19
Oct 17

Derechos, facultades y el orden constitucional

Las facultades administrativas e incluso las políticas de los funcionarios -locales, o extranjeros- no son derechos.  Estos -como el derecho a la vida, el derecho a la libertad y el derecho a la propiedad- son acuerdos morales que se ejercen sin necesidad de pedirle permiso a nadie; en tanto que las facultades administrativas, para comenzar, no deben ser violatorias de los derechos (incluido el derecho al debido proceso, que se deriva de los derechos a la vida y a la libertad).  Luego, las facultades administrativas de los funcionarios son consecuencias de acuerdos políticos, es decir, de acuerdos enraizados en el ejercicio del poder, o en el ejercicio de la influencia política. El ejercicio del poder público es una facultad, no un derecho.

Un funcionario podría decir que tiene derecho a ejercer tal, o cual facultad, sí y sólo sí, existe un acuerdo político que le permite ejercer la facultad.  Empero, a diferencia de los derechos que ni se dan, ni se quitan desde el poder, las facultades sí dependen de este.

Pensé en aquello porque la Corte de Constitucionalidad, constituida en tribunal extraordinario de amparo, debería proteger a las personas contra las amenazas de violaciones a sus derechos o para restaurar el imperio de los mismos cuando la violación hubiere ocurrido. Empero, la Constitución nada dice de proteger a los funcionarios -nacionales, o extranjeros- contra las amenazas que pendan sobre sus facultades, o para restaurar las mismas cuando hubieran sido suspendidas, o anuladas.

Ya sabes, en el campo de las relaciones sociales voluntarias, la ley sirve para proteger la esfera de acción privada de las personas y garantizan que estas puedan hacer todo lo que no está expresamente prohibido por la ley (porque viola derechos ajenos); en tanto que en el campo de las relaciones sociales coercitivas, la legislación sirve para enmarcar las acciones de los sujetos a ella y garantizan que estas puedan hacer sólo lo que está expresamente permitivo por las normativas (para evitar la violación de derechos).

Por eso creo que es improcedente -y abusador- que la mayoría de magistrados de la Corte de Constitucionalidad crea que tiene la facultad de forzar al Presidente, o al Organismo Ejecutivo a revertir una decisión administrativa y política que no es violatoria de derecho alguno.  El jefe de la Comisión Internacional Contra la Impunidad en Guatamala, en el marco de su mandato derivado de un acuerdo político con el gobierno de Guatemala, tiene facultades políticas y administrativas, que no es lo mismo que decir que tiene derechos políticos y administrativos.

La Corte de Constitucionalidad, cuya función principal es la defensa del orden constitucional, debería tener en mente la distinción entre derechos y facultades, y debería tener en mente la distinción entre el campo de las relaciones voluntarias y el de las relaciones coercitivas.  Pero parece que no es así.  Parece que los magistrados están más interesados en ejercer lo que se conoce como el gobierno de los jueces, antes que en defender la Constitución y las leyes (que no son lo mismo que la legislación).

Ese fenómeno indeseable que es el gobierno de los jueces fue identificado por primera vez en 1921 por Edouard Lambert y es un sistema de revisión judicial verdaderamente sin restricciones, que no pudiera ser limitado ni siquiera por medio de una enmienda constitucional. El gobierno de los jueces no debe ser confundido con el control jurisdiccional que es, este último, un componente del estado de derecho.

En una república sana, la función de controlar las decisiones políticas y administrativas del Ejecutivo le corresponden al Congreso; y si la Corte de Constitucionalidad usurpara las funciones del Ejecutivo, o del Congreso, está claro que se excedería en sus facultades de una forma inaceptable.

Uno puede estar de acuerdo, o en desacuerdo con la decisión ejecutiva de pedirle al jefe de la CICIG que no se meta en política. Empero, la determinación de la Corte de Constitucionalidad, de convertirse en el árbitro final de las decisiones ejecutivas del Organismo Ejecutivo, pone en peligro el mismísimo orden constitucional; y eso debería preocuparnos a todos los que valoramos el estado de derecho.  De hecho, si vamos a tener éxito en la lucha contra la corrupción -¡y deberíamos tener éxito en esa lucha!- sólo va ha ser en el marco del estado de derecho, y mediante el respeto a la ley.

La ilustración es de elPeriódico.


22
Mar 17

Peligros por suspensión de hidroeléctricas

La Asociación de Amigos del País presentó en la Corte de Constitucionalidad un memorial a favor de las hidroeléctricas, en especial en el caso de Oxec I y Oxec II, pues -en calidad de amicus curiae– considera que el amparo concedido por ese alto tribunal, que suspendió las operaciones de la empresa, atenta contra el estado de derecho y podría derivar en demandas millonarias contra el estado de Guatemala…que para los efectos no es nada más y nada menos que los tributarios de Guatemala.

Ignacio Andrade, presidente de la Asociación, señaló que como consecuencia de este fallo se podrían originar otros que afecten el desarrollo eléctrico del país, lo cual se opone el mandato constitucional  que declara de “urgencia nacional la electrificación”, y que llevó al gobierno a promover, mediante la Ley de Incentivos para el Desarrollo de Proyectos de Energía Renovable, la inversión y desarrollo en proyectos hidroeléctricos.

El amicus curiae o amigo del tribunal es un tercero ajeno a un litigio, que ofrece voluntariamente su opinión frente a algún punto de derecho, u otro aspecto relacionado para colaborar con el tribunal en la resolución de la materia que es objeto del proceso. La Asociación de Amigos del País es una organización cívica centenaria que -en muchas ocasiones- ha expresado valiosas opiniones y recomendaciones en temas de gran importancia nacional y fue la editora de La historia general de Guatemala.

En enero pasado  la Corte de Constitucionalidad declaró con lugar un amparo interpuesto contra las hidroeléctricas Oxec I y Oxec II, por lo que sus operaciones quedarán suspendidas hasta que se resuelva el problema.

La foto es de RepúblicaGt.


17
Feb 17

Estado de derecho y “palabras comadreja”

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Escucha el podcast aquí.

Según un mito las comadrejas pueden vaciar un huevo sin dañar el cascarón; y por lo tanto el huevo no da la apariencia de estar vacío. En ese contexto F. A. Hayek ideó la frase palabras comadreja para referirse a aquellas que son capaces de succionarles a otras su contenido y dejarlas vacías con la apariencia de que nada malo ha ocurrido.

La palabra social, usada para referirse a las relaciones voluntarias y pacíficas de cooperación que ocurren en el kosmos u orden complejo que conocemos como sociedad, describe aquel tipo de relaciones y es de gran valor; de hecho, La acción humana, obra de L. von Mises, iba a llamarse Cooperación social.  Pero, adherida como calificativo de conceptos como estado de derecho se convierte en comadreja.  Ejemplo: si son objetivos del estado de derecho la protección de los derechos individuales de todos por igual y ponerle límites al poder bajo la Constitución y las leyes, aquellos propósitos nobles son neutralizados al condicionar aquella protección y aquella limitación a las demandas y necesidades de grupos o colectivos (sociales) de interés. Demandas y necesidades que  –casi siempre– implican violación de los derechos a la vida, la libertad, la propiedad y a la búsqueda de la felicidad.  Las relaciones laborales como derechos sociales, violan la libertad de contratación, por mencionar algo.

En aquel contexto, la palabra democrático (que no debe ser confundida con republicano) es comadreja inconfundible. Puesto que la democracia es el gobierno de la mayoría, el uso de democrático para calificar al estado de derecho despoja a este de los principios que lo distinguen, y lo deja a merced de los caprichos políticos de quienes dicen representar a la mayoría en las urnas, o peor aún, en las barricadas.

Por eso es que a los socialistas y a otros colectivistas, a los promotores del pensamiento único y del establishment, y a los promotores del pensamiento hegemónico les gusta tanto añadirle social y/o democrático a valores como el estado de derecho. Para despojarlos de su contenido en perjuicio de los derechos individuales de todos por igual, o sea, sin privilegios.

Columna publicada en elPeriódico.


10
Feb 17

¿Qué debería ser ley?

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¿Te quedaste pensando luego de leer a F.A. Hayek la semana pasada en este espacio? ¡Que bien! ¿Me acompañas otra vez?

En El ideal político del estado de derecho, dice Hayek que quizás sea correcto que el abogado…deba concentrarse exclusivamente en lo que de hecho es la ley [en oposición a lo que debería ser la ley]. Pero entonces, con el debido respeto, debe decirse que la ley que resguarda nuestra libertad es un asunto demasiado importante para dejarlo en manos de los abogados.  Esto es porque necesitamos, además del estudio del derecho positivo, una ciencia crítica de la legislación.

Hayek explica que la base esencial del estado de derecho es la confianza en la acción de reglas abstractas (leyes), que rigen las relaciones entre los individuos. Dado que el estado de derecho implica que el gobierno jamás debe ejercer coerción contra el individuo, salvo cuando se trate de la aplicación de una regla conocida de antemano, que implica necesariamente el acto de coerción, tenemos aquí una limitación en general a los poderes de todo gobierno y en especial a la propia legislación. ¿Te das cuenta? Tanto el gobierno, como la legislación y la facultad legislativa deben tener límites a su capacidad coercitiva.  Es la ley la que pone aquellos límites, ¡para salvaguardar los derechos individuales!

Entonces…¿qué distingue a las leyes, de la legislación? Mientras que legislación podría ser cualquier normativa que emane de los órganos legislativos y cumpla con los procedimientos necesarios, las leyes son reglas generales y abstractas que han sido divulgadas con antelación. Son aplicadas a todas las personas por igual y se refieren a circunstancias conocidas por ellos.  La norma que dice que quien tomare, sin la debida autorización cosa, mueble, total o parcialmente ajena, será sancionado con prisión de 1 a 6 años. no distingue si el autor, o el despojado es hombre, o mujer; ni si es ladino, o indígena por decir algo.  Se le aplica a todos aquellos que se coloquen en la situación de tomar algo ajeno sin permiso.

¿Te das cuenta de lo importante que es distinguir entre ley y legislación?

Columna publicada en elPeriódico.


03
Feb 17

¿Estado de derecho, o estado de legalidad?

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¿Me acompañas? En Egipto, F. A. Hayek ofreció unas conferencias publicadas como El ideal político del estado de derecho.  En ellas cita a H. Kelsen, que dice que carece completamente de sentido afirmar que bajo el despotismo no existe orden de derecho (“Rechtsordnung”) y Hayek explica que ese fue el argumento que despojó al concepto de estado de derecho (“Rechsstaat”) de su significado como garantía de la libertad individual; dado que cualquier opresión, sin importar cuán arbitraria, o discriminadora fuera, podría ser legalizada por una legislación que facultara a una autoridad para actuar. Gracias por seguir.

Para quienes el estado de legalidad es un sustituto del estado de derecho, si una normativa cumple con los requisitos formales para convertirse en decreto es suficiente para que sea legítima; lo importante es que genere un orden, y no que proteja los derechos individuales de todas las personas por igual.  En este contexto, peligroso, tan ley es una normativa que crea privilegios, o discrimina, como una que protege la vida mediante el delito de asesinato, o la propiedad mediante el delito de robo.

Hayek advierte contra aquello y explica que en la actualidad, la discusión del derecho la emprenden casi en su totalidad personas cuya principal preocupación profesional es “qué es ley´”cuando en realidad tendría que ser “qué debería ser la ley”.  Esta situación se vuelve decididamente peligrosa cuando se combina con una tendencia…a considerar que una ley ha sido aprobada como prueba de la necesidad de esa misma ley.  De ahí que, entre nosotros, haya quienes crean que todo se arregla con legislación y que legislar sea entendido como producir normativas y regulaciones para todo lo que se mueva, o no; incluidos intereses específicos de grupos de poder de todo tipo; y la proscripción de actividades que para nada deberían ser prohibidas.

Te saqué de la vorágine del día para invitarte a meditar: ¿quieres un estado de derecho que proteja los derechos individuales de todos por igual, frente a quienes ejercen el poder; o uno de legalidad que establezca un orden al antojo de quienes ejercen el poder?

Columna publicada en elPeriódico.


24
Ene 17

Malas noticias para la libertad personal

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Entre 2008 y 2014 los guatemaltecos hemos retrocedido en el Indice de Libertad Personal que elabora el Cato Institute y publicó HumanProgress.com

En 2008 los guatemaltecos teníamos un ranking de 7.12 y en 2014 llegamos a uno de 6.52, siendo 10 el más alto.  Para que tengas una idea, en los países del norte de Europa -que ya no son los países socialistas que eran en los años 70- el índice en 2014 llegó a 9.24 y el promedio en Centroamérica bajó a 6.76 en tanto que el de Latinoamérica y el Caribe fue de 7.15.

¿Cuáles son los aspectos que evalúa el índice y cómo ranquea Guatemala en ellos?

Estado de derecho: 4.09; Seguridad: 6.33; Libertad de locomoción; 10.00; Libertad de religión: 7.5; Libertad de asociación: 7.50; Libertad de expresión: 6.60; y Libertad de relaciones personales: 7.5; Guatemala se halla en el puesto 97 de 159 en cuanto a libertad personal y para comparar con algo -arbitrariamente- Honduras se halla en el puesto 124, en tanto que Costa Rica está en el 41.

Está claro que décadas y décadas de educación estatista y colectivista; así como una ética prevaleciente de carácter altruista ha prevalecido en esta sociedad y se ha reflejado en políticas que minan la libertad personal.

Como food for thought voy a comentar sólo uno de aquellos aspectos.  Guatemala puntea bajísimo (4.09) en cuanto a la construcción de un estado de derecho (entendido este como uno en el que los habitantes del país, y especialmente los que ejercen el poder públilco están protegidos  por una Constitución y a normas generales, abstractas e impersonales iguales para todos y cuyo objetivo es la protección de la vida, la libertad, la propiedad y el derecho a la búsqueda de la felicidad de todos por igual); en tanto que las facultades de quienes ejercen el poder político están limitadas por aquellas Constitución y leyes.  En ese contexto, vale anotar que estado de derecho no es lo mismo que estado de legalidad entendido este como uno en el que se presume que es ley cualquier normativa que cumpla con los procedimientos políticos parlamentarios,  aunque sean  normas particulares, concretas y en muchos casos personales, distintas para distintos grupos de interés, cuyo objetivo sea, incluso, repartir privilegios y que los intereses de los colectivos prevalezcan sobre los derechos individuales; en tanto que las facultades de quienes ejercen el poder público son tan amplias como los intereses de sus clientelas.

Entre nosotros, la prevalencia del estado de legalidad sobre el estado de derecho es un cáncer.

El Indice de Libertad Humana presenta el estado de la libertad humana en el mundo basado en una medida amplia que abarca la libertad personal, civil y económica. La libertad humana es un concepto social que reconoce la dignidad de los individuos y se define aquí como libertad negativa, o sea la ausencia de coerción coercitiva. Debido a que la libertad es inherentemente valiosa y juega un papel en el progreso humano, vale la pena medirla cuidadosamente. El Índice de Libertad Humana es un recurso que puede ayudar a observar objetivamente las relaciones entre la libertad y otros fenómenos sociales y económicos, así como las formas en que las diversas dimensiones de la libertad interactúan entre sí.


25
Oct 16

Lo de mañana es un pulso

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Se engañan quienes dicen que con los bloqueos no se gana nada.  Esto es porque ven los pliegos de peticiones y parece evidente que aquellas listas de despropósitos son eso…despropósitos.  Sin embargo, al dejar de ver los árboles y ver el bosque, lo que son aquellas acciones violentas es un pulso entre delincuentes y el estado de derecho; y así es como deben ser tratadas.

La dirigencia del Comité de Desarrollo Campesino no sólo es delincuencial por organizar los bloqueos, sino porque una de las principales actividades de aquella organización es el robo de energía eléctrica.  Para más señas, Codeca es parte de las organizaciones supuestamente populares que persiguen la refundación del estado de Guatemala -incluso mediante el rompimiento constitucional- sobre bases socialistas y populistas.

El paro nacional movilizado de mañana -que no incluirán la franja transversal del norte- deben ser vistos en aquel contexto y todos los afectados estamos llamados a participar activamente en el rechazo a aquellas acciones.  ¿Cómo? En primer lugar evitando la violencia y las provocaciones.  ¿Y luego? De la mejor forma en que se te ocurra.

-Si tienes que salir y te agarran en un bloqueo, recuerda que ya sabías que eso podía ocurrir y no pierdas la paciencia.  Lleva comida y bebidas contigo.

-Toma fotografías del bloqueo y hazlas circular en redes sociales.  Cuando lo hagas recuerda que actúas en defensa del estado de derecho.

-Saca una bandera blanca, u organiza que se cante el himno nacional.  No se…si no te gustan estas ideas propón mejores y ponte creativo.  Sorprende a los que están en la misma situación que tu.  Por ejemplo, ya hay mara promoviendo que se ponga un listón rojo en el vehículo en señal de rechazo a los bloqueos.

En cuanto a las autoridades, su obligación moral y legal es proteger a las personas pacíficas contra los delincuentes y allanar el paso en los bloqueos.   Las autoridades deben recordar que están al servicio de los tributarios y de los electores pacíficos; y no al de criminales. Este es un pulso entre los delincuentes y el estado de derecho y las autoridades son los guardianes de este último.

Los pliegos de peticiones son irrelevantes.  Están hechos para que sean innegociables y si lo fueran, sus pretenciones son las de grupos cívicamente irrelevantes que, incapaces de obtener la confianza de los electores en las urnas, entienden que pierden el tiempo si no acuden a la violencia para conseguir sus propósitos.

En todo caso  se debería tomar en cuenta esto que escribió Ayn Rand: En todo conflicto entre dos hombres (o grupos) que comparten los mismos principios básicos, gana el más consistente. En toda colaboración entre dos hombres (o grupos) que se apoyan en diferentes principios básicos, el más maligno, o irracional es el que gana. Cuando los principios básicos opuestos están abierta y claramente definidos, eso obra en ventaja del lado racional; y cuando no están claramente definidos, sino que están ocultos, o difusos eso obra en ventaja del lado irracional.

Mañana habrá un pulso entre la delincuencia y el estado de derecho.  ¿De qué lado estas?


03
Sep 15

¡Dale con cancelar a Lider!

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Yo preferiría que miles de electores chapines no hubieran dejado crecer al partido Lider como lo dejaron crecer desde las elecciones pasadas.  Yo preferiría que el Tribunal Supremo Electoral hubiera sancionado a Lider desde los primeros momentos en que empezó a violar la ley.  Yo quisiera que Lider y toda la indecencia que representa no existiera.  Si por mi fuera, haría desaparecer a Lider con un Abracadabra.  Pero ya estuvo y no se puede. Como no se puede cancerlarlo.  No se puede porque no es legal y porque si a pesar de no ser legal, se hiciera porque es políticamente conveniente en el corto plazo, abríríamos las puertas del averno y en el largo plazo acabaríamos con los valores que supuestamente queremos conservar.

Lo siento pero no se puede porque en tanto que en la esfera del derecho privado las personas somos libres de hacer todo lo que no está prohibido, en la esfera del derecho público (y el derecho electoral es de carácter público) sólo se puede hacere lo que está permitido.  Es cierto que el artículo 21 de la Ley electoral y de partidos políticos dice que la violación de las reglas de financiamiento implican sanciones administrativas y penales; pero más adelante está claro que no está permitido cancerlar un partido luego de que ha ocurrido la convocatoria a elecciones.  Así lo dice el artículo 92 de la LEPP: No podrá suspenderse un partido después de la convocatoria a una elección y hasta que ésta se haya celebrado.

Suspender es una sanción menor a cancelar; y si no está permitido lo menos, ¿cómo habría de estar permitido lo más? Si no es legal suspender un partido una vez hecha la convocatoria a los comicios, ¿cómo sería legal cancelarlo?  Las buenas intenciones de quienes quieren que Lider sea castigado por violar la ley quedan oscurercidas por el desatino de que para ello sea violada la ley.  No puedes proteger un valor mediante la violación del mismo valor que quieres proteger.

Así llegamos a donde estamos y lo que sí toca es derrotar a Lider en las urnas.  ¡Nada de victimizarlo! Lo que hay que hacer es aplastarlo a fuerza de votos.  Que no les queden ganas de volver a levantar cabeza.  Que escarmiente el partido y que escarmienten su propietario y sus dirigentes.  ¡A votar con todo!, y dejémonos de necedades.


03
Sep 15

Para los que llegaron tarde

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Algunos de mis amigos y lectores extranjeros necesitan un resumen de lo que ha estado ocurriendo.  Aquí van unos enlaces útiles:

Noticias:

Paso a paso los hechos que llevaron a la caída Otto Pérez Molina

Trasladan a ex Vicepresidenta al Centro Preventivo Santa Teresa

El día en que el Partido Patriota votó contra el presidente Pérez

Vigilan al Presidente y allanan sus oficinas

Otto Pérez Molina con orden de captura por caso La Línea

MP pedirá cese de funciones del mandatario

Corte de Constitucionalidad deniega amparos provisioinales a Otto Pérez

Pérez Molina ha dejado de ser el Presidente de Guatemala

Alejandro Maldonado jura como Presidente

Perspectivas:

El próximo detonante en América Central

¿Qué es peor que unas elecciones corruptas en Guatemala?

Forget Impeachment, vote instead

El papel clave de Estados Unidos en la crisis de Guatemala

La ilustración es de Soy 502


02
Sep 15

Jueves de paches…y de no permitir la captura del estado

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Como muchos chapines y muchas personas que le tienen cariño a esta tierra y a su gente, hoy en la mañana me desperté con la novedad de que el presidente Otto Pérez Molina renunció.  ¡Es el primer Presidente del siglo XXI que es forzado a dejar el cargo por corrupción!

Gracias a que crecí cerca de mis abuelas y de mi bisabuela -y a mi afición por la Historia- el hecho de vivir procesos como el que estamos viviendo tiene su encanto.  Y la parte más sencilla de mí no deja de fascinarse por el hecho de que de forma pacífica luego de 20 semanas de intensidad, los guatemaltecos conseguimos que renunciaran el Presidente y la Vicepresidenta de una de las administraciones más corruptas de la Historia moderna de Guatemala.  ¡Que les quede de lección a los que vienen!

La parte menos cándida de mí está inquieta.  En parte porque he leído que el 20 de octubre de 1944 la Revolución era de todos; pero el 21 ya no, y ya había sido capturada. En parte porque he leído del asesinato de Francisco Javier Arana en el puente La gloria, el 18 de julio de 1949.  He visto lo que pasó con la Primavera arabe y he visto lo que hacen gentes como Daniel Ortega, Rafael Correa, los Kirchner, Evo Morales y Hugo Chávez cuando llegan al poder.  En parte porque veo como es que grupos bien organizados lanzan campañas negras para tratar evitar las elecciones de este domingo y porque veo cómo es que la mayor parte de la gente se deja llevar por la corriente.

En parte porque veo cómo es que muchas personas olvidan que en todo conflicto entre dos hombres (o grupos) que comparten los mismos principios básicos, gana el más consistente. En toda colaboración entre dos hombres (o grupos) que se apoyan en diferentes principios básicos, el más maligno, o irracional es el que gana. Cuando los principios básicos opuestos están abierta y claramente definidos, eso obra en ventaja del lado racional; y cuando no están claramente definidos, sino que están ocultos, o difusos eso obra en ventaja del lado irracional.

¡Es vital que quien resulte electo Vicepresidente de la República, luego de que Alejandro Maldonado tome posesión como Presidente sea un ciudadano sin colas ideológicas, ni compromisos ideológicos!  El único mandato de este gobierno provisional es el de garantizar el orden constitucional.  En el corto plazo esto implica garantizar las elecciones del domingo; y en su largo plazo implica garantizar la sucesión presidencial pacífica en enero.   ¡De nunguna manera incluye un mandato para embacarnos en aventuras ideológicas!  No se vale que grupos que nunca consiguen más del 3% de los votos en las elecciones aprovechen esta oportunidad para imponerse y capturar el estado.

En este enlace puedes ver una historia resumida de lo que ha ocurrido.

De paso, ¿por qué Jueves de paches? Porque en Guatemala, los jueves se suele comer paches, y los paches son tamales de papa propios de Quetzaltenango; del mismo modo en que los lunes son de caldo y los sábados de tamales.

La foto la tomé de elPeriódico.