21
May 21

Ordalías, plañideros y otro toro

 

Las ordalías eran pruebas que invocaban el juicio de un dios para la solución de conflictos, o delitos.  Mediante procedimientos y ritos se infería la inocencia, o culpabilidad del acusado. Por su carácter mágico, las ordalías fueron sustituidas por la tortura. Ese era el carácter de la justicia  ancestral: misticismo y potro.

Ordalía de fuego, via Wikimedia Commons.

A veces el juicio divino era un combate y se creía que el vencedor era favorecido por la deidad.  No era raro que la ordalía consistiera en tomar un hierro ardiente, o en caminar sobre brasas. Si el acusado sobrevivía, o resultaba con daños menores, era inocente. No todas las ordalías eran a base de fuego, el acusado podía meter la mano en agua hirviendo y demostrar que al tercer día las quemaduras estaban sanadas…si era inocente.

En occidente, la evolución del derecho penal se movió hacia bases morales y cívicas. Todo esto lo puedes leer en Derecho penal, de Eugenio Cuello Calón.

De esa evolución son parte las garantías procesales como la presunción de inocencia.  En ese contexto es inadmisible que para capturar a alguien las autoridades le atraviesen un vehículo sin placas, que se acuda al allanamiento antes que a la citación, o la prisión provisional.  Las garantías son para todos, no sólo para los amigos y socios.

En Guatemala, especialmente desde tiempos de CICIG, distintas facciones y sus hinchas han visto de menos el valor de las garantías procesales. Han operado sobre la idea de que la administración de justicia debe servir a la política y que, entonces, la ley es un arma y el juez un soldado; y quien dice juez, dice fiscal y dice procurador.

Para tirios y troyanos, ¡siempre!, la ley, las autoridades encargadas de la seguridad y los jueces, no deben servir a revanchas, a estrategias, ni a demostraciones de poder, sino a la justicia. Desde el miércoles pasado, los plañideros de Twitter -los mismos que hasta hace poco gritaban ¡Otro toro, otro toro! (como en 1920)- descubrieron el valor de las garantías que irrespetaron siempre que pudieron. Ojalá que, de esta, todos entendamos por qué es que a la justicia se la representa con los ojos vendados.

Columna publicada en elPeriódico.


10
Feb 21

¿Habrá justicia para Sharon?

El cuerpo sin vida de Sharon Figueroa Arriaza, una niñita de 8 años que había desaparecido cuando jugaba en bicicleta en el patio de su casa, apareció en Melchor de Mencos, Petén.

Anoche fueron encontradas la bicicleta y la ropa de la pequeña y hoy fue hallado su cadáver.  Al momento de que escribo estas líneas dolorosas, no se sabe con certeza la causa de la muerte de la menor (posiblemente fue asesinada). Las autoridades hicieron dos allanamientos, capturaron a una mujer que podría estar involucrada y recién se supo que un grupo de personas le pegó fuego a la casa donde fue capturada la sospechosa de haber participado en el asesinato de Sharon.

¿Puede haber justicia para Sharon?

Desde alguna perspectiva la respuesta es No.  Nada le devolverá la vida, nada aliviará el miedo y el dolor que pudo haber sentido entre el momento en que fue sustraída y el de su último aliento, nada será igual para sus seres queridos.  Pero, ¡Ah!, los autores de los delitos cometidos contra Sharon deben enfrentar las consecuencias jurídicas de sus actos criminales y abominables.  ¡Ah!, todo el peso de la ley debe caer sobre los que planearon, ejecutaron e hicieron posible la sustracción, la muerte prematura y todo lo que haya ocurrido en medio cometidas contra la niñita. ¡Ah!, si las consecuencias jurídicas posibles correspondientes a los delitos cometidos contra Sharon incluyen la pena de muerte en cualquiera de sus formas de acuerdo con la ley vigente y sin violar el debido proceso, a ningún juez debe temblarle la mano, y hay justicia para la chiquilla.

Sujetos como los asesinos y violadores de Hillary Arredondo y de Sharon Figueroa, así como los de otros niños y niñas que han sufrido, o sufran la misma suerte horrible, merecen las penas máximas contempladas en la ley, de acuerdo con las garantías del debido proceso. No sólo porque así lo establece la legislación, sino porque sujetos como aquellos, cuando cometen crímenes espantosos actúan como si fueran bestias salvajes (así lo explica John Locke), rompen horriblemente la confianza en la que se basa la cooperación social, violan los principios morales básicos que hacen posible la sociedad y se ponen en guerra contra sus víctimas (y la commonwealth, en palabras de Locke), renunciando así a sus derechos, de tal modo que las penas en general y  la pena de muerte en particular, se derivan del derecho de auto-preservación.

Por supuesto que, desde una perspectiva más amplia y profunda, lo que nos urge a los chapines es discutir y acordar una reforma judicial que sirva a la justicia, y no una que sirva al ejercicio del poder.  Nos urge apoyo político, presupuestario y de capacitación a todo el sistema de seguridad y justicia: la policía, el Ministerio público, los tribunales y el sistema penitenciario.


05
Feb 21

Max Demian y Adam Smith

En la novela Demian, de Hermann Hesse, Emil Sinclair está impresionado porque Demian parece tener la capacidad de hacer que otros piensen lo que él quiere que piensen, o de adivinar y prever cómo van a actuar otras personas.  Pero Demian le explica que no tiene tal facultad, y que lo que ocurre es que, si uno concentra toda su atención y su voluntad en una cosa determinada, la consigue.  Esto es porque la voluntad está decidida a aprovechar inmediatamente la ocasión y sólo si el objeto de deseo está enraizado en quien desea.  Es decir que, si el sujeto valora de verdad lo que dice desear.

En La teoría de los sentimientos morales, Adam Smith, explica que, cuando las pasiones originales de una persona están en perfecta consonancia con las emociones simpatizadoras de otra, necesariamente le parecen justas y apropiadas a esta última -y en armonía con sus objetos respectivos- porque aprobamos las pasiones de otros como adecuadas en sus objetos porque observamos que nos identificamos con ellas o somos sensibles a ellas. Es decir, porque valoramos lo mismo.

De aquello me acordé porque, en conversaciones con una amiga periodista, hemos estado explorando la voluntad de los guatemaltecos para llevar a cabo una reforma judicial que sirva a lo que Smith considera que es la base de la sociedad: La justicia.  ¿La valoramos? ¿Es nuestro propósito hacer una reforma judicial que sirva a la justicia? ¿O sólo una que sirva para inclinar la balanza del poder?

Lo mismo ocurre con la corrupción, pero desde otra perspectiva.  ¿Cuántas veces hemos dejado pasar ocasiones para acabar con el sistema de estado benefactor colectivista y mercantilista en el que medran la corrupción y los corruptos? ¿Es que no concentramos nuestra atención y voluntad en conseguir la erradicación de la corrupción? ¿Es porque los chapines no valoramos lo que decimos desear?

Las meditaciones de Demian y Smith sirven para explorar la actitud chapina hacia muchos de nuestros problemas.  Exploración que se hace cada vez más necesaria en un ambiente regional y global que es notablemente volátil, incierto, complejo y ambiguo.

¿Ya sigues twitter.com/luisficarpediem?

Columna publicada en elPeriódico.


29
Ene 21

El control jurisdiccional y el laberinto

La selección de jueces debe ser cuidadosa porque a la función jurisdiccional le corresponde dilucidar conflictos en materias civil, mercantil y penal; y porque a ella le corresponde hacer efectivas las garantías que protegen a los individuos contra los abusos de quienes ejercen el poder.  Porque le corresponde el control jurisdiccional de los otros poderes del estado.  Control del cual, ella misma, no debe estar exenta.

“Los jueces deciden los derechos más sagrados de los hombres… disponen de su vida, de su honor, y de su hacienda”, dice “El amigo de la patria.

Lo triste es que, en un estado benefactor, mercantilista y colectivista como el guatemalteco, en el que los individuos y muchas organizaciones están acostumbradas a usar el gobierno y la legislación para hacer avanzar sus intereses, la selección de jueces y el control jurisdiccional se han convertido en instrumentos de guerra jurídica o lawfare. El lawfare es el viejo derecho penal del enemigo, que es un derecho penal sin garantías porque sirve a un bien mayor político.

La guerra jurídica es la práctica de usar los sistemas legales y las instituciones para conseguir objetivos políticos, o económicos.  La guerra jurídica puede ser practicada desde dentro del gobierno hacia la sociedad; al interior del gobierno, desde el poder; o al interior de la sociedad, entre individuos, o entre organizaciones.  Va desde el uso de la legislación y las instituciones para deslegitimizar al enemigo; hasta el uso de aquellas para erradicarlo.

De ahí que para tirios y troyanos sea importante el control de las fuentes de poder, incluida la que ejerce la función jurisdiccional.  No basta con conseguir legislación a favor y no basta con que la Administración allane el camino para los intereses propios y obstaculice los intereses de los competidores.  En caso de controversias, o en caso de que haya resistencia contra el abuso, ¿por qué es que los tirios y los troyanos no querrían jueces de su bando?

Así las cosas, hay que detener a la costra nostra de los tirios y a la de los troyanos; y todo lo que se haga para diluir el poder de cualquiera de los dos lados (suponiendo que sólo hay dos) es bueno.  Por lo menos para ganar tiempo.  Pero lo malo es que, aquí y ahora, no es fácil encontrar por dónde es que el sistema tenga la capacidad para regenerarse.

…y aquí estamos en nuestro laberinto los chapines.

Columna publicada en elPeriódico.


21
Ene 21

¿Habrá justicia para Hillary?

Hillary, de 3 añitos de edad, fue raptada mientras dormía.  Vestía camisa y pañal blancos.  Hillary fue violada y al día siguiente de su rapto fue localizado su cuerpo sin vida.  Tres sujetos son sospechosos de haber participado en los crímenes contra la chiquita.

Hay tres sospechosos de haber participado en los crímenes contra Hillary. La foto es de elPeriódico.

El triste y horrible final de la pequeña, Hillary, me recordó la igualmente espantosa historia de Toti.  Esta chiquita, de 5 años de edad fue raptada y violada repetidamente en 1970 y en los días del juicio contra sus asesinos y violadores era de lo único que se hablaba.  Yo tenía 9 años de edad en aquel entonces y recuerdo bien que, tanto en casa, como en el colegio, se hablaba de justicia cuando se comentaba el fusilamiento de los criminales.  En 1996 recuerdo que también se hablaba de justicia cuando en la televisión vimos el fusilamiento de los asesinos y violadores de Sonia, una chiquita de 4 años de edad.

En Guatemala y según Refugio de la niñez, diariamente se reportan 13 casos de violencia sexual contra menores que van desde bebés hasta los 14 años de edad.  ¡Bebés!

En México, y posiblemente en Guatemala es parecido, los abusos sexuales son cometidos principalmente por familiares y por personas cercanas, después por sacerdotes, o pastores. En 30% de los casos los criminales son abuelos, o padrastros; en 13 son tíos; en 11 los padres biológicos; en 10 son primos; 8 vecinos; 7 maestros, y 3% hermanos.

Cuando yo estudiaba en la universidad, una amigo me contó que en el área donde se encuentra la finca de su familia, era costumbre que los padres tuvieran relaciones con sus hijas una vez estaban en edad de merecer (con consentimiento, o sin él); porque si de todos modos les iban a hacer el daño, era mejor que se lo hicieran los mismos padres. Esa era la justificación comunmente ofrecida entre las buenas gentes del pueblo.  De poco, o nada servían los esfuerzos civilizados por acabar con aquellas prácticas; porque los intentos de cambiar la cultura perversa eran muy mal recibidos entre las familias del área.

¿Cómo se le hace justicia a Hillary? Como se les hizo a Toti y a Sonia.  ¿Qué piensas?

Mientras tanto, desde una perspectiva amplia y profunda, lo que nos urge a los chapines es discutir y acordar una reforma judicial que sirva a la justicia, y no una que sirva al ejercicio del poder.  Nos urge apoyo político, presupuestario y de capacitación a todo el sistema de seguridad y justicia: la policía, el Ministerio público, los tribunales y el sistema penitenciario.

Gracias a Rey Rodríguez, de Estudiantes por la libertad, por la pista.


11
Sep 20

¡Milagro, la justicia ya no es ciega!

Puse en Google “justicia, imágenes” y me salieron 12, y en nueve de ellas la dama que representa a la justicia tiene los ojos vendados. ¿Sabes que desde el siglo XV se la representa así, ciega? Porque no mira a las personas, sino los hechos.  De modo que la justicia sea igual para todos, sin privilegios, ni favoritismos, independientemente de la identidad, la riqueza, el poder, o la debilidad de quienes estén involucrados en lo que se está juzgando. (Haz clic en la foto para ver la declaración que da origen a estas meditaciones).

Imagen de previsualización de YouTube

 

La estatua también porta una balanza, y en esa balanza está representado el juicio que determinará al poner en cada plato los argumentos y las pruebas, no la calidad de las personas.

Por eso erizan los pelos las declaraciones de la presidenta de la Corte de Constitucionalidad guatemalteca, que dijo que cada vez que un documento llega a sus manos, ella examina quién es la persona que lo plantea para conocer y entender cuál es la intención del planteamiento; y sólo luego, ¡sólo luego! procede a revisar los hechos. ¿Viste? Cinco siglos de sabiduría jurídica tirados por el caño.

¿Cuántos jueces y magistrados chapines hacen lo mismo?  La confesión de la magistrada explica muchas actuaciones y resoluciones de aquella corte, que hasta ahora no parecían tener racionalidad alguna.  Pues bien, nos hemos enterado de qué para la justicia constitucional guatemalteca, y quién sabe para qué otras instancias judiciales, así como es el sapo, es la pedrada y los hechos sólo tienen relevancia si, para los jueces, los interponentes tienen valor, o no. ¿Hay interponentes de primera, de segunda y de tercera?

¿Qué estudioso del Derecho y qué lector chispudo no encuentra esto perturbador? En un tribunal, y en la vida diaria, ¿qué causa que un juicio sea incorrecto? La falta de pruebas suficientes, la evasión de las pruebas, o la inclusión de consideraciones ajenas a los hechos del caso. Entonces, ¿cómo se llega a un juicio correcto? Basándonos exclusivamente en pruebas fácticas y considerando todas las pruebas relevantes disponibles. ¿En qué tribunales esto ya no es válido? ¿Desde hace cuánto?

Columna publicada en elPeriódico.


18
Jul 20

Las condiciones de los presos

Las condiciones en las que viven los presos es un tema que revienta de cuando en cuando, pero que siempre diferimos.  Cuando empezó el tema de la pandemia, en Guatemala, fue uno de mis primeros pensamientos: ¿Qué va a ser de los reos? Y ahora me impresioné con las imágenes de un preso -con síntomas de covid-19- siendo arrastrado por guardias penitenciarios.

La foto es de elPeriódico.

Impresiona más el hecho de que los familiares del reo no reciben información acerca de su pariente enfermo que fue trasladado…arrastrado…al hospital estatal San Juan de Dios. Las autoridades penitenciarias dicen que el reo está estable y que no tenía covid-19; pero una hermana afirma que todos los días vengo a averiguar sobre el reo, por el hecho que está preso no nos dicen qué pasa con él, nos dijeron que murió. Hemos ido a información y me dijeron que no tiene coronavirus, pero que está delicado, no nos dicen más. La situación es confusa; pero lo cierto es que ha de ser muy angustiante para las familias la situación de sus parientes privados de libertad…sean delincuentes, o no.

Por cierto que los encargados del sistema penitenciario recién informaron que subió a 15 el número de privados de libertad fallecidos por coronavirus. Los datos corresponden a dos semanas después del último reporte, cuando se registraron 11.

Es preciso no olvidar que el sistema penitenciario es una de las cuatro columnas que sostienen el sistema de seguridad/justicia, juntamente con la policía, los tribunales y la fiscalía; y sin embargo, las prisiones son lugares de tristeza, miedo, tensión y degradación humana que merecen muchísima más atención de la que les prestamos.

Las penas de prisión son consecuencias jurídicas de actos delictivos; pero no por ello deben ser inhumanas; ni siquiera para criminales convictos, ya no digamos para delincuentes culpables de delitos que sólo lo son porque están tipificados como tales, sin ser crímenes, o delicta mala in se. ¡Y menos para los que están presos injustamente!

Sé que ahora hay muchas cosas en qué pensar; pero este es un tema importante.  En 2014, en el marco de un coloquio titulado The Constitutional Political Economy of Statelessness, leí un ensayo de David Skarbek que tiene por título Governance and Prison Gangs. Ese ensayo, que se convirtió en libro y es una lectura que recomiendo a cualquiera que se involucre en la urgente tarea de reformar el sistema penitenciario. Toda reforma penitenciaria que pueda ser exitosa, no debe ignorar los descubrimientos de Skarbek sobre cómo se comportan los seres humanos en prisión.


26
Mar 20

Precio por “la cabeza” de Nicolás Maduro

El Departamento de Justicia de los Estados Unidos ha ofrecido una recompensa de US$15 millones a quien proporcione información que conduzca a la captura de Nicolás Maduro, a quien señala de ayudar, dirigir y liderear una organización delictiva conocida como el Cártel de los soles.  Maduro enfrentaría una pena de entre 50 años de prisión y cadena perpetua. Y yo lo celebro.  Al tirano lo acompañan otros 14 funcionarios y exfuncionarios acusados de narco-terrorismo, corrupción y otros delitos.

Nicolás Maduro. Eneas De Troya / CC BY-SA (https://creativecommons.org/licenses/by-sa/4.0)

Mis amigos, que saben, comentan que este podría ser el fin de una pesadilla de 20 años para los venezolanos; pero que si Maduro  no es capturado y expulsado del poder, en estas circunstancias, podría resultar fortalecido.

Lo cierto es que la administración de Donald Trump se la está jugando y ha dado un gran paso, y seguramente otros países van a seguirle.  No es cualquier cosa ponerle un Se Busca a un presidente.

El régimen corrupto de Maduro/Cabello.

Si alguien te sale con que el derecho de libre determinación de las naciones aquí y allá, no olvides que ese derecho se aplica únicamente a las naciones libres, o a aquellas que buscan establecer la liberad; y que no es aplicable a las tiranías. Las naciones dictatoriales viven fuera de la ley.  Si te interesa esta perspectiva, te recomiendo el capítulo titulado Derechos colectivizados, en La virtud del egoísmo, por Ayn Rand. Además, un artículo por Alex Gladstein, chef strategy officer de la Human Rights Foundation evidencia que las dictaduras han hecho peor el brote de coronavirus; y uno no puede sino imaginar la pesadilla que ha de ser espantoso enfrentar una pandemia en manos de un régimen como el de Maduro.


21
Feb 20

La delicada elección de magistrados

El establecimiento de jueces es uno de los puntos más delicados en todas las sociedades políticas”…dice El amigo de la Patria el 27 de febrero de 182…y ese era el periódico que publicaba José del Valle. ¿qué hemos aprendido, 200 años después de aquella observación? Quizás poco, o nada.

Ejemplar de “El amigo de la patria”, de la Biblioteca Ludwig von Mises.

Mmm, voy a corregir el final del párrafo anterior. Porque lo cierto es que los miembros de numerosos grupos de interés si entienden lo delicado que es el nombramiento de jueces. También es cierto que lo peor de la clase política también entiende lo delicado que es el establecimiento de jueces. Da la impresión de que quienes no lo han entendido son los tributarios y electores de a pie, cuyas vidas son directa, e indirectamente afectadas por la calidad de jueces y magistrados que son electos por los políticos a quienes les han dado sus votos. Da la impresión de que tampoco lo han entendido los tributarios y electores en las élites, que parecen ser incapaces de organizarse para rescatar la república.

En 1982 la International Bar Association aprobó un documento de estándares mínimos para la independencia judicial y dice que la independencia judicial sustantiva significa que, en el desempeño de su función judicial, un juez no está sujeto a nada más que a la ley y a los mandamientos de su conciencia.

¿Cómo es posible ese tipo de independencia si los jueces y magistrados responden a patrocinadores muchas veces oscuros y a veces hasta criminales? ¿Cómo es posible ese tipo de independencia si la legislación es un instrumento para que los más variados grupos de interés impongan sus intereses e ideologías sobre los derechos individuales?

Es un error que olvidemos algo que advirtió F.A. Hayek en 1955: La política, en el sentido específico que constituye un contraste con la legislación, consiste en la tares de ajustar los medios de que dispone el gobierno –pero sólo los medios de que dispone– a las necesidades, que cambian con el transcurso del tiempo. En una sociedad libre, el ciudadano privado y su propiedad no están a disposición del gobierno.

Columna publicada en elPeriódico.


13
Ene 20

“Three amigos” sin prisión preventiva

¿Qué tienen en común Alvaro Colom, Juan Alberto Fuentes y Sandra Torres -los Three amigos-? Luego de estar en prisión preventiva poco menos de tres meses (incluidos 83 días en un sanatorio), Sandra Torres podrá abandonar la prisión preventiva porque la jueza de mayor riesgo Eva Recinos le concedió arresto domiciliario y una fianza de Q800 mil. La excandidata presidencial y expresidenta de la Internacional socialista está procesada por asociación ilícita, financiamiento electoral no reportado.

Ahora dime si la administración de justicia no es selectiva y política en Guatemala:

  • Alvaro Colom, ex presidente y ex esposo de Sandra Torres acusado de avalar la implementación del proyecto del sistema prepago para las unidades del Transurbano, por el cual se sustrajeron Q270 millones del Estado.  Colom pagó una fianza de Q1 millón y no puede salir del país. ¿Cuánto tiempo estuvo Colom en prisión preventiva? Poco más de cuatro meses. Alvaro Colom fue candidato presidencial de la Unidad Revolucionaria Nacional Guatemalteca y en compañia de su esposa, Sandra, viajó a Cuba para entregarle la Orden del Quetzal a Fidel Castro.
  • Juan Alberto Fuentes Knight, ex ministro de la administración Colom/Torres y expresidente de Oxfam estuvo unas tres semanas en prisión preventiva por el caso Transurbano (en el que están involucrados Los Colom/Torres) y salió rapidito para quedar en arresto domiciliario luego de pagar una caución de Q500 mil.

Se tenía que decir y se dijo.

¿Viste? Los de la foto pasan entre semanas y unos meses en prisión preventiva, o en un sanatorio y son rápidamente excarcelados. Es como para taparle el ojo al macho.  Esa gente es capturada con bombos y platillos, fotografiada en los tribunales y en prisión, para luego ser enviada a sus casas tras el pago de una fianza.  Al observador sperficial y descuidado le da la impresión de que la justicia es para tirios y troyanos; pero no. He aquí dos ejemplos:

  • El médico Jesús Oliva acudió al suicidio para librarse de la prisión preventiva a la que estuvo sometido durante ¡tres años!  Porque no era de la foto.
  • Al médico Raúl Castañeda, que murió luego de casi año y medio de prisión preventiva no le fueron concedidas ni caución, ni arresto domiciliario, ¿por qué? Porque no era de la foto.

Un reportaje de 2018 llama la atención sobre el hecho de que 28 personas han muerto en prision preventiva; es decir, enfrentando una acusación sin que sea dilucidado si son culpables, o no.  Según estadísticas del Sistema Penitenciario, entre el 1 de enero pasado hasta el 24 de octubre, han fallecido 56 personas en prisión preventiva. 29 de estas personas, un poco más de la mitad, eran auxiliadas legalmente por el Instituto de la Defensa Pública Penal , lo que quiere decir que tenían un perfil económico bajo.

¿Cuál era su pecado? No ser de la foto.

A finales de 2018 se estimaba que 48% de todos los presos del país están en prisión preventiva; y personajes como el empresario Max Quirín; el abogado Moises Galindo, y un grupo de militares ancianos que se hallan en el Hospital Militar (entre otros), parecen haber sido, o parecen ser más víctimas de algún tipo de venganza política, que de procesos judiciales en busca de justcia.

¿Por qué? Porque no son de la foto, ni son consentidos de la oligarquía de los derechos humanos, de los admiradores de la tiranía en Cuba, ni del club de ONG.

Los Three amigos –Colom, Fuentes y Torres- en cambio, pasan unas semanas incomodados, posan para las fotos y salen frescos cual lechugas al amparo de la politización de la justicia, de la arbitrariedad y de los privilegios.