30
Jun 11

Se confirma que sí es fraude de ley

La candidatura de Sandra Evita Torres -que se divorció de su esposo el presidente Alvaro Santa Clos Colom para eludir la prohibición constitucional de que los parientes del Presidente puedan ser candidatos presidenciales- fue rechazada por el Registro de Ciudadanos.  Por qué, pues porque la movida constituía fraude de ley, de acuardo con la Ley del Organismo Judicial.

Si el Registro de Ciudadanos y el Tribunal Supremo Electoral aguantan la presión, incluso violenta, a la que están sometidos, prevalecerán el estado de derecho, la constitución y la ley frente a la fuerza y al engaño.

Los partidarios del continuismo oficialista dirán que la resolución contra su candidata ilegal se debe a un supuesto miedo, a que es mujer, y a otras excusas.  Le echarán la culpa a la oligarquía, o a la plutocracia.  De hecho, intentarán victimizar a su candidata.  Empero, la resolución del Registro está clara y se basa, incluso, en declaraciones del mismísimo ex marido de la ex candidata.  ¿Quién, con una luz, se pierde?

La resolución del Registro cambia el panorama electoral:

Según el oficialismo, la tenía fácil: La idea era comprar voluntades entre los votantes (y principalemente entre las votantes) mediante el uso de programas sociales coordinados por la esposa del Presidente; y canalizar el dinero de los tributarios hacia una megacampaña solapada, de cuatro años, en favor de Evita como la futura candidata presidencial.

Para el oficialismo es importante que ella fuera la candidata no sólo para continuar el proyecto político que encabezan ella y su ex marido, sino para garantizarse impunidad durante cuatro años más.  Debe ser pavoroso para Evita y Santa Clos, luego de una administración inimaginablemente corrupta e inepta,  verse a sí mismos en la situación en la que está el expresidente, Alfonso Portillo: presos y requeridos por tribunales en el extranjero.

Para garantizarse la Presidencia y como apoyo a la estrategia de los programas sociales está la manipulación de votantes por medio del Registro Nacional de Personas y del padrón electoral.  Una jugada a la Chávez, compleja y llena de filigrana, que permitiría fortalecer a la candidata sin cometer un fraude burdo al estilo de los años 70.  Este componente, sin embargo, sólo funcionaría (para ser creíble) si la candidata no quedara muy lejos del candidato que resultara legítimo ganador.   Si la distancia fuera mucha -como parece que lo es, de acuerdo con las mediciones– este componente no resultaría efectivo.  Con esa distancia no contaba el oficialismo.

Pero hubo un escollo más difícil, que además subestimaron los cerebros detrás de la candidatura de Evita: El del artículo 186:c de la Constitución de la República que prohibe que los parientes del Presidente, o del Vicepresidente puedan optar a los cargos de Presidente, o Vicepresidente.

Acostumbrados al servilismo, y a intimidar,  y a lo que creyeron que era una vocación ovejuna de los chapines; Los Colom/Torres creyeron que simulando un divorcio podrían eludir la prohibición constitucional y que ningún juez, magistrado, o funcionario competente se atervería a aplicar el artículo 4 de la Ley del Organismo Judicial, que define el fraude de ley, en defensa no sólo del ordenamiento jurídico, sino del estado de derecho y el orden constitucional.  Tan arrogantes fueron, que las boconadas del Presidente, al comentar el asunto, le sirvieron al Registro de Ciudadanos a poner en evidencia que el asunto era una simulación y que el supuesto divorcio era un acto que, aunque estaba realizado de acuerdo con una norma, su propósito era conseguir un resultado prohibido por la Carta Magna.

…y del plato a la boca, se cayó la sopa.

Esto es una pesadilla para el candidato que encabeza las encuestas, Otto Pérez Molina, porque buena parte de su ventaja se debe al voto de rechazo contra Los Colom/Torres.  Muchos que pensaban votar por Pérez Molina, para sacar al oficialismo a sombrerazos, ahora podrían detenerse a considerar otras opciones.    Esta es la oportunidad para Eduardo Suger, Harold Caballeros y Manuel Baldizón.

¿Y el partido oficial?  A correr se ha dicho, porque es mucho lo que está en juego para ellos.

Claro que interpondrán algún recurso; pero muchas ratas abandonarán el barco.   Evita querrá una candidatura para diputada, en busca de la necesaria impunidad.  ¿Qué pasará con Santa Clos? ¿Lo recibirá de nuevo en el tálamo, o lo dejará silvando en la loma?

La mancuerna oficialista de la Unidad Nacional de la Esperanza y la Gran Alianza Nacional compondrá las listas de sus candidatos y arreglará los clavos que tiene con sus asambleas.   ¿Quién se animará a ser el candidato presidencial de este proyecto que se hunde?  ¿Quién querrá hacer una campaña de ocho semanas? ¿A qué costo, y por qué precio?

Mientras tanto, mis respetos y mi admiración para el Registro de Ciudadanos y para el Tribunal Supremo Electoral.  Tengo la impresión, ahora, de que ustedes están hechos del maíz del que se hacen los próceres.


27
May 11

Democracia real, ¡Ya!

La Usac, la Universidad Landívar y Asies presentaron una propuesta que contiene diez reformas a la Constitución; y Asies, hizo un llamado a los diputados para que las urnas de septiembre sean aprovechadas para realizar la consulta popular.

Al principio parecía que la idea iba a volar; pero ahora parece que no es tan así. De todos modos, si la iniciativa logra un dictamen favorable tendrá que ser conocida por el Pleno, que aprobaría, o no la realización de una consulta popular para que el pueblo decida si las aprueba, o no.

Todo muy bonito; pero, sin perjuicio de discutir el fondo de la propuesta citada, el Congreso y los diputados todavía tienen un asunto pendiente con sus electores: la discusión de ProReforma.

Basadas en el Artículo 277 de la Constitución –que dice que tiene iniciativa para proponer reformas a la Constitución el pueblo mediante petición dirigida al Congreso, por no menos de 5 mil ciudadanos debidamente empadronados– más de 70 mil ciudadanos debidamente empadronados presentamos ProReforma, que es una propuesta constitucional integral.

Pero, a pesar de que la Constitución dice que el Congreso debe ocuparse “sin demora alguna del asunto planteado”, la Comisión encargada “ha estado mareando la perdiz”. Y el Pleno no ha asumido la responsabilidad de conocer ProReforma. La Comisión correspondiente organizó una serie de audiencias consultivas y no se ha manifestado oficialmente al respecto, ni le ha sometido al Pleno aquella petición de más de 70 mil ciudadanos.

En ese sentido, ¿los diputados estarían incurriendo en el delito de incumplimiento de deberes tipificado en el Artículo 419 del Código Penal? Más de 70 mil ciudadanos estamos esperando a que el Congreso se ocupe de conocer ProReforma.

Si “la sociedad civil” tuvo la ocasión de manifestarse con respecto a ProReforma, ¿no sería democrático que también tuviera la oportunidad de hacerlo ahora, con la nueva propuesta de reforma?

Y si están sobre la mesa 2 propuestas de reformas a la Constitución; una preparada por 2 universidades y una asociación prestigiosas y otra preparada por más de 70 mil ciudadanos respetables, ¿qué más democrático que someter ambas a consideración de los votantes? Las 2 deberían recibir el respeto que merecen y la gente debería tener la oportunidad de decidir.

Esta columna fue publicada por El Periódico.


21
Mar 11

Defensa de la Constitución: ¿Cuál es tu excusa?

La verdad es que, en este país, algo va muy mal, ¿no?…¿Cómo esto ha podido ocurrir? ¿Quién es el culpable? Bueno, ciertamente, unos son más responsables que otros…Pero, la verdad sea dicha, si estás buscando un culpable sólo tienes que mirarte al espejo.

De este fragmento del discurso, de V for Vendetta, ayer que asistí a la manifestación para la defensa de la Constitución, frente a la Corte de Constitucionalidad.  ¿Cuál fue tu excusa para no ir?

De los 17,000 que que expresamente dijeron que irían, cuando fueron convocados por Facebook; yo diría que no habíamos ahí más de 200.  ¿Dónde estaban los demás?

Sospecho que los chapines malinterpretan las noticias acerca del rol que las redes sociales están jugando en los cambios sociales que están ocurriendo en el mundo.  ¿Será posible que crean que las redes sociales hacen eso por sí mismas?  Las redes sociales no son actores de cambios; lo son las personas individuales.

Sospecho, también, que la mayoría de la gente descarga su conciencia poniendo Me gusta, o diciendo que si va a asistir, aunque no piense ir.  A modo de placebo, a la mayoría de la gente eso le da la sensación de estar haciendo algo concreto; sin necesidad de hacer más que un clic.

La gente que hace este tipo de cosas y tiene aquellas creencias puede ignorar la realidad si así lo juzga conveniente.  Pero lo que no podrán ignorar son las consecuencias de ignorar la realidad.  Y como dijo V, en la película: …todo cuanto os pidió a cambio fue vuestra silenciosa y obediente sumisión.


10
Mar 11

El por qué de la prohibición constitucional del Ar. 186 (c)

Esta es una trascripción de la sesión de la Asamblea Nacional Constituyente referente al artículo 186 (c) de la Constitución Política de la República de Guatemala.  Esto deja clarísimo el por qué es que los constituyentes existe la prohibición de que los parientes del Presidente puedan ser candidatos presidenciales:

[…] c) Los parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad del Presidente o Vicepresidente de la República, cuando este último se encuentre ejerciendo la Presidencia, y los de las personas a que se refiere el inciso primero de este artículo. […] Inciso c): su regulación se justifica por la preocupación que existe que un Presidente pueda aprovecharse indebidamente de los recursos o instituciones del Estado, para efectuar campañas políticas a favor de sus parientes. […].

Sin palabras.


09
Mar 11

Contra viento y marea, Sandra “Evita” quiere ser candidata

Sandra Evita Torres, esposa del Presidente de la República, Alvaro Santa Clos Colom anunció su candidatura presidencial.  El anuncio ocurrió luego de una serie de demostraciones, fabricadas por el partido oficial, se supone que el pueblo le pedía a Evita que fuera candidata.  La gente, sin embargo, tiene otras cosas en mente si tomamos en cuenta de que en una encuesta reciente la esposa del Presidente sólo alcanzó un 11% de simpatías; y si ponemos atención a expresiones populares como las piñatas de la foto.

Además -y más importante que cualquier expresión jacobina organizada por la pretendiente a candidata, su esposo, o el partido oficial- el artículo 186 (c) de la Constitución dice que no pueden optar al cargo de Presidente los parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad del Presidente cuando este último se encuentre ejerciendo la presidencia.  Y, en 1989, la Corte de Constitucionalidad falló en el sentido de que aquella prohibición se le aplica a la esposa del Presidente.

En ese sentido, el Código Civil, en sus artículos 192 y 198 dice que el parentezco de afinidad es el vinculo que une a un conyuge con el otro y sus respectivos parientes consanguineos; y que el parentezco por afinidad se computa del mismo modo que el de consanguinidad y concluye con la disolucion del matrimonio.

Los partidarios de Evita, sin embargo, aseguran que como el parentezco por matrimonio no constituye grado, la prohibición constitucional no se le aplica a la esposa del Presidente; y que, en todo caso, una prohibición así violaría el derecho ciudadano de Evita a ser electa, de acuerdo con la misma Carta Magna.  Esto, por supuesto, es insostenible, a menos que el oficialismo logre una Corte de Constitucionalidad que, a su medida, falle contra la Constitución y apoye las pretensiones de Los Colom.

La pareja presidencial, sin embargo, tiene motivaciones e incentivos muy fuertes para imponer esta candidatura y para no perder en las elecciones -casi a cualquier costo-.   Esto es para:

1. Que a Los Colom no les pase lo que a Alfonso Portillo y Paco Reyes que fueron a parar presos.

3. Que no se destape la inmundicia de la corrupción en esta administración.

2. Que el proyecto político socialista no se vaya por el caño.

3. Que se extinga la Unidad Nacional de la Esperanza como se han ido extinguiendo otras maquinarias políticas que han estado en el poder.

Gracias a mi amigo, Raúl, por la foto.


24
Ene 11

¿Para qué “jocotes” otro monumento?

En el país en el que la Constitución es irrespetada y es violada a la velocidad de quién sabe cuántos kilómetros por hora, habrá un monumento en cual un mítico Pegaso de mármol será el guardián de la Carta Magna.

Eso ya es algo irónico; pero se vuelve ridículo si recordamos que, desde hace años, junto al Monumento a los Próceres de la Independencia hay una caja de concreto, con un vidrio blindado y un par de placas de bronce que -como remedo de monumento- es una burla a la Constitución.

Burla por lo feo del monumento.  Burla porque el ejemplar de la Constitución, que había ahí, se llenó de cochambre y fue reventado por el sol.  Burla porque nadie se hace responsable del monumento en cuestión.  Burla porque no cuidan el que hay, pero van a hacer otro monumento a la Ley Fundamental.

La primera foto de ese monumento lastimoso la tomé en noviembre de 2006 y fue una de las primeras publicadas en este espacio.  La más reciente la tomé en septiembre pasado y es la que adorna esta entrada.  Ahora no he pasado por ahí; pero, ¿todavía estará este adefesio?


20
Sep 10

¿Y si mejor quitan el monumento?…muy feo

Junto a monumento a los próceres de la Independencia de Centroamérica, en la ciudad de Guatemala, está este remedo de monumento a la Constitución de la República. Consta de una especie de vitrina de concreto y vidrio blindado, y tiene dos placas de bronce que supuestamente celebran la Carta Magna. Pero cuando el texto de esta no está ausente, como ahora, está asoleado y reventado. Y todo el conjunto se mantiene cochambroso. ¿Por qué mejor no lo quitan digna y discretamente?

En 2006, ese fue el tema de una de las primeras entradas de Carpe Diem y de cuando en cuando, en el contexto de las fiestas patrias de septiembre, se los recuerdo a las autoridades de la Municipalidad, del Congreso, de la Corte de Constitucionalidad o de donde quiera que se supone que son responsables de esta caricatura de monumento y de homenaje a la ley fundamental.

Sostengo que el estado de este monumento ilustra perfectamente el grado de respeto a la Constitución que tienen, en Guatemala, quienes detentan el poder.

Esta entrada fue publicada por El Periódico.

26
Ago 10

La pluma es más poderosa que la espada

Roberto Molina, Alejandro Maldonado, Mario Pérez, Gladys Chacón y Juan Francisco Flores, magistrados de la Corte de Constitucionalidad, declararon sin lugar los recursos de apelación interpuestos por el vicepresidente Rafael Espadita Espada, en la querella que tiene contra Marta Yolanda Díaz-Durán.


La querella contra la citada periodista es bastante más que eso. En realidad es un intento de hacer nugatorio el artículo 35 de la Constitución, mismo que protege la libertad de emisión del pensamiento. Yo digo que lo que persigue la Administración es hacer inútil esa garantía constitucional y -al mismo tiempo- desanimar a cualquier persona que quiera publicar denuncias, críticas o imputaciones contra funcionarios o empleados públicos por actos efectuados en el ejercicio de sus cargos. Por eso es que este caso rebasa a Marta Yolanda y es uno que debería poner en alerta a todo ciudadano consciente de que el precio de la libertad es su eterna vigilancia, como dijo Thomas Jefferson.

En su impugnación, el Vicepresidente que quiso dejar bien claro que actuaba en esa calidad y con esa alta investidura de poder, argumentó -de forma mañosa- que los procedimientos de la ley constitucional de Emisión del Pensamiento sólo se aplican a periodistas que sean colegiados activos en el Colegio Profesional de Humanidades. Pero acertadamente, tanto la CC, como la resolución de la Sala Segunda de la Corte de Apelaciones (que originó el recurso ante la CC), confirmaron que la libertad de emisión del pensamiento es un derecho inherente a la persona y que las garantías que protege la Ley de Emisión del Pensamiento no son privilegios para periodistas profesionales sino Derechos Individuales ¡de todos! Son suyos, del lector, y míos.

La resolución expone algunas cosas que rayan en lo ridículo, como el hecho de que el Vicepresidente diga que el artículo de Marta Yolanda, que le dio origen a este tiquismiquis puso en riesgo su seguridad. Afirmación increíble por venir de un funcionario que usa motos de última generación para su caravana, y que viaja protegido en autos blindados, y acompañado por numerosos elementos de seguridad bien entrenados. Afirmación que quizás sólo sirva para probar que la pluma es más poderosa que la espada.

La resolución expone cosas curiosas como el hecho de que, según cuenta Marta Yolanda la resolución sobre la denegatoria para su recurso de Amparo no le fue notificada sino hasta varios días después de ser emitida; en tanto que la resolución sobre la denegatoria para el Vicepresidente circuló por todas partes y le fue notificada el mismo día en que fue emitida.

Vale recordar, eso sí, que en el proceso del caso Rosenberg -que está en el fondo de todo esto- el testigo Mario Fuentes, amigo del abogado asesinado declaró que Rafael Espada sí tenía conocimiento de las investigaciones que estaba haciendo la víctima con relación al asesinato de Khalil Musa y su hija Marjorie; y Eduardo Rosenberg, hijo del abogado asesinado declaró que su padre sí se había reunido con el Vicepresidente para darle datos de la muerte de los Musa. Declaraciones testimoniales muy vinculadas a lo que Marta Yolanda expuso en su artículo de opinión.

Al final del día, sin embargo, la resolución de la CC es tímida por no decir otra cosa. Yo creo que lo que hubiera correspondido es que en su primera resolución (la que correspondía al Amparo para Marta Yolanda) la Corte debería haber salido en defensa inconfundible, abierta y valiente del artículo 35 y de la Ley de Libertad de Expresión. En tanto que en la segunda (la que correspondía al recurso para Rafael Espada), además de negarle el recurso frívolo, la Corte debería haber confirmado lo anterior y multado fuertemente a los abogados del Vicepresidente. No por Marta Yolanda solamente, sino por todos aquellos que, en defensa de los principios en los que creen, en busca de la verdad y de la transparencia, en ejercicio de sus derechos individuales y para contribuir al gran diálogo que debería darse en una república sana, quisieran publicar críticas, denuncias o imputaciones contra funcionarios o empleados públicos en el ejercicio de sus cargos. No importa si estos funcionarios fueran de último, o de primer orden en la jerarquía del poder.

19
Ago 10

¿Por qué hay que defender el artículo 35?

El martes pasado, un tribunal venezolano les prohibió a los medios de comunicación impresos que publiquen -por un mes- imágenes sobre violencia. Esto fue como consecuencia de que el diario El Nacional, que es crítico del régimen de Hugo Chávez, puso en su portada una foto de 12 cadáveres apilados en la morgue de Caracas.

El fallo dice que los medios no deben publicar imágenes violentas que de una forma u otra vulneren la integridad psíquica y moral de los niños y que la mencionada es una acción de protección.
El Nacional publicó esa foto para respaldar un reportaje sobre la criminalidad creciente en aquel país sudamericano; y por ello recibió una multa del 2% de sus ingresos brutos.
En Venezuela, la libertad de expresión está bajo ataque. No sólo porque el régimen puede cerrar medios de comunicación y perseguir a sus propietarios; sino porque, ahora, puede establecer qué se publica y qué no, y puede imponerles multas, a los medios, si no obedecen las reglas de la censura.
Estoy seguro de que hace unos años, cuando el régimen de Chávez empezó a hacer sus primeros pinitos en cuanto a control de medios y censura, alguien advirtió que aquellas prácticas eran peligrosas y que tenían que ser detenidas inmediatamente. Y sin duda, en esa misma ocasión, varias voces dijeron que no, que no había por qué preocuparse, que los que advertían el peligro estaban viendo micos aparejados; y quizás dijeron que seguramente los perseguidos y los censurados se lo merecían. Y no faltó quien pensó que nunca le pasaría a él.
¿Qué pasará, en Guatemala, cuando se discute la importancia del artículo 35 de la Constitución? Ese por cierto, es el artículo que protege la libertad de expresión.

21
Ene 10

A Guatemala la puede dejar el tren…otra vez

A Guatemala la dejó el tren en 1821 cuando los miembros del establishment fundaron una república para trasladarse a sí mismos los privilegios que tenía la corona española. La dejó el tren cuando en 1871 los liberales constructivistas hicieron una revolución en buena parte para repartirse lo que le quitaron a los conservadores. La dejó el tren cuando en 1944 la revolución fue asaltada por un nuevo establishment cargado de ideologías. La dejó en 1954 cuando en vez de un viraje de 180 grados el país sólo cambió de manos.

Así puede seguir la lista pasando por 1963, 1982, y otras fechas clave. Y ahora…a Guatemala la va a volver a dejar el tren si es cierto que lo que dicen los diputados Aníbal García (independiente) y Rosa María de Frade (de la Bancada Guatemala) en el sentido de que la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales del Congreso dictaminará desfavorablemente a la propuesta de reforma a la Constitución del grupo Pro Reforma.

Los guatemaltecos tenemos la oportunidad de acabar de una vez por todas con los privilegios; y tenemos la oportunidad de fundar un sistema que garantice el respeto a los derechos individuales. Tenemos la oportunidad de fundar un sistema basado en leyes, pero se nos puede ir ese tren.

Es antidemocrático que 17 diputados de una comisión dictaminen negativamente contra una iniciativa que viene de más de 70,000 ciudadanos. Un grupito de diputados no puede, ni debe, interponerse entre ProReforma que es una propuesta e iniciativa cuya aprobación confía -como debe ser en una democracia- en el juicio de los ciudadanos.

La propuesta de ProReforma salió de la gente; y es a la gente a la que le corresponde decidir si quiere aceptarla, o no.

El establishment –acostumbrado a vivir entre la corrupción y la impunidad- se burlaría de los 70,000 firmantes y establecería un antecedente nefasto, si le niega a la gente la oportunidad de decidir sobre este asunto. Eso significaría que de nada sirve que la Constitución reconozca la posibilidad de que los ciudadanos presenten iniciativas constitucionales; si al final de cuentas un grupo de cancerberos cerrará la puerta de acuerdo con sus conveniencias políticas del momento.

Es un absurdo constitucional y un absurdo de justicia que la comisión se constituya contra los ciudadanos; y sólo se explica como producto de un criterio ideológico que le teme a la expresión popular…y una maniobra política para perpetuar el estado de cosas del que se benefician los políticos y su clientela.

Esta entrada fue publicada, también, por El Periódico y por Siglo Veintiuno.