25
Ene 24

Del “capo di tutti capi” al Estado de Derecho y la protección de la independencia del Ministerio Público

Sea cual sea la opinión que tengas sobre si la Fiscal General y Jefa del Ministerio Público puede ser removida por el Presidente de la República, esa opinión debería tomar en cuenta principios que, por ser principios son generales y, por lo tanto, trascienden las particularidades de cualquier caso específico.

El Ministerio Público es una institución con funciones autónomas que actúa independientemente -por propio impulso y en cumplimiento de sus funciones, sin subordinación a ninguno de los organismos del Estado, ni autoridad alguna.

El fiscal general sólo puede ser destituido luego de ser condenado por la comisión de un delito doloso durante el ejercicio de su función, siempre y cuando haya sentencia condenatoria debidamente ejecutoriada.

No conviene -ni a tirios, ni a troyanos- que las leyes generales y abstractas pueda ser cambiadas para satisfacer necesidades políticas del momento (específicas y concretas); por muy necesidades que sean, o parezcan.

Aún si las leyes generales y abstractas fueran cambiadas con aquel propósito, la aplicación de las leyes no debe ser retroactiva; excepto en materia penal cuando favorezcan a los reos. 

Para cumplir sus funciones legales, es importante que el Ministerio Público y su jefe sean independientes. La independencia es un valor fundamental para que el MP pueda promover la persecución penal, dirigir la investigación de los delitos de acción pública y velar por el estricto cumplimiento de las leyes del país…sin temor a pisar callos.

En consecuencia, la Fiscal General no tiene obligación legal alguna de rendirle cuentas al Presidente de la República que -en ningún caso- debe dejarse convencer de que es el capo di tutti capi como quisieran algunos promotores de la remoción ilegal de la jefa del Ministerio público.

¿Ya de dieron cuenta de que si es admisible que los tirios remuevan a un fiscal que no les gusta, luego los troyanos querrán hacer lo mismo? Puesto de otro modo, si un fiscal malo puede ser removido por los buenos, ¿qué impedirá que un fiscal bueno pueda ser removido por los malos

Los principios enunciados arriba protegen el sistema republicano y la división del poder, que es una de las características esenciales de un estado de derecho.  No cabe violarlos por capricho, ni por conveniencia temporal.


08
Sep 23

Deshojando margaritas: El dilema entre ley y gobernabilidad

 

Mi nana, Elena, fue quien me enseñó a deshojar margaritas. Al ritmo de Me quiere, no me quiere deshojamos varias en el jardín de la casa de mi abuela cuando yo estaba en Primer grado de primaria.

De aquello me acordé cuando pensé en que los guatemaltecos nos debatimos en un dilema moral/político: optamos por que se cumplan las leyes (que son las reglas del juego), o nos vamos por la vía de romper las reglas del juego para tratar de afianzar la gobernabilidad.

La pregunta para la margarita es: ¿Respetamos las leyes, o tratamos de afianzar la gobernabilidad?

Cinco margaritas. Foto por Friedrich Haag, via Wikimedia Commons.

Me explico:

Porque toda persona es inocente mientras no se le haya declarado responsable judicialmente, en sentencia debidamente ejecutoriada, las autoridades correspondientes -tanto en el ámbito administrativo, como en el judicial, cuando toque- están obligadas a probar, sin duda alguna, que los hechos y actos que le atribuye al Movimiento Semilla son reales.  Tal es el caso del uso de personas fallecidas, personas que no han firmado hojas de adhesión, datos de nombres y DPI inexistentes, y anomalías de datos repetidos para su inscripción como partido político.

Si han sido cometidos aquellos actos, que seguramente han sido cometidos por otros partidos políticos, la pregunta para la margarita es: ¿Respetamos las reglas, o nos hacemos los locos para no perturbar la gobernabilidad?

Si no se investigan y se someten a procedimiento administrativo y judicial los supuestos actos de corrupción cometidos por los directivos de Semilla, la pregunta para la margarita es: ¿Qué vale más, la igualdad de todos ante la ley, o la pureza del proceso electoral?

Otra pregunta para la margarita es: ¿Detenemos aquí las malas prácticas electorales, o -como antes ha habido errores y arbitrariedades- los seguimos tolerando para no incomodar el proceso democrático y la gobernabilidad?

Voy a atreverme a decir que una gobernabilidad fundada sobre la aplicación casuística de la ley para no incomodar el proceso democrático es un desatino.  Me recuerda una frase de Nicolás Maquiavelo que dice: El que tolera el desorden para evitar la guerra, primero tendrá el desorden y luego la guerra; idea muy parecida a una de Winston Churchill que dice: El que se humilla para evitar la guerra tendrá la humillación y la guerra.

Es decir que no puedes conseguir algo valioso como la paz, el orden, ni la gobernabilidad, ni un proceso democrático sano sostenibles, si en el corto plazo sacrificas lo que en hace posibles aquellos valores: En este caso las reglas del juego, la ley, la igualdad de todos ante la ley…y la confianza.

La historia de la margarita es útil para ilustrar el problema; pero este es un asunto que no se puede dejar al azar y demanda un ejercicio responsable de parte de los ciudadanos y de los tributarios. ¿Qué vamos a elegir? ¿Respeto a las reglas del juego, o la gobernabilidad?

El tema de la gobernabilidad tiene su trampa porque es de orden político* y su importancia es más evidente y emotiva que la del respeto a las reglas del juego. La gobernabilidad indica el grado de cooperación e interacción entre el gobierno y los actores no gubernamentales, para la toma de decisiones que tienen efectos en la sociedad. Y en ese contexto, si un grupo de aquellos actores bloquea carreteras o comete otros actos de violencia, o de amenazas de violencia para impedir la aplicación de las reglas del juego, puede surgir el desorden.  Este desorden, puede generar ingoberanbilidad. ¿Hacemos una excepción a la aplicación de las reglas del juego para evitar el desorden? ¿Cuándo se vale eso, y cuándo no?

Como a la gente no le gusta el desorden -con razón- ¿vale la pena sacrificar las reglas del juego?  No se qué dirá la margarita; pero parafraseando a Maquiavelo y a Churchil, el ciudadano y el tributario conscientes -y honestos, para no falsear la realidad- deberían responder: El que prefiere la gobernabilidad en el corto plazo, termina perdiendo el respeto a la ley en el largo plazo.  El que tolera la violación a la ley para conseguir gobernabilidad, primero tendrá ingobernabilidad y luego la ley perderá su valor.

*De naturaleza política, porque tiene que ver con la posibilidad de ejercer el poder. 

Columna publicada en República.


13
Jul 23

Semilla y el legado de la CICIG, ¿aprenderemos?

 
Hasta las piedras saben que estoy convencido de que un gobierno de la mala simiente puede ser muy malo para todos; pero, ayer que el juzgado séptimo de instancia penal ordenó la suspensión de la personalidad jurídica del partido Movimiento Semilla, que promueve la candidatura presidencial de Bernardo Arévalo surgió la duda, ¿qué dice la legislación electoral al respecto? No podrá suspenderse un partido después de la convocatoria a una elección y hasta que ésta se haya celebrado.
 

La justicia. La foto la tomé de aquí Facebook.

La verdad no me extrañaría que la mala simiente haya hecho chanchuyos y marufias en la recolección de firmas para su inscripción como partido político y en sus asambleas (de hecho creo que sería muy raro que otros partidos no hagan lo mismo).  ¿Habrá algún partido que no tenga muertos entre sus afiliados? No veo nada inmoral en pagarle a una empresa para recolectar firmas; pero, ¿el gasto por ese servicio fue registrado como manda la normativa electoral?, aún así…
 
Suponiendo que se han cometido delitos es obvio que hay que investigarlos, y como nadie es culpable hasta que no se demuestre lo contrario, una sanción administrativa, o penal, ¿sólo cabría luego de que los imputados fueran citados, oídos y vencidos en juicio?  ¿Cabe aplicar una sanción administrativa porque se está investigando la posible comisión de un delito, o varios? 
 
Era una práctica nefasta de la mal recordada CICIG señalar y condenar a sus objetivos, incluso antes de iniciar investigaciones.  Pero muchos de los que ahora se quejan de lo que ocurre aplaudían los jueves de CICIG, aplaudían a los jueces ad hoc de aquella comisión y aplaudían sus practicas que violaban el derecho al debido proceso.  
 
En todo caso, es al Tribunal Supremo Electoral y, específicamente al Registro de Ciudadanos a quienes les corresponde aplicar las sanciones de ley, luego de que se compruebe la responsabilidad penal y administrativa de la mala simiente si las hubiere. No se me ocurre cómo es que las sanciones son previas a aquella comprobaciòn.
 
Estas meditaciones, por supuesto, no son para defender a aquel partido político, sino en defensa del orden constitucional y del estado de derecho, así como de la ley. 
 
Las leyes, incluidas las electorales, deberían existir para evitar arbitrariedades, sobre todo en momentos de emergencia, incluidas las emergencias políticas.  Lamentablemente, la legislación electoral chapina fue diseñada -en tiempos de la CICIG- para servir a intereses particulares y ¿quién se iba a imaginar que la tortilla se volearía rápidamente?   
 
Por eso es que las leyes deben ser hechas con lo que John Rawls llamaba el velo de la ignorancia; de modo que cuando las personas y los legisladores eligen principios de justicia (o hacen leyes), no sepan cuáles van a ser sus circunstancias y condiciones particulares a la hora de aplicar aquellas leyes y que el no saber que posición ocuparán durante su vigencia eso sea un incentivo para hacer leyes generales, abstractas e impersonales.
 
Ahora estamos en una situación que levanta muchas sospechas.  ¿Por qué la legislación se le aplica a la mala simiente y no a otras organizaciones similares en condiciones similares? ¿Por qué se esperó hasta ahora? ¿Esto es obra del gobierno y del partido oficial? ¿Va a ir a parar a la Corte de Constitucionalidad?
 
El caso es que el poder se usa; todos creen que el poder será usado para el bien; pero mi cuate, Pablo, que es fan de El señor de los anillos, explica: El anillo (el poder) fue forjado por Sauron y el anillo es terrible. 
 
Lo que cabe, ahora, es defender el orden constitucional y la ley contra las necesidades del poder y de la política.  Se debe respetar la lamentable decisión popular del 25 de junio pasado. Debe haber lecciones el próximo 20 de agosto.  Los magistrados del TSE deben demostrar que son dignos del mandato que tienen. Las cortes deben fallar apeadas a la Constitución y a las leyes.  Y ¿aprenderemos de nuestros errores?

06
Jul 23

Ética de las emergencias: ¿principios, o intereses políticos?

 

Un fantasma recorre Guatemala y hay que espantarlo a sombrerazos; es el de la tentación de abandonar las instituciones, las formas e incluso lo poquito de estado de derecho que queda por aquí porque hay una emergencia política.

Es lo que hacía la CICIG que, con el pretexto de combatir la corrupción -que es una emergencia- no dudó en violar el debido proceso, aplicar las leyes de forma caprichosa y servir a intereses específicos a costa del interés general.  Sale más caro el caldo que la gallina cuando tratamos de resolver un problema institucional, o de derecho, mediante la realpolitik.

La ética de las emergencias demanda que, incluso en estados de  imprevistos que requieren una especial atención y deben solucionarse lo antes posible, y sobre todo en esos casos, es preciso aferrarse a los principios del modo en que sólo se aferran a ellos aquellos individuos que confían en ellos. Creo, de verdad, que hay que hacer un esfuerzo en esa dirección sobre todo desde la academia y desde el periodismo, por ejemplo.  

Estas meditaciones vienen al caso en el contexto de la resolución electoral de la Corte de Constitucionalidad emitida el fin de semana pasado, resolución que esa corte no tiene facultades para emitir; pero que aparentemente…repito, aparentemente…soluciona una emergencia. ¿Una emergencia fabricada políticamente? Es muy posible que sí.

Fabricada, y espero equivocarme de cabo a rabo, fabricada por grupos interesados en invalidar los comicios del 25 de junio, y….ojalá que me equivoque, incluso imposibilitar los del próximo 20 de agosto.

En un ambiente en el que el Tribunal Supremo Electoral actúa como súcubo y a la Corte de Constitucionalidad le encanta su rol de íncubo, ¿qué vamos a hacer para defender el valor del voto? ¿Qué vamos a hacer para defender las reglas del juego que aceptamos jugar? Confío en las Juntas Receptoras de Votos y en la descentralización del sistema electora, pero, ¿están a la altura las autoridades superiores? ¿Podremos rescatar el proceso de afianzamiento de un sistema republicano? 

¿Vamos a confiar en las instituciones y a defenderlas, o vamos a jugar a Mickey Mouse y a aprendices de hechiceros?


30
Jun 23

Día del Ejército: Desfile, alegría y gratitud

 

Desde que era niño, mi abuelita Juanita y mi tía abuela, La Mamita, me llevaban a ver desfiles: el del 15 de septiembre, el de la Cruz Roja, y el del Día del Ejército.  No todos el mismo año; pero sí vi todos de las manos de aquellas viejitas. Desde siempre me han gustado los desfiles.

Me encantan la música de las bandas, el ambiente festivo y alegre, me encanta ver a las familias y especialmente a los niños aplaudiendo.  

Con ocasión del Día del Ejército aprovecho para agradecerle a la institución armada y a sus veteranos que hayan impedido que mi generación creciera en una dictadura colectivista y totalitaria como las que se sufren en Cuba, Nicaragua y Venezuela, por ejemplo. Evitó que mi generación creciera en una sociedad moralmente exhausta y que mi generación en los 90, o la tuya hoy, tuviera que pelear en las calles para salir de la tiranía.

Es más que oportuno reconocer que actualmente podemos discutir  todo tipo de ideas, en paz, porque no triunfó el ideal totalitario y colectivista. En buena parte gracias a la tropa, especialistas, oficiales subalternos y oficiales superiores que dieron sus vidas…y a sus familias.

Haz clic en la foto para ver más fotos.

Por esas mismas razones es indignante y triste que haya oficiales y tropas implicadas  en actos delictivos y me preocupa que se involucre al Ejército en tareas que no le son propias.  No está de más recordar que, de acuerdo con la Constitución el Ejército es uno e indivisible, esencialmente profesional y apolítico. Pocas cosas le hacen tanto daño a la institución armada que involucrarla en el ejercicio del poder, de modo que es más que imprudente animar la idea de que el Ejército deba rebasar su mandato constitucional.

La misión del Ejército es  mantener la independencia, la soberanía y el honor de Guatemala, la integridad del territorio, la paz y la seguridad interior y exterior; misión que es motivo de orgullo y que motiva estos párrafos de agradecimiento.

Hoy, además del Día del Ejército, se celebra la Revolución liberal de 1871.

Justo Rufino Barrios, junto con Miguel García Granados, fueron los líderes de la Revolución de 1871. Busto en el Museo Nacional de Historia.

Es cierto que la Revolución de 1871 estaba más basada en los principios del liberalismo constructivista y racionalista de la tradición francesa, que en los principios del liberalismo empirista y evolutivo de la tradición británica que es el ideal liberal que valoro;  pero, aquella gesta y muchas de las instituciones que produjo merecen atención y estudio desapasionados.  Modernizaron el país y a los guatemaltecos.  Lástima que no hemos sabido aprovechar mejor la parte buena de su legado.


08
Jun 22

Anticonstitucional estado de sitio en San Marcos

 

De manera anticonstitucional, la administración Giammattei decretó Estado de sitio  en Ixchiguán y Tajumulco, San Marcos.

La medida tendrá vigencia de 30 días y se apoya en que -en ambos municipios-  se han realizado acciones delincuenciales que afectan el orden público, la gobernabilidad y la seguridad de los habitantes.

¿Qué implica un estado de sitio y por qué es anticonstitucional?

Foto por elPeriódico.

El estado de sitio es el segundo estado de excepción más violatorio de los derechos individuales contenido en la Ley de orden público.  Sólo lo supera el estado de guerra.

Durante el estado de sitio el Presidente de la República puede ejercer el gobierno en su calidad de Comandante General del Ejército, a través del Ministro de la Defensa.  Es casi, casi, una ley marcial. Todas las autoridades y entidades estatales, de cualquier naturaleza que sean, están obligadas a prestar a la autoridad militar el auxilio y cooperación que les sean requeridos, dentro de la esfera de su competencia.

En el estado de sitio son aplicables todas las medidas establecidas para los estados de prevención y alarma, pudiendo además la autoridad militar:

1) Intervenir o disolver sin necesidad de prevención o apercibimiento, cualquier organización, entidad, asociación o agrupación, tenga o no personalidad jurídica.

2) Ordenar sin necesidad de mandamiento judicial o apremio, la detención o confinamiento: a) De toda persona sospechosa de conspirar contra el gobierno constituido, de alterar el orden público o de ejecutar o propiciar acciones tendientes a ello; y b) De toda persona que pertenezca o haya pertenecido a las organizaciones o grupos a que se refiere el párrafo segundo del artículo 64 de la Constitución;

3) Repeler o reprimir por los medios preventivos, defensivos u ofensivos que fueren adecuados a las circunstancias, cualquier acción, individual o colectiva, que fuere contraria a las disposiciones, acuerdos u ordenanzas dictadas para el restablecimiento de la normalidad.

¿Ves por qué es anticonstitucional?…aunque sea legal.

Es anticonstitucional porque el propósito de la Constitución es proteger los derechos individuales de los habitantes del país contra los abusos de quienes están en el poder, sean del color que sean. Más allá del positivismo jurídico (la creencia de que si algo está en la Constitución no puede ser anticonstitucional, por ejemplo), facultades como las que les confiere a los pipoldermos la Ley de orden público violan el espíritu constitucional protector de los derechos de las personas al concederles al Presidente y al ejército facultades amplísimas, pero amplísimas para invalidar los derechos de miles de Guatemaltecos.

Claro que como aquel abuso anticonstitucional se materializa en San Marcos, en Ixchiguán y en Tajumulco a la gente de la capital nos importa poco.  Como son abusos que no afectan los granes intereses en la ciudad de Guatemala, lo que ocurre en el monte, no suele ocuparnos apasionadamente.  Pero es inquietante, por decir algo, el habito que tiene esta administración por resolver problemas mediante la invalidación de los derechos y el uso de estados de excepción.


23
Ago 21

El estado de excepción es anticonstitucional

 

El estado de excepción es anticonstitucional porque el propósito de la Constitución es proteger los derechos individuales de los habitantes del país contra los abusos de quienes están en el poder, sean del color que sean.

Esta meditación es importante porque, hoy en la tarde, el Congreso va a reunirse para conocer el estado de calamidad que ha impuesto y pretende legitimar el Presidente, Alejandro Giammattei.

La necedad presidencial ha hecho saltar por los aires la ansiada independencia de la Corte de Constitucionalidad que ahora es servil con la presidencia, luego de haber sido servil con la CICIG.  El activismo político de la Corte, ha desactivado su función protectora de la constitucionalidad para confirmar que es un instrumento de quienes detentan el poder donde quiera que estén ubicados.

No puede ser admitida una restricción de derechos sin que se respete escrupulosamente la Constitución y es halado de los pelos el argumento de la Corte en el sentido de que el estado de excepción debe ser improbado.  En todo caso, la disposición presidencial de restringir los derechos de todos -para ser legítima- tendría que ser aprobada por el Congreso luego de emitida por el Presidente en consejo de ministros (que no lo fue); no hay razón alguna por la que el Legislativo tendría que improbar algo que no ha nacido plenamente a la vida jurídica si antes no ha sido aprobado.  Date cuenta, amigo.

Desde sus primeros días, la administración Giammattei mostró una insana afición por los estados de excepción para resolver problemas; y esta afición es peligrosa para la república y para el estado de derecho que ya eran precarios y se están disolviendo con rapidez, si es que todavía queda algo.

En cualquier república constitucional, en cualquier estado de derecho que no sea papas y pan pintados, el ejercicio pleno de los derechos individuales por parte de las personas no puede, ni debe depender de un trámite.

Es un hecho que el estado de calamidad contenido en el venció luego de la media noche del lunes pasado; y ahora no sólo llevamos ocho días bajo un estado de excepción anticonstitucional e inconstitucional, sino que según los acuerdos 6-2000 y 7-2000 ¡Vivimos sometidos a dos estados de excepción anticonstitucionales e inconstitucionales.

Este estado de cosas puede ser remediado hoy por el Congreso en defensa de los derechos individuales de todos por igual…o no.  Y si no es remediado en el hemiciclo, es necesario que apuntemos y recordamos los nombres de los diputados que -por el motivo que sea- se alineen con el Presidente y sus cómplices. Tampoco habrá que olvidar los nombres de los diputados que, en el hemiciclo, se opongan y detengan la arbitrariedad, el abuso del poder, y el descalabro de la república y del estado de derecho. Las páginas de los libros de historia se escriben en situaciones como la que estamos viviendo.


08
Jul 21

¿Contra la corrupción y el socavamiento de “la democracia”?

 

Cuando supe de la lista Engel escribí que ojalá identificara las redes de delincuentes que -de todos los colores- medran en la corrupción y socavan las instituciones republicanas.  Ojalá que en su prólogo, o en sus recomendaciones fueran identificadas las causas que hacen posible la multiplicación de oportunidades para la corruptela, políticas como el estatismo, o las posibilidades de arbitrariedad por ejemplo; y que ojalá que no fuera instrumento de lucha por el poder.

A mí me decepcionó la lista, ¿y a tí?

El Report to Congress on Foreign Persons who have Knowingly Engaged in Actions that Undermine Democratic Processes of Institutions, Significant Corruption or Obstruction of Investigations into Such Corruption me decepcionó porque no ocurrió nada de aquello, porque no hubo sorpresas, porque -basada en reportes de medios y otras fuentes- a ratos pareció como una lista de personas impopulares en aquel nivel. A mi me pareció el producto de un grupo de fingermen, más pensado para escarnecer, que para resolver el problema grave de la corrupción, o el del socavamiento del estado de derecho y del sistema republicano.

Particularmente inquieta la inclusión de defensores de los veteranos militares del enfrentamiento armado interno.  ¿Por qué? Porque descalifica no sólo la búsqueda de la verdad (que depende de una variedad de perspectivas y de la libertad de expresión), sino que -en términos de la búsqueda de la justicia- mina el principio del debido proceso.  ¿Cómo se va a saber qué ocurrió de verdad durante los 36 años de enfrentamiento si sólo un lado puede hacer valer sus perspectivas en la opinión pública y en los tribunales sin ser escarnecido? ¿Qué peligro corren los abogados de los imputados, si el escarnio pende sobre sus cabezas cual espada de Damocles?

Otro caso. ¿Vas a creer que en el caso del Transurbano, sólo hay una persona señalada? ¿Vas a creer que ni su socia, ni su ministro de Finanzas aparecen en la lista?

Se dice que la lista publicada no es la lista completa, sino que fue sólo una probadita; y es posible. Vaya uno a saber. La cuestión de fondo es si las consecuencias no intencionadas de la práctica de hacer listas no resultan peores que los problemas que dicen abordar.

La legítima lucha contra la corrupción y contra el socavamiento del estado de derecho y de la república se un mejor esfuerzo.


12
Mar 21

Valoramos poco el estado de derecho

El estado de derecho constituye la mayor fuente de riqueza del mundo, escribió el profesor Tom W. Bell, y ¿quién lo iba a decir? ¿Verdad? Estamos acostumbrados a pensar que las fuentes de riqueza son de orden material, como los recursos naturales por decir algo.

Empero, un estudio del Banco Mundial, decodificado por Bell evidencia que el estado de derecho hace posible la creación del 44% de la riqueza en el mundo.  Luego de lo sorpresivo del hallazgo, el asunto tiene sentido.  Los recursos naturales, el trabajo productivo, el ahorro y la productividad sólo alcanzan toda su potencialidad cuando se respetan la Constitución y las leyes (no como aquí) y cuando hay separación del poder (a diferencia de aquí), descentralización (lejos de como es aquí), respeto a los derechos individuales (de todos, por igual), control jurisdiccional (que no es el gobierno de los jueces) y cuando se respeta el sufragio (que no es la democracia, sino el sistema republicano).

El hallazgo de Bell lo descubrí mientras exploraba la Startup City Mariposa, un emprendimiento que busca proveer la más alta calidad posible de vida por medio de un sistema policéntrico de gobierno.  Este tipo de gobierno asegura que las entidades gubernamentales cuyos servicios son más rápidos, mejores y más baratos, o cuyos clientes están más satisfechos, permanezcan en el negocio. El policentrismo brinda la máxima protección contra la corrupción al recompensar las innovaciones empresariales, las decisiones inteligentes y la ejecución eficiente.

¡Todo lo opuesto de lo que sucede en Guatemala! ¡Todo lo opuesto a lo que hemos visto, desde lo que ocurre en torno a la elección de magistrados para la Corte de Constitucionalidad, hasta lo que experimentamos cuando vamos a renovar nuestro DPI!  ¡Todo lo opuesto a lo que vivimos cuando hay invasión de fincas, bloqueos en las carreteras, o actos de corrupción a todo lo largo y a todo lo ancho del gobierno!

Valoramos poco (¿o nada?) el estado de derecho y estamos desperdiciando la mayor fuente de riqueza del mundo. Ahora todo es política, de la peor.

Columna publicada en elPeriódico.


06
Oct 20

Urge resolver desintegración de la Corte de Constitucionalidad

La presidenta de la Corte de Constitucionalidad, Gloria Porras, debe cumplir con la Constitución y las leyes; y proceder -de inmediato- a resolver la situación no sólo ilegal, sino desconsiderada, en la que tiene al magistrado Neftalí Aldana, que se halla imposibilitado para ejercer sus funciones, y cuya familia ha solicitado que lo suspenda.

La foto es de RepúblicaGt.

Cuanto antes, la presidenta debe solicitarles a las instituciones pertinentes -el Colegio de Abogados y la Corte Suprema de Justicia- que designen nuevos magistrados y debe respetar aquella designación.  Los magistrados en funciones deben respetar la Constitución y las leyes.

Es inaceptable que la Corte de Constitucionalidad pretenda que un acuerdo suyo sea superior a la Constitución, de modo que los magistrados pretendan decidir cómo es que se conforma aquel cuerpo colegiado en violación de la Carta Magna.

Actualmente hay dos vacantes en aquel alto tribunal: una, es la del magistrado titular que designó el Colegio de Abogados, luego del fallecimiento de Bonerge Mejía; y la otra, como consecuencia de la renuncia del magistrado suplente que designó la Corte Suprema de Justicia, luego de la renuncia de Consuelo Porras (que ahora es Jefa del Ministerio Público y la posterior impugnación e invalidación de la designación de Conrado Reyes. A ello hay que sumarle la ausencia temporal del magistrado Neftalí Aldana, que sufre quebrantos de salud.

Para complicar las cosas, está en duda si la firma del magistrado Aldana ha sido secuestrada. Oportuna y atinadamente, la magistrada Dina Ochoa y dos magistrados más han advertido que no integrarán la Corte hasta que no sea cesado Aldana.

En todo este lío, los magistrados de la Corte de Constitucionalidad y los intereses que representan encontraron un charco, chapotearon y ahora se han enredado de una forma peligrosa para el orden constitucional.