17
Abr 24

Se enriquecen con tus impuestos

 

Cuando los pipoldermos te quiten tributos recuerda: Nueve magistrados de la de Corte Suprema de Justicia recibieron Q22 millones -de tus impuestos- por indemnizaciones y prestaciones ilegales. La que más recibió fue la expresidenta de aquella corte, que se embolsó Q3 millones.

Por un lado los puestos por nombramiento a plazo fijo, en el sector público (que es el sector coercitivo de la economía) no generan prestaciones, ni indemnización. Esos pagos son inconstitucionales porque el artículo 110 de la Constitución dice que los trabajadores del Estado, al ser despedidos sin causa justificada, recibirán su indemnización.  En primer lugar los magistrados, diputados y otros funcionarios de ese nivel, no son trabajadores en el sentido de empleados; y en segundo lugar son nombrados por un plazo fijo, de modo que cuando se les vence el período no hay despido sin causa justificada. El artículo 102p, de la Carta Magna, también alude a la indemnización para trabajadores por despido injustificado, o indirecto.

Es evidente que la terminación del plazo no es un despido injustificado y que el fin de la función se conoce desde el principio de la relación del individuo con el gobierno. 

Sin embargo, como los políticos y burócratas se tapan con la misma chamarra,  En 2003 el Congreso aprobó el Decreto Legislativo 56-2003 que prohibía la indemnización a diputados, al presidente de la república y vicepresidente, a magistrados y a todo funcionario nombrado para un plazo fijo: sólo para que después fuera impugnado por un grupo de diputados. 

En todo caso, es un principio general del derecho que en el derecho administrativo (compuesto principalmente por thesis para usar el lenguaje hayekiano) sólo se puede hacer lo que está permitido; de modo que no habiendo normativa que permita la indemnización a funcionarios de plazo fijo, pues esos pagos son ilegales que seguramente constituyen delito de malversación.

¿Qué es la malversación? Pues, comete ese delito el funcionario, o empleado público que diere a los caudales, o efectos que administrare una aplicación diferente de aquella a que estuviere destinados. La pena es una nada: multa de cien a un mil quetzales.  Pero es delito y es delicta mala in se.

¿No te parece que es especialmente irónico que a la Corte Suprema de Justicia y sus magistrados -a quienes les corresponde la función jurisdiccional- violen la ley y te expolien con tal desparpajo?


10
Oct 19

La Corte de Constitucionalidad y la elección de magistrados

Si la Constitución dice lo que la Corte de Constitucionalidad dice que dice, como sostienen algunos, ¿qué sentido tiene tener Constitución? Sería más honesto que los magistrados se erigieran en éforos y que fallen en cada caso particular y específico como convenga políticamente en cada caso particular y específico.

William Hogarth, via Wikimedia Commons.

Mientras tanto el plazo constitucional improrrogable para la duración de las funciones de los magistrados de la Corte Suprema de Justicia y de la Corte de Apelaciones vence el sábado 12 de octubre; pero la Corte de Constitucional concedió un Amparo provisional que suspendió los procesos de comisiones de postulación para la elección de magistrados para la CSJ y la Corte de Apelaciones; recurso que -en la práctica- amenaza con suspender la administración de justicia en Guatemala, o prorroga aquel plazo constitucionalmente improrrogable poniendo en peligro la institucionalidad en el país.

José Quesada, exmagistrado de la Corte de Constitucionalidad y abogado constitucionalista, junto a otros abogados de esa especialidad como Mario Fuentes, Estuardo Ralón e Ignacio Andrade, explicó que cuando se incumple con un plazo constitucional estamos ante una violación constitucional, pero cuando el plazo se retiene al ejercicio de un poder (…) estamos frente a un poder de facto, un rompimiento grave de orden constitucional,en un sentido jurídico estaremos frente a una autoridad ilegítima, no constitucionalmente establecida.

Es muy preocupante tratar de minimizar la situación. Han querido plantear que es un aspecto de forma y no de fondo, no es cierto, es una afirmación que carece de sustento doctrinario(…) la Constitución tiene como esencia el límite al poder, la limitación al ejercicio del poder de los diferentes funcionarios y los plazos son un instrumento de fondo y no de forma, añadió Ralón.

No es para afligirse…o quizás si; pero ¿ya te diste cuenta de que las dictaduras de Bolivia, Nicaragua y Venezuela se aferraron al poder con el apoyo de Cortes más comprometidas con la política y la ideología, que con el estado de derecho y la justicia?

En ese contexto de ideas, el abogado y columnista Alejandro Baldizón plantea que la propia Corte de Constitucionalidad es flagrantemente culpable de haber acabado con las instituciones democráticas y republicanas en nuestro país. Su larga cadena de abusos y usurpaciones a todas luces violatorias de la constitución, dentro de las cuales se incluyen haber vedado al Organismo Legislativo la potestad de elegir a su directiva dentro del marco legal, haber vedado al Organismo Legislativo su función intrínseca de promover, discutir y aprobar iniciativas de ley dentro del marco de sus competencias, haber vedado al Organismo Ejecutivo el ejercicio de sus competencias y funciones constitucionales en materia de política exterior, relaciones diplomáticas y relaciones internacionales, haber convalidado abusos y atropellos cometidos en el ámbito de la persecución penal, haber impuesto su agenda ideológica en flagrante contravención a la propia constitución, habiendo inventándose disposiciones antojadizas e ilegales más allá de sus competencias, haber vedado al Organismo Judicial su función en el proceso de renovación de las cortes y haber prorrogado un plazo perentorio constitucional para uno de los poderes del Estado. ¿Cuál sería la reacción de la población, por ejemplo, si el Presidente quisiera extenderse en el ejercicio de sus funciones más allá de su período? ¿Acaso la Corte Suprema de Justicia no es otro poder del Estado sujeto a la misma limitación constitucional? Esta Corte de Constitucionalidad con sus resoluciones que rayan en lo criminal ha usurpado las funciones constitucionales que le competen a los poderes del estado para concentrarlas y ejercerlas por sí sola. Esta Corte de Constitucionalidad ha anulado los elementos democráticos y republicanos consagrados en la Constitución y se ha convertido en un poder autoritario que bien puede llegar a ser totalitario.

A mí me inquieta la posibilidad de que, si se viera en la necesidad política de hacerlo, la Corte de Constitucionalidad pudiera ponerse al servicio de quien quiera que estuviera en la Presidencia de la República (o de cualquier otro puesto clave) y, por ejemplo, extender su período constitucional con cualquier argumento jurídico en el espiritu de que la sentencia es la justicia según el juez; y en el de que la Constitución dice lo que la Corte de Constitucionalidad dice que dice…o, peor aún, amparada con el criterio de que los magistrados de la Corte de Constitucionalidad no pueden prevaricar.

Preocupa, también, que la movida de la Corte de Constitucionalidad sea la de retrasar el proceso de elección de magistrados con el propósito de queno sea este Congreso (como debe ser) sino el que tome posesión en enero de 2019, el que elija a los miembros de la Corte Suprema de Justicia y de la Corte de Apelaciones con todos los efectos políticos -forzados- que eso tendría sobre la administración de justicia.

La excusa de que los jueces y magistrados deben estar a la altura de estándares internacionales y de que los criterios para la seleccion de aquellos debe ser con criterios objetivos es razonable; pero no a costa de la violación de los plazos constitucionales, plazos que una ley ordinaria, como la Ley del Organismo Judicial, no tiene facultad de invalidar.  Urge una reforma judicial -que incluya formas objetivas y a la altura de los estándares internacionales para elegir jueces y magistrados-; pero el punto de partida para esa reforma no debe ser una movida política con dados cargados.


10
Ene 19

Antejuicio contra magistrados en manos del Congreso

Por mayoría, el pleno de la Corte Suprema de Justicia admitió para su trámite y remitió al Congreso de la República la solicitud de antejuicio  contra tres magistrados de la Corte de Constitucionalidad.

Según la CSJ, había suficientes indicios para iniciar el trámite de antejuicio contra  Francisco de Mata Vela, Bonerge Mejía Orellana y Gloria Porras Escobar. que votaron a favor de amparar a la Fundación Myrna Mack y al abogado Alfonso Carrillo, para frenar la solicitud del Ejecutivo, para retiro del embajador de Suecia, Anders Kompass.

Es un error pensar que la concentración del poder y la arbitrariedad sólo pueden ocurrir en el Organismo Ejecutivo y en la Presidencia de la Republica.  Esa creencia se explica en un país con una historia de dictaduras presidencialistas largas; pero no tiene razón de ser.  En la película The Patriot, Benjamin Martin lo tiene claro cuando dice: ¿Podría decirme, por favor, Sr. Howard, por qué debería cambiar a un tirano a tres mil millas de distancia por tres mil tiranos a una milla de distancia? Una legislatura elegida puede pisotear los derechos de un hombre tan fácilmente como un rey.  Y está claro que el ejercicio de la revisión judicial sin restricciones puede convertirse en una tiranía de los jueces.  Por eso es que la Constitución estipula que los funcionarios son depositarios de la autoridad, responsables legalmente por su conducta oficial, sujetos a la ley y jamás superiores a ella; y por eso es que la división del poder es una característica esencial del estado de derecho. La idea es que haya pesos y contrapesos entre los organismos del estado, balance del que no deben escapar los magistrados de la Corte de Constitucionalidad. De hecho, la Constitución dice que la soberanía radica en el pueblo quien la delega, para su ejercicio, en los Organismos Legislativo, Ejecutivo y Judicial; y no están en esta lista la Corte de Constitucionalidad, ni la Procuraduría de los Derechos Humanos, ni la CICIG.

En ese contexto, a nadie le debe extrañar que la Corte Suprema de Justicia haya admitido para su trámite y remitido al Congreso la solicitud de antejuicio en cuestión. Cuando los miembros de un órgano del estado rebasan sus facultades, o actúan contra la ley, o la Constitución, no está de más que se activen los mecanismos de control.

Es cierto que dichos mecanismos de control, los pesos y contrapesos, obstaculizan las agendas políticas y las agendas ideológicas de tirios y troyanos; pero, ¡de eso se trata!  En una república sana, las agendas de tirios y troyanos no deberían hacerse realidad sin un proceso de discusión y de valoración público, amplio y concienzudo. El proceso político debería ser así, porque, ¿cuál es la opción? Que se haga la voluntad del poder que goce de hegemonía temporal, sin que sus decisiones puedan ser cuestionadas.  Eso sí, el cuestionamiento debe ser dentro del marco legislativo y constitucional.

En ese espíritu es que el Congreso está obligado a evaluar lo actuado por los magistrados cuyo privilegio de antejuicio está siendo sometido a su consideración.  El antejuicio es un privilegio político que debe ser usado con responsabilidad, así como con responsabilidad es que tiene que ser evaluado.

Ilustración por Beccafumi Dominio público], via Wikimedia Commons.


16
Abr 18

¿Magistrados al servicio de posibles delincuentes?

Los magistrados que integran la Cámara Penal de la Corte Suprema de Justicia dispusieron que los jueces deben hacer pública la información sobre ordenes de captura…y tres personas que iban a ser capturadas pusieron pies en polvorosa. Esto no debe pasar inadvertido.

Mediante llamadas telefónicas, efectuadas el 12 de abril pasado, tres personas fueron alertadas de órdenes de captura en su contra. Los tres prófugos y otras cuatro personas que residen fuera del país, estarían implicados en la compra fraudulenta de ambulancias para el Seguro Social, por Q49.2 millones, en 2014. Ninguno de los tres sindicados fue localizado en sus domicilios durante los allanamientos para ejecutar las capturas, emitidas por el juez suplente, del Juzgado Décimo de Primera Instancia Penal.

El jefe de la Fiscalía Especial Contra la Impunidad atribuyó el fracaso del operativo a la puesta en práctica de un sistema que permite compartir las capturas vía electrónica entre los juzgados y las unidades operativas de la Policía Nacional Civil. Esa disposición, según el fiscal, fue emitida por la Cámara Penal. Por su parte, los miembros de la Cámara Penal expusieron que, por convenios interinstitucionales se aprobó el uso de tecnología para la notificación de las órdenes de aprehensión.“Por ninguna razón, los miembros de la cámara tenemos acceso a la información; hemos podido advertir que quienes tuvieron en sus manos esa orden de aprehensión electrónica fue el juez que la emitió y el fiscal que la pidió, explicó el magistrado Felipe Baquiax.

¡Por supuesto que todos van a tratar de tirarse la chibolita; pero cosas como esta enojan mucho y no deben quedar impunes, ¿verdad?

La ilustración la tomé de aquí.


04
Nov 17

Entre el fiambre y el pavo se cuidan los nenes

Cuando los magistrados de la Corte Suprema de Justicia tienen hambre, monchan  almuerzos de casi mil quetzales. Para ser exactos, de Q972, valor individual de 14 platillos.  En un almuerzo de septiembre pasado se gastaron 13 mil 604 quetzales…de tus impuestos. ¡Para esto es que quieren más tributos los pipoldermos!

Dos días antes de la festividad del solsticio de invierno, en 2015, los magistrados se echaron una cena en la que, cada platillo, tuvo un costo Q299 cada una, para un gasto total de Q5 mil 970….de tus impuestos. Uno se pregunta: Si es con su dinero propio, ¿cáda cuánto pagan Q299 en una cena estos personajes?

De acuerdo con los registros de gastos de comida del Organismo Judicial, de noviembre de 2014 hasta mayo de este año, los magistrados han gastado 425 mil quetzales entre almuerzos, refacciones, pasteles y galletas.  Ese dinero de tus impuestos ha ido a parar a las barrigas golosas de los magistrados y de otros funcionarios.

¡Para cosas así es que usan tus tributos los pipoldermos!…y así ha de ser ministerios y otras oficinas burocráticas. ¿O no?

La foto es de Soy 502.


28
Ago 17

La suspensión de San Rafael

La Corte de Constitucionalidad confirmó la suspensión provisional de las actividades de la mina San Rafael, debido a señalamientos de discriminación. En julio pasado la Corte Suprema de Justicia suspendió las operaciones de la mina -que es subsidiaria de la canadiense Tahoe Resources- y ordenó cesar operaciones por, supuestamente, haber discriminado al pueblo xinca.

Según la resolución, cuando el Ministerio de Energía y Minas  autorizó las operaciones de la mina, negó la existencia de la población xinca a la que no le consultó sobre los trabajos que harían. Según la ley, el MEM debe consultar a las comunidades para en estos casos, lo que causó disgusto en los pobladores.

Ofcialmente, Guatemala es un país hostil para las inversiones; uno en el que la política prevalece sobre la justicia y uno en el que los intereses colectivos prevalecen sobre los derechos individuales.  La suspensión de San Rafael es un acto criminal porque daña, directamente, a miles de familias que dependían de ella y las daña para beneficiar intereses políticos.

Según la Cámara de Industria de Guatemala,

  • El fallo ha causado que muchas empresas hayan tenido que despedir a miles de guatemaltecos que tenían empleos dignos en el área rural.
  • La suspensión ya les ha costado, a muchos guatemaltecos, un total de casi Q250 millones.
  • La resolución de la CSJ está llena de inconsistencias procesales y judiciales que desvirtúan los principios básicos del sistema jurídico.

¿Quién, sino los tributarios, crees que vamos a pagar la demanda millonaria que podría entablar la empresa afectada?

El desatino de la Corte de Constitucionalidad y de la Corte Suprema de Justicia es un golpe duro a la precaria economía de los guatemaltecos, y ocurre en el peor de los momentos.

Imagen de previsualización de YouTube

Según un informe de UFM Market Trends, por Jorge García, los flujos de inversión extranjera directa en Latinoamérica cayeron un 7.9% interanual en 2016. Esto representa una disminución del 17% con respecto al año 2011, cuando se alcanzó el máximo de IED en el siglo XXIEn Guatemala, la IED disminuyó un 3.3% interanual, alcanzando los 1181 millones de USD en 2016. El componente que mayor porcentaje de la IED reportó fue la reinversión de utilidades, el cual creció un 12% interanual.

Analizando el histórico reciente de la IED, se puede apreciar la importante caída (-88%) en 4 años del sector “agricultura, petróleo, minas y canteras”. La caída interanual en 2016 fue la más pronunciada (-69%).

En los componentes de la IED, la CEPAL identificó que la mayor caída se registró en aportes de capital (-10% interanual) y reinversión de utilidades (-6%). Esto podría ser señal de que las empresas trasnacionales están desarrollando estrategias defensivas por los precios bajos en commodities y por el lento desempeño de los mercados internos latinoamericanos. Los precios mundiales de los commodities es un factor muy importante a la hora de entender la disminución en IED. Al finalizar los años de precios altos, los flujos de capitales dirigidos a ese sector se desaceleraron. La participación de la IED en el sector de recursos naturales viene decreciendo desde 2010, siendo en 2016 un 13% del total de la IED. Además, las nuevas inversiones anunciadas en industrias extractivas pasaron del 38% del total de IED en la región entre 2005 y 2010, a ser el 14% en 2016, una disminución de más del 63% en menos de una década.

La IED en 2016 se dirigió principalmente a economías desarrolladas. El 59% de la IED mundial se dirigió a estos países, mientras que las economías emergentes alcanzaron solo el 37%…El estandarte de la globalización de trasladar la producción manufacturera a países en desarrollo en la búsqueda de reducir costos ya no es tan interesante para la población de los países más avanzados. Los políticos en países ricos buscan traer de vuelta la producción con la idea de dinamizar la producción nacional. La tecnología ha sido un factor importante pues las grandes trasnacionales han buscado mercados tecnológicamente sofisticados y han buscado activos como patentes o recurso humano cualificado…. las economías desarrolladas son un fuerte atractivo para los inversionistas, lo que complica aún más el panorama para las inversiones latinoamericanas. El rol protagonista que están tomando de nuevo Estados Unidos y Europa en las inversiones enfocadas a tecnología, sumado al hecho de que China ya no está tan interesada en recursos naturales, complica la competitividad para Latinoamérica.

Es un mal momento para la inversión extranjera en América Latina. Por eso es tan preocupante las campañas en contra de ciertas industrias en Guatemala. Por los motivos expuestos anteriormente no es atractivo para el inversionista en estos momentos dirigir capital a Guatemala. A pesar de tener una economía estable y una moneda fuerte, no es suficiente aliciente para hacernos atractivos.

El reporte de UFM Market Trends dice: Paralizar por completo la inversión en minería en Guatemala sería uno de los peores escenarios posibles para el desarrollo económico del interior de la República. Es necesario recordar que la inversión en Guatemala se concentra en las zonas urbanas, principalmente en la ciudad capital. Es difícil que una empresa decida invertir porque toda la cadena de valor que necesita para funcionar se encuentra en la ciudad. Las pocas empresas que se animan a invertir en el interior lo hacen comúnmente por el acceso a recursos naturales, sino no lo harían porque no hay incentivos a hacerlo. Y las que finalmente deciden invertir millones de dólares, luego de consumar la inversión (que no es a corto plazo) se encuentran con un panorama de conflictividad y falta de certeza jurídica por procedimientos que no le correspondían llevar a cabo a las empresas (con esto me refiero al artículo 169 de la Organización Internacional del Trabajo). Paralizando al mayor empleador de una comunidad se paraliza la economía de esa comunidad, como se está apreciando ahora en San Rafael Las Flores, Santa Rosa.

Nunca hay un buen momento; pero este es un momento terrible para ayuentar las inversiones extranjeras.

La foto es de Prensa Libre.


06
Jul 17

Política vrs. justicia, el caso de San Rafael

Ochenta y cinco mil personas que dependen directa, o indirectamente de la operación de la mina San Rafael, en Santa Rosa, han sido traicionadas por la Corte Suprema de Justicia que suspendió -de forma provisional- la licencia de operaciones de aquella unidad productiva.

¿Por qué actuaron así los jueces? Porque en las cortes se está enraizando la cultura de que la política debe prevalecer sobre la justicia.  Porque el caso lo hace aconsejable, dijeron los magistrados.

Porque la dirigencia popular le hace creer a la gente que la mina ocasionó los temblores de junio pasado…a pesar de que Guatemala está localizada sobre tres placas tectónicas que están en constante movimiento, está cruzada por docenas y docenas de fallas geológicas (algunas de ellas muy peligrosas, como la del Motagua que causó el terremoto fatídico de 1976 y de que en el país hay 32 volcanes y tres de ellos están activos todos los días).  De paso el Instituto Nacional de Sismología, Vulcanología, Meterorología e Hidrología determinió que los sismos, en Santa Rosa, se deben a la falla de Jalpatagua.

Sin embargo, ¿cuándo es que la verdad ha servido a los intereses de la dirigencia popular revolucionaria, siempre antiminería, siempre antihidroeléctcas y siempre fabricante de miseria?

El fallo judicial aduce que la población no fue consultada al respecto y que no fueron respetados los derechos de los indígenas en el contexto del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo.  Empero, dicho convenio carece de reglamento para su aplicación y no está claro todo ese tema de las consultas y su carácter vinculante.

Es como de opereta, pero una opereta del diablo que deja a quién sabe cuántas familas (85 mil personas) sin trabajo, sin ingresos, sin una forma decente y digna de ganarse la vida. Y, ¿para qué? Para que más de una ONG se anote un éxito y consiga más financiamiento el año entrante; para que haya más pobres y más miseria que es el caldo de cultivo para la revolución; y para que se consolide la idea de que la política debe prevalecer sobre la justicia.

La foto de abajo muestra la caída de las acciones de la empresa propietaria de San Rafael.  Es el costo de hacer negocios en Guatemala. Gracias a mi cuate, Ramón, por la pista. ¿Quién va a ser el siguiente?

¿Sabes qué me recordó? Las minas de San Sebastian en la República Popular de México, en La rebelión de Atlas.

La foto de trabajadores de la mina San Rafael es de Oscar F. Herrera, de elPeriódico.


06
Ene 17

¿Qué está tramando la Corte Suprema de Justicia?

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¿Soy yo, o aquí hay un patrón?

  • La  Corte Suprema de Justicia declaró con lugar un amparo interpuesto contra las hidroeléctricas Oxec I y Oxec II, por supuestas irreguaridades en la consulta comunitaria, por lo que sus operaciones quedarán suspendidas hasta que se resuelva el problema. Al conocer la resolución de la Corte, la empresa Oxec S.A. manifestó que la consulta comunitaria se realizó cumpliendo todos los requerimientos de ley.
  • En otra resolución, la misma corte resolvió proteger al diputado Amilcar Pop (de Winaq, el partido de Rigoberta Menchú)  y declarar sin lugar la solicitud de antejuicio presentada en su contra por el MInisterio Público, en el caso de presuntos tráfico de influencias, obstrucción a la justicia, encubrimiento propio y abuso de autoridad, al impedir la captura de dos personas señaladas de homicidio en la aldea Los Pajoques, San Juan Sacatepéquez.
  • La Corte Suprema de Justicia resolvió darle trámite a una solicitud de antejuicio contra la ministra de Trabajo, Leticia Teleguario.  El expediente será trasladado al Congreso para que los diputados investiguen y resuelvan si procede retirarle su inmunidad a la funcionaria y que el Ministerio Público la investigue. ¿Por qué?  La Ministra no reinstaló a un grupo de trabajadores estatales despedidos, en aparente incumplimiento de una resolución de un tribunal de lo Contencioso-Administrativo.  Los sindicalistas reaccionaron con la denuncia de la funcionaria y en represalia fue denunciada antes los tribunales.

¿Tu qué dices? ¿Hay un patrón?

La foto es del Organismo Judicial.


05
Ene 17

En apoyo a la ministra Teleguario

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La Corte Suprema de Justicia resolvió darle trámite a una solicitud de antejuicio contra la ministra de Trabajo, Leticia Teleguario.  El expediente será trasladado al Congreso para que los diputados investiguen y resuelvan si procede retirarle su inmunidad a la funcionaria y que el Ministerio Público la investigue…¿Por qué? Que la investigue, ¿por qué?

En el marco de un proceso de depuración de la burocrácia y de optimización de los recursos los tributarios, la Ministra no reinstaló a un grupo de trabajadores estatales despedidos, en aparente incumplimiento de una resolución de un tribunal de lo Contencioso-Administrativo.  Los sindicalistas reaccionaron con la denuncia de la funcionaria y en represalia fue denunciada antes los tribunales.

Resoluciones como la del Tribunal y la de la CSJ son las que permiten que los sindicatos y las cohortes de burócratas inútiles y parasitarios se enquisten en el gobierno a costa de los tributarios.  Ningún proceso de depuración de la administración pública y ningún proceso de reducción de costos en el gobierno va a ser posible si los tribunales y las cortes abandonan a los tributarios y a los funcionarios que intentan llevar a cabo aquellos procesos importantes, sino del lado de los intereses de los sindicatos poderosos e inescrupulosos.

Este es un caso en el que un funcionario sometido a antejuicio -la ministra Teleguario- merece el apoyo no sólo de los tributarios, sino de los mandantes cuyo mandato está ejecutando.

No está de más recordar que la función del antejuicio no es la de proteger al funcionario imputado, sino las funciones que le han sido encomendadas.  De la lectura de El derecho de antejuicio, del exmagistrado (y mi exmaestro de Derecho Penal), Francisco Fonseca Penedo, se concluye que sabido que existió una acción administrativa presuntamente constitutiva de delito, o falta y que es imputable al funcionario acusado, es preciso hacer una valoración comparativa entre la gravedad del acto y la gravedad que causaría al orden constitucional no sólo la reversión de la decisión original de la Ministra, sino su posible  separación del cargo y su posible sometimiento a un proceso criminal…y por consiguiente la deslegitimación de futuras acciones depuradoras tan necesarias a todo lo largo y lo ancho de la administración pública.

A estas alturas es preciso concluir en que el tribunal de antejuicio, o sea la CSJ, debería haber declarado sin lugar la solicitud.  Este es un caso típico en el que los intereses generales de los tributarios y de los mandantes, deberían prevalecer sobre los intereses particulares de los burócratas.  De otra forma, ¿que ministro, o alto funcionario se atreverá a despedir burócratas inútiles (o incluso corruptos cuando sea el caso) y a hacer recortes de plazas innecesarias?

La foto es de elPeriódico.


31
Ago 16

Tus impuestos para gastos médicos de magistrados

impuestos

Los magistrados de la Corte Suprema de Justicia, de la Corte de Apelaciones y de otros tribunales de igual categoría gozarán de tu ayuda económica por le monto de ¡hasta tres sueldos! para sus gastos de salud. Estos van desde los Q79 mil hasta los Q113 mil, de acuerdo al salario de cada magistrado. ¿Quién les dió ese privilegio? Ellos mismos se lo dieron.

  • ¿De cuánto es tu seguro médico?
  • ¿Pagas IGSS porque te ves obligado y además tienes que pagar un seguro privado para tener acceso a cuidados dignos?
  • ¿Te aguantas con el IGSS porque los impuestos que pagas no te permiten contratar un seguro privado?
  • ¿No tienes ni IGSS; pero tampoco te alcanza para un seguro privado porque tienes que pagar tributos?

¡Pues te aguantas!, porque los magistrados necesitan de tu apoyo económico para sus seguros médicos y para eso pagas impuestos.

La ilustración la tomé de aquí.