: la existencia de instituciones fuertes y aceptadas por todos. Y en Guatemala, la Constitución cochambrosa del Obelisco es la manifestación física del desprecio que los chapines tenemos por las instituciones y por las leyes (entendidas estas como normas generales, abstractas e impersonales de conducta justa; en oposición a las reglamentaciones, o normas particulares y específicas).
Estado de Derecho y Constitución van de la mano porque en el primero el ejercicio del poder está sujeto a la majestad de la ley; no al revés. El Estado de Derecho consiste en la limitación de las funciones del Estado por medio de la ley y del respeto a los derechos individuales de todos por igual.
Keith S. Rossen dice que la mejor explicación de los fracasos constitucionales en América Latina se debe la cultura jurídica de los latinoamericanos. Y por cultura jurídica quiere decir “el juego de valores y actitudes del lego y del profesional con respecto al derecho y al papel que juegan los procesos legales en una sociedad”. Y la nuestra, dígame usted si no, ha estado plagada de privilegios y leyes especiales, así como de falta de realismo. De hecho, los legisladores chapines tratan constantemente de construir una sociedad a fuerza de normas específicas y particulares (aún en la mismísima Constitución), según soplen los vientos y las demandas de los grupos de interés.
Por eso es que no debería extrañarnos que el texto original de la Ley Fundamental chapina esté cubierto de diesel, de polvo y de otras suciedades. Por eso no debería parecernos raro que los ciudadanos pasen junto a ella con indiferencia casi total.
Es un hecho que, como dice el proyecto de ProReforma “la persistencia de nuestros problemas no se debe a la falta de ingeniosos modelos adoptados por consenso, sino a que una constitución reglamentaria, como la que está en vigor, le encarga al Gobierno resolver todos los problemas habidos y por haber”.
2. Mojito: ¿En qué se parece la reforma agraria cubana al Vaticano? En que en cincuenta años, sólo ha producido cuatro papas.
Publicada en Prensa Libre el sábado 4 de noviembre de 2006.
03
Nov 06
Adivine qué
Se encuentra junto al Monumento a los Próceres de la Independencia de Guatemala. Lea Carpe Diem mañana para enterarse de qué es esto.
14
Oct 06
El poder de la ecohisteria
1. Mis maestros positivistas enseñaban que, en la Pirámide de Kelsen, la Constitución era la ley suprema y que debajo de ella estaban todas las demás normativas, reglamentos y circulares.
Desde otra perspectiva don Alberto Herrarte, enseñaba que el constitucionalismo era uno de los pilares del Estado de Derecho. Pero claro, para que aquello sea cierto debe haber concordancia entre las prescripciones constitucionales y la realidad social del ejercicio del poder. En esas condiciones el proceso del poder se somete a las normas de la Constitución. Una constitución semántica, según Herrarte, es aquella que si bien se aplica según sus prescripciones, estas tienen por objeto afianzarle el poder a sus detentadores.
Gottfried Dietze añade y advierte algo importante: que el constitucionalismo es una forma compleja de gobierno, difícil de perfeccionar.
Estas meditaciones vienen al caso porque en 1989 el Congreso de la República de Guatemala aprobó la Ley de Areas Protegidas sin cumplir con el requisito constitucional de contar con una mayoría de dos terceras partes del total de diputados que integran el Congreso.
El caso es que el Parlamento (organismo encargado de decretar, reformar y derogar las leyes) incumplió un requisito fundamental para que aquella ley fuera legal. Empero, existe una presunción de legalidad en cuanto a las normas emitidas por el Congreso; de modo que, aunque la Ley de Areas Protegidas haya nacido con un pecadote original, si a nadie le importa lo suficiente como para interponer una Acción de Inconstitucionalidad, aquella normativa tiene vigencia plena.
Puesto de otra forma puede decirse que mataron a un sujeto en la esquina, pero que, como nadie ha visto el cadáver, se presume que el muerto está vivo.
Pero el hecho es que alguien vio el cadáver. A principios de septiembre la Cámara de Industria de Guatemala impugnó la Ley de Areas Protegidas; ¡y los ecohistéricos pegaron el grito en el cielo!
No voy a discutir ahora si aquella ley es buena, o mala para la protección del ambiente. Voy a pasar por alto que el narcotráfico, la tala ilegal de bosques y el contrabando campean en las áreas protegidas; y voy a hacerme el loco con aquello de que lo que es de todos no es de nadie.
El punto que de verdad me llama la atención es que, como la ley citada sirve a los intereses de algunos ecologistas y de muchos ecohistéricos, el vicepresidente Stein ha intervenido y ha movido a la CIG para que retire su impugnación. De esa cuenta, la Cámara desistió de la Acción de Inconstitucionalidad. Pobrecitos los ecohistéricos; ¡pero que poder tienen!
Como veo las cosas es así: existe una violación constitucional evidente en una ley importante; pero como hay grupos de interés poderosos a quienes no les conviene que se destape esa olla, el comandante-vicepresidente ha conseguido que prevalezcan aquellos intereses sobre la Pirámide de Kelsen, el constitucionalismo, y sobre el Estado de Derecho mismo.
Estoy claro en aquello de que no hay inconstitucionalidad sin declaratoria de inconstitucionalidad; pero hay un muerto en la esquina y ya hiede. Sin embargo, el poder político y los grupos de interés han acordado que sigue vivo y que aquí no ha pasado nada.
Me atrevo a decir que no es así como se perfeccionan el constitucionalismo y el Estado de Derecho. Así como vamos, mejor sustituyamos aquella norma que dice que el ejercicio del poder está sujeto a las limitaciones señaladas por esta Constitución y la ley (artículo 152 de la Constitución); por una que diga que el poder está sujeto a las limitaciones señaladas por esta Constitución y la ley, siempre y cuando los funcionarios y los grupos de interés no dispongan lo contrario.
2. ¡Felicitaciones!, a las autoridades encargadas de Presidios y de la Seguridad Ciudadana por la limpieza que hicieron en Pavón y que debe continuar en otras áreas