27
Oct 25

Otra crisis, ¿y ahora?

El Juzgado Séptimo Pluripersonal de Primera Instancia Penal, Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente del Departamento de Guatemala le notificó al Congreso de la República sobre la nulidad absoluta de la inscripción del comité pro formación y del Partido Político Movimiento Semilla. La notificación tiene su origen en investigaciones a cargo de la Fiscalía Especial Contra la Impunidad que señaló anomalías en el proceso de creación del partido político y en su proceso de constitución.

República, estado de derecho y democracia. Grok hizo lo que pudo para ilustrar esta entrada.

La base de la solicitud del MP se centra en el artículo 4 de la Ley del Organismo Judicial. Los actos contrarios a las normas imperativas y a las prohibitivas expresas, son nulos de pleno derecho, salvo que en ellas se establezca un efecto distinto para el caso de la contravención. El artículo añade: Los actos realizados al amparo del texto de una norma que persigan un resultado prohibido por el ordenamiento jurídico, o contrario a él, se consideran ejecutados en fraude de ley y no impedirán la debida aplicación de la norma que se hubiera tratado de eludir.

En respuesta y en cadena nacional de radio y televisión, el presidente Bernardo Arévalo denunció que la alianza criminal en el Ministerio Público y ciertos espacios del sistema judicial busca alterar el orden democrático y desmotivar la defensa de la democracia. Llamó a rechazar lo que calificó de golpe de estado.

Esta nueva crisis para el presidente Bernardo Arévalo ocurre en el marco de la fuga de un número de por lo menos 20 mareros, renuncia y fuga del Ministro de Gobernación por el caso de los mareros, denuncias sobre la corrupción en la compra de medicinas por medio de la UNOPS, el robo de armamento militar y el colapso de la red vial del país. Uno puede suponer que lo último que quiere la administración semillera/raicera es una crisis judicial y constitucional. Pero desde el punto de vista ciudadano esta es una oportunidad para plantearse preguntas fundamentales.

Las preguntas

  • Entre cumplir con la ley y respetar los resultados del sufragio, ¿qué es más importante para conservar la paz y la cooperación social en el largo plazo?
  • El adagio de Vox populi, vox Dei, ¿debe prevalecer sobre el principio de respeto a la ley?
  • El sufragio y la democracia, ¿son la misma cosa, o son dos conceptos diferentes?
  • Si la democracia es el gobierno de la mayoría, ¿cómo se lleva ese concepto con el de democracia liberal?
  • La democracia, ¿es un valor en sí misma? ¿Es un fin, o un medio?
  • ¿Es lo mismo decir democracia que democracia liberal?
  • La democracia liberal, ¿es lo mismo que un sistema republicano? Si no, ¿en qué se parecen y en qué se diferencian?
  • Si democracia liberal y sistema republicano son diferentes, ¿cuál es mejor para procurar la paz y la cooperación social en el largo plazo? Si son lo mismo, ¿por qué suele preferirse uno y no el otro?
  • Desde una perspectiva praxeológica, ¿los sistemas ético, jurídico y económico guatemalteco, sirven para favorecer la paz y la cooperación social? ¿Sirven para favorecer el bienestar y la prosperidad?
  • ¿Qué es el estado de derecho? ¿Qué se le opone a un estado de derecho?
  • ¿Cuál es el rol del estado de derecho en una democracia, una democracia liberal y un sistema republicano?
  • El republicanismo, ¿es antidemocrático? La democracia, ¿es antirepublicana?
  • La división del poder, ¿debe servir a la democracia, al sistema republicano, al estado de derecho? ¿Son excluyentes?
  • El control jurisdiccional de los actos administrativos y legislativos, ¿debe servir a la democracia, al sistema republicano, al estado de derecho? ¿Son excluyentes?
  • Es mucho para pensar, ¿verdad? Pero como ciudadano y como tributario, ¿no te parece que es fascinante? ¿Cómo puede uno opinar sobre lo que está ocurriendo si no tiene ideas poco más, o menos claras sobre los temas anteriores?
  • Finalmente: ¿qué rol juega,  en todo esto, la virtud de la honestidad? ¿Cuál es la virtud de la honestidad? Es la de no falsear la realidad. 

Ideas como puntos de partida

Para explorar respuestas te dejo ideas de tres autores que me parecen muy oportunas:

James Buchanan, en obras como The Calculus of Consent (que escribió con Gordon Tullock) y The Limits of Liberty: Between Anarchy and Leviathan, es pionero de la economía constitucional y la teoría de las decisiones burocráticas (con raíces praxeológicas). Buchanan enfatiza que un sistema republicano viable requiere reglas constitucionales que funcionen como un contrato social para limitar el poder estatal. Para él, el estado de derecho no es un ideal abstracto, sino un conjunto de incentivos institucionales que previenen abusos por parte de mayorías, elites, o grupos que dicen representar mayorías. En una república, el estado de derecho actúa como un mecanismo de precompromiso (precommitment), donde los ciudadanos acuerdan reglas que atan las manos de los gobernantes futuros, evitando el ciclo de búsqueda de rentas parasitarias. Buchanan advierte que sin esto, las repúblicas caen en un leviathan descontrolado, donde el gobierno se expande indefinidamente, y erosiona la libertad individual.

Dalmacio Negro, en libros como La tradición liberal y el Estado y  El mito del hombre nuevo, critica la erosión del estado de derecho en las repúblicas modernas debido a ideologías igualitarias y el expansionismo estatal. Negro ve la república como un orden político que debe anclarse en tradiciones jurídicas (como el common law o el derecho romano) para preservar la libertad. Para él, el estado de derecho es el antídoto contra el despotismo democrático (término tocquevilliano que él retoma), en el que las masas manipuladas socavan las instituciones. En una república, esta relación implica un equilibrio entre soberanía popular y límites jurídicos inquebrantables, evitando que el poder se convierta en poder absoluto. Negro subraya que en Europa posmoderna, muchas repúblicas han diluido el estado de derecho al priorizar derechos positivos sobre los tradicionales, lo que genera crisis de legitimidad.

Giovanni Sartori, en La democracia en 30 lecciones y en Teoría de la democrácia, distingue entre democracias mayoritarias y consensuales, pero siempre dentro de un marco republicano constitucional. Para él, el estado de derecho es esencial para que una república no se convierta en democracia iliberal o electoralismo vacío. Sartori argumenta que las repúblicas necesitan ingeniería constitucional  para integrar el estado de derecho, como sistemas de partidos estables y judicaturas independientes. Critica regímenes donde el estado de derecho es débil, lo que conduce a la polarización y a la parálisis. Desde su perspectiva, la relación es teleológica: el estado de derecho perfecciona la república al hacerla democrática constitucional o liberal; pero creo que es al reves: el estado de derecho perfecciona la democracia liberal al hacerla república.

Para terminar, porque esto ya se hizo largo, Buchanan nos recuerda la necesidad de reglas económicas y contractuales; Negro, la importancia de tradiciones culturales para evitar degeneraciones; y Sartori, la ingeniería institucional para adaptarse a contextos específicos. Aquí y ahora, ¿en qué medida, Guatemala ilustra aquellas relaciones? En última instancia, defender el estado de derecho no es un lujo, sino la única garantía para la paz y la cooperación social duraderas que trasciendan la polarización y la permacrisis chapinas.


21
Sep 25

¿Descentralización, o botín?

 

A mucha legislación, los políticos y burócratas suelen ponerles nombres chulos para el mercadeo y para ocultar los daños que causan; por ejemplo, la legislación de salario mínimo no se llama Ley para encarecer el empleo para jóvenes sin experiencia. De igual modo, la Ley de fortalecimiento financiero y continuidad de proyectos de consejos de desarrollo urbano y rural no se llama Ley para darles a los alcaldes y a los Codedes plata para gastar con propósitos electorales y para hacer alcaldadas.

Grok hizo lo que pudo para ilustrar esta columna; pero se entiende.

Supuestamente, esta legislación fortalecería a los alcaldes y a los Codedes al permitir el uso de recursos no ejecutados de un ejercicio fiscal al siguiente, y evitaría que fondos asignados se pierdan por burocracia o falta de ejecución oportuna. Pero eso es atacar los síntomas evidentes, y no el problema de fondo. Y ya sabes lo que escribió P. J. O’Rourke: Darle dinero y poder al gobierno es como darle whisky y las llaves del carro a unos adolescentes; frase que se hace más cierta cuando el dinero va a parar a niveles administrativos que actúan y contratan arbitrariamente, sin mecanismos efectivos de auditoría ni transparencia. ¿Qué alcalde no hace alcaldadas?

La legislación en cuestión viola el principio básico y fundamental de anualidad presupuestaria, que exige cerrar el ejercicio fiscal al 31 de diciembre y devolver saldos no ejecutados al tesoro, sin arrastres automáticos. Crea fondos paralelos sin control del Congreso, lo que podría fomentar corrupción, reactivar redes ilícitas en contrataciones públicas y debilitar la fiscalización. Fija un plazo de 5 días para resoluciones técnicas que, francamente, es irreal y potencialmente inconstitucional, ya que podría llevar a aprobaciones apresuradas, sin evaluaciones adecuadas, y a riesgos de abusos. Ya con las llaves del carro en la mano y la botella de whisky en el asiento del vehículo, ¿qué discusiones técnicas previas va a haber en municipalidades y Codedes? ¿Qué controles anti-corrupción van a ser reales?

Eso sin contar que, en las municipalidades —sobre todo en las que hay cacicazgos poderosos e inescrupulosos—, no es extraño que las obras sean asignadas con propósitos electoreros y a dedo. En redes sociales circula un meme que dice: Soñé que me lanzaba a la alcaldía de mi pueblo y ganaba y me empezaban a quemar porque mandé a poner una estatua mía en el parque, metí a todos mis amigos a cargos públicos y desviaba fondos para traer a Bad Bunny y a bandas sinaloenses con entradas gratis pa’ las ferias. Ese meme ilustra bastante bien la realidad de muchísimos municipios. Sin una cultura política y cívica entre los electores y tributarios, la descentralización —que debería ser una forma de división del poder básica en un estado de derecho— solo es una forma más dispersa para repartir el botín.

El presidente Arévalo tiene la oportunidad de balancear su gestión. Puede optar por proteger a los tributarios y evitar que el dinero que les es quitado vaya a parar al servicio de los alcaldes del meme y a los de P. J. O’Rourke, y a los Codedes, donde la competencia de intereses se ceba con los impuestos. O puede ceder a las presiones de la Asociación Nacional de Municipalidades y de los comités.

El problema de fondo no es si hay o no dinero, ¡que lo hay! El problema es que los tributarios no están conscientes de que ellos son los que pagan la mala administración, el desperdicio y la corrupción. ¿Por qué? Porque el dinero que les quitan de los impuestos no sale de sus bolsillos de forma evidente; las transferencias les llegan con los impuestos ya descontados.

Tal vez es hora de que los tributarios despertemos, exijamos transparencia y recordemos que cada centavo mal gastado es un robo a nuestras billeteras. La descentralización no debe ser una puerta abierta al despilfarro, sino un paso hacia un verdadero estado de derecho.

Columna publicada en República.


25
Ene 24

Del “capo di tutti capi” al Estado de Derecho y la protección de la independencia del Ministerio Público

Sea cual sea la opinión que tengas sobre si la Fiscal General y Jefa del Ministerio Público puede ser removida por el Presidente de la República, esa opinión debería tomar en cuenta principios que, por ser principios son generales y, por lo tanto, trascienden las particularidades de cualquier caso específico.

El Ministerio Público es una institución con funciones autónomas que actúa independientemente -por propio impulso y en cumplimiento de sus funciones, sin subordinación a ninguno de los organismos del Estado, ni autoridad alguna.

El fiscal general sólo puede ser destituido luego de ser condenado por la comisión de un delito doloso durante el ejercicio de su función, siempre y cuando haya sentencia condenatoria debidamente ejecutoriada.

No conviene -ni a tirios, ni a troyanos- que las leyes generales y abstractas pueda ser cambiadas para satisfacer necesidades políticas del momento (específicas y concretas); por muy necesidades que sean, o parezcan.

Aún si las leyes generales y abstractas fueran cambiadas con aquel propósito, la aplicación de las leyes no debe ser retroactiva; excepto en materia penal cuando favorezcan a los reos. 

Para cumplir sus funciones legales, es importante que el Ministerio Público y su jefe sean independientes. La independencia es un valor fundamental para que el MP pueda promover la persecución penal, dirigir la investigación de los delitos de acción pública y velar por el estricto cumplimiento de las leyes del país…sin temor a pisar callos.

En consecuencia, la Fiscal General no tiene obligación legal alguna de rendirle cuentas al Presidente de la República que -en ningún caso- debe dejarse convencer de que es el capo di tutti capi como quisieran algunos promotores de la remoción ilegal de la jefa del Ministerio público.

¿Ya de dieron cuenta de que si es admisible que los tirios remuevan a un fiscal que no les gusta, luego los troyanos querrán hacer lo mismo? Puesto de otro modo, si un fiscal malo puede ser removido por los buenos, ¿qué impedirá que un fiscal bueno pueda ser removido por los malos

Los principios enunciados arriba protegen el sistema republicano y la división del poder, que es una de las características esenciales de un estado de derecho.  No cabe violarlos por capricho, ni por conveniencia temporal.


08
Sep 23

Deshojando margaritas: El dilema entre ley y gobernabilidad

 

Mi nana, Elena, fue quien me enseñó a deshojar margaritas. Al ritmo de Me quiere, no me quiere deshojamos varias en el jardín de la casa de mi abuela cuando yo estaba en Primer grado de primaria.

De aquello me acordé cuando pensé en que los guatemaltecos nos debatimos en un dilema moral/político: optamos por que se cumplan las leyes (que son las reglas del juego), o nos vamos por la vía de romper las reglas del juego para tratar de afianzar la gobernabilidad.

La pregunta para la margarita es: ¿Respetamos las leyes, o tratamos de afianzar la gobernabilidad?

Cinco margaritas. Foto por Friedrich Haag, via Wikimedia Commons.

Me explico:

Porque toda persona es inocente mientras no se le haya declarado responsable judicialmente, en sentencia debidamente ejecutoriada, las autoridades correspondientes -tanto en el ámbito administrativo, como en el judicial, cuando toque- están obligadas a probar, sin duda alguna, que los hechos y actos que le atribuye al Movimiento Semilla son reales.  Tal es el caso del uso de personas fallecidas, personas que no han firmado hojas de adhesión, datos de nombres y DPI inexistentes, y anomalías de datos repetidos para su inscripción como partido político.

Si han sido cometidos aquellos actos, que seguramente han sido cometidos por otros partidos políticos, la pregunta para la margarita es: ¿Respetamos las reglas, o nos hacemos los locos para no perturbar la gobernabilidad?

Si no se investigan y se someten a procedimiento administrativo y judicial los supuestos actos de corrupción cometidos por los directivos de Semilla, la pregunta para la margarita es: ¿Qué vale más, la igualdad de todos ante la ley, o la pureza del proceso electoral?

Otra pregunta para la margarita es: ¿Detenemos aquí las malas prácticas electorales, o -como antes ha habido errores y arbitrariedades- los seguimos tolerando para no incomodar el proceso democrático y la gobernabilidad?

Voy a atreverme a decir que una gobernabilidad fundada sobre la aplicación casuística de la ley para no incomodar el proceso democrático es un desatino.  Me recuerda una frase de Nicolás Maquiavelo que dice: El que tolera el desorden para evitar la guerra, primero tendrá el desorden y luego la guerra; idea muy parecida a una de Winston Churchill que dice: El que se humilla para evitar la guerra tendrá la humillación y la guerra.

Es decir que no puedes conseguir algo valioso como la paz, el orden, ni la gobernabilidad, ni un proceso democrático sano sostenibles, si en el corto plazo sacrificas lo que en hace posibles aquellos valores: En este caso las reglas del juego, la ley, la igualdad de todos ante la ley…y la confianza.

La historia de la margarita es útil para ilustrar el problema; pero este es un asunto que no se puede dejar al azar y demanda un ejercicio responsable de parte de los ciudadanos y de los tributarios. ¿Qué vamos a elegir? ¿Respeto a las reglas del juego, o la gobernabilidad?

El tema de la gobernabilidad tiene su trampa porque es de orden político* y su importancia es más evidente y emotiva que la del respeto a las reglas del juego. La gobernabilidad indica el grado de cooperación e interacción entre el gobierno y los actores no gubernamentales, para la toma de decisiones que tienen efectos en la sociedad. Y en ese contexto, si un grupo de aquellos actores bloquea carreteras o comete otros actos de violencia, o de amenazas de violencia para impedir la aplicación de las reglas del juego, puede surgir el desorden.  Este desorden, puede generar ingoberanbilidad. ¿Hacemos una excepción a la aplicación de las reglas del juego para evitar el desorden? ¿Cuándo se vale eso, y cuándo no?

Como a la gente no le gusta el desorden -con razón- ¿vale la pena sacrificar las reglas del juego?  No se qué dirá la margarita; pero parafraseando a Maquiavelo y a Churchil, el ciudadano y el tributario conscientes -y honestos, para no falsear la realidad- deberían responder: El que prefiere la gobernabilidad en el corto plazo, termina perdiendo el respeto a la ley en el largo plazo.  El que tolera la violación a la ley para conseguir gobernabilidad, primero tendrá ingobernabilidad y luego la ley perderá su valor.

*De naturaleza política, porque tiene que ver con la posibilidad de ejercer el poder. 

Columna publicada en República.


13
Jul 23

Semilla y el legado de la CICIG, ¿aprenderemos?

 
Hasta las piedras saben que estoy convencido de que un gobierno de la mala simiente puede ser muy malo para todos; pero, ayer que el juzgado séptimo de instancia penal ordenó la suspensión de la personalidad jurídica del partido Movimiento Semilla, que promueve la candidatura presidencial de Bernardo Arévalo surgió la duda, ¿qué dice la legislación electoral al respecto? No podrá suspenderse un partido después de la convocatoria a una elección y hasta que ésta se haya celebrado.
 

La justicia. La foto la tomé de aquí Facebook.

La verdad no me extrañaría que la mala simiente haya hecho chanchuyos y marufias en la recolección de firmas para su inscripción como partido político y en sus asambleas (de hecho creo que sería muy raro que otros partidos no hagan lo mismo).  ¿Habrá algún partido que no tenga muertos entre sus afiliados? No veo nada inmoral en pagarle a una empresa para recolectar firmas; pero, ¿el gasto por ese servicio fue registrado como manda la normativa electoral?, aún así…
 
Suponiendo que se han cometido delitos es obvio que hay que investigarlos, y como nadie es culpable hasta que no se demuestre lo contrario, una sanción administrativa, o penal, ¿sólo cabría luego de que los imputados fueran citados, oídos y vencidos en juicio?  ¿Cabe aplicar una sanción administrativa porque se está investigando la posible comisión de un delito, o varios? 
 
Era una práctica nefasta de la mal recordada CICIG señalar y condenar a sus objetivos, incluso antes de iniciar investigaciones.  Pero muchos de los que ahora se quejan de lo que ocurre aplaudían los jueves de CICIG, aplaudían a los jueces ad hoc de aquella comisión y aplaudían sus practicas que violaban el derecho al debido proceso.  
 
En todo caso, es al Tribunal Supremo Electoral y, específicamente al Registro de Ciudadanos a quienes les corresponde aplicar las sanciones de ley, luego de que se compruebe la responsabilidad penal y administrativa de la mala simiente si las hubiere. No se me ocurre cómo es que las sanciones son previas a aquella comprobaciòn.
 
Estas meditaciones, por supuesto, no son para defender a aquel partido político, sino en defensa del orden constitucional y del estado de derecho, así como de la ley. 
 
Las leyes, incluidas las electorales, deberían existir para evitar arbitrariedades, sobre todo en momentos de emergencia, incluidas las emergencias políticas.  Lamentablemente, la legislación electoral chapina fue diseñada -en tiempos de la CICIG- para servir a intereses particulares y ¿quién se iba a imaginar que la tortilla se volearía rápidamente?   
 
Por eso es que las leyes deben ser hechas con lo que John Rawls llamaba el velo de la ignorancia; de modo que cuando las personas y los legisladores eligen principios de justicia (o hacen leyes), no sepan cuáles van a ser sus circunstancias y condiciones particulares a la hora de aplicar aquellas leyes y que el no saber que posición ocuparán durante su vigencia eso sea un incentivo para hacer leyes generales, abstractas e impersonales.
 
Ahora estamos en una situación que levanta muchas sospechas.  ¿Por qué la legislación se le aplica a la mala simiente y no a otras organizaciones similares en condiciones similares? ¿Por qué se esperó hasta ahora? ¿Esto es obra del gobierno y del partido oficial? ¿Va a ir a parar a la Corte de Constitucionalidad?
 
El caso es que el poder se usa; todos creen que el poder será usado para el bien; pero mi cuate, Pablo, que es fan de El señor de los anillos, explica: El anillo (el poder) fue forjado por Sauron y el anillo es terrible. 
 
Lo que cabe, ahora, es defender el orden constitucional y la ley contra las necesidades del poder y de la política.  Se debe respetar la lamentable decisión popular del 25 de junio pasado. Debe haber lecciones el próximo 20 de agosto.  Los magistrados del TSE deben demostrar que son dignos del mandato que tienen. Las cortes deben fallar apeadas a la Constitución y a las leyes.  Y ¿aprenderemos de nuestros errores?

06
Jul 23

Ética de las emergencias: ¿principios, o intereses políticos?

 

Un fantasma recorre Guatemala y hay que espantarlo a sombrerazos; es el de la tentación de abandonar las instituciones, las formas e incluso lo poquito de estado de derecho que queda por aquí porque hay una emergencia política.

Es lo que hacía la CICIG que, con el pretexto de combatir la corrupción -que es una emergencia- no dudó en violar el debido proceso, aplicar las leyes de forma caprichosa y servir a intereses específicos a costa del interés general.  Sale más caro el caldo que la gallina cuando tratamos de resolver un problema institucional, o de derecho, mediante la realpolitik.

La ética de las emergencias demanda que, incluso en estados de  imprevistos que requieren una especial atención y deben solucionarse lo antes posible, y sobre todo en esos casos, es preciso aferrarse a los principios del modo en que sólo se aferran a ellos aquellos individuos que confían en ellos. Creo, de verdad, que hay que hacer un esfuerzo en esa dirección sobre todo desde la academia y desde el periodismo, por ejemplo.  

Estas meditaciones vienen al caso en el contexto de la resolución electoral de la Corte de Constitucionalidad emitida el fin de semana pasado, resolución que esa corte no tiene facultades para emitir; pero que aparentemente…repito, aparentemente…soluciona una emergencia. ¿Una emergencia fabricada políticamente? Es muy posible que sí.

Fabricada, y espero equivocarme de cabo a rabo, fabricada por grupos interesados en invalidar los comicios del 25 de junio, y….ojalá que me equivoque, incluso imposibilitar los del próximo 20 de agosto.

En un ambiente en el que el Tribunal Supremo Electoral actúa como súcubo y a la Corte de Constitucionalidad le encanta su rol de íncubo, ¿qué vamos a hacer para defender el valor del voto? ¿Qué vamos a hacer para defender las reglas del juego que aceptamos jugar? Confío en las Juntas Receptoras de Votos y en la descentralización del sistema electora, pero, ¿están a la altura las autoridades superiores? ¿Podremos rescatar el proceso de afianzamiento de un sistema republicano? 

¿Vamos a confiar en las instituciones y a defenderlas, o vamos a jugar a Mickey Mouse y a aprendices de hechiceros?


30
Jun 23

Día del Ejército: Desfile, alegría y gratitud

 

Desde que era niño, mi abuelita Juanita y mi tía abuela, La Mamita, me llevaban a ver desfiles: el del 15 de septiembre, el de la Cruz Roja, y el del Día del Ejército.  No todos el mismo año; pero sí vi todos de las manos de aquellas viejitas. Desde siempre me han gustado los desfiles.

Me encantan la música de las bandas, el ambiente festivo y alegre, me encanta ver a las familias y especialmente a los niños aplaudiendo.  

Con ocasión del Día del Ejército aprovecho para agradecerle a la institución armada y a sus veteranos que hayan impedido que mi generación creciera en una dictadura colectivista y totalitaria como las que se sufren en Cuba, Nicaragua y Venezuela, por ejemplo. Evitó que mi generación creciera en una sociedad moralmente exhausta y que mi generación en los 90, o la tuya hoy, tuviera que pelear en las calles para salir de la tiranía.

Es más que oportuno reconocer que actualmente podemos discutir  todo tipo de ideas, en paz, porque no triunfó el ideal totalitario y colectivista. En buena parte gracias a la tropa, especialistas, oficiales subalternos y oficiales superiores que dieron sus vidas…y a sus familias.

Haz clic en la foto para ver más fotos.

Por esas mismas razones es indignante y triste que haya oficiales y tropas implicadas  en actos delictivos y me preocupa que se involucre al Ejército en tareas que no le son propias.  No está de más recordar que, de acuerdo con la Constitución el Ejército es uno e indivisible, esencialmente profesional y apolítico. Pocas cosas le hacen tanto daño a la institución armada que involucrarla en el ejercicio del poder, de modo que es más que imprudente animar la idea de que el Ejército deba rebasar su mandato constitucional.

La misión del Ejército es  mantener la independencia, la soberanía y el honor de Guatemala, la integridad del territorio, la paz y la seguridad interior y exterior; misión que es motivo de orgullo y que motiva estos párrafos de agradecimiento.

Hoy, además del Día del Ejército, se celebra la Revolución liberal de 1871.

Justo Rufino Barrios, junto con Miguel García Granados, fueron los líderes de la Revolución de 1871. Busto en el Museo Nacional de Historia.

Es cierto que la Revolución de 1871 estaba más basada en los principios del liberalismo constructivista y racionalista de la tradición francesa, que en los principios del liberalismo empirista y evolutivo de la tradición británica que es el ideal liberal que valoro;  pero, aquella gesta y muchas de las instituciones que produjo merecen atención y estudio desapasionados.  Modernizaron el país y a los guatemaltecos.  Lástima que no hemos sabido aprovechar mejor la parte buena de su legado.


08
Jun 22

Anticonstitucional estado de sitio en San Marcos

 

De manera anticonstitucional, la administración Giammattei decretó Estado de sitio  en Ixchiguán y Tajumulco, San Marcos.

La medida tendrá vigencia de 30 días y se apoya en que -en ambos municipios-  se han realizado acciones delincuenciales que afectan el orden público, la gobernabilidad y la seguridad de los habitantes.

¿Qué implica un estado de sitio y por qué es anticonstitucional?

Foto por elPeriódico.

El estado de sitio es el segundo estado de excepción más violatorio de los derechos individuales contenido en la Ley de orden público.  Sólo lo supera el estado de guerra.

Durante el estado de sitio el Presidente de la República puede ejercer el gobierno en su calidad de Comandante General del Ejército, a través del Ministro de la Defensa.  Es casi, casi, una ley marcial. Todas las autoridades y entidades estatales, de cualquier naturaleza que sean, están obligadas a prestar a la autoridad militar el auxilio y cooperación que les sean requeridos, dentro de la esfera de su competencia.

En el estado de sitio son aplicables todas las medidas establecidas para los estados de prevención y alarma, pudiendo además la autoridad militar:

1) Intervenir o disolver sin necesidad de prevención o apercibimiento, cualquier organización, entidad, asociación o agrupación, tenga o no personalidad jurídica.

2) Ordenar sin necesidad de mandamiento judicial o apremio, la detención o confinamiento: a) De toda persona sospechosa de conspirar contra el gobierno constituido, de alterar el orden público o de ejecutar o propiciar acciones tendientes a ello; y b) De toda persona que pertenezca o haya pertenecido a las organizaciones o grupos a que se refiere el párrafo segundo del artículo 64 de la Constitución;

3) Repeler o reprimir por los medios preventivos, defensivos u ofensivos que fueren adecuados a las circunstancias, cualquier acción, individual o colectiva, que fuere contraria a las disposiciones, acuerdos u ordenanzas dictadas para el restablecimiento de la normalidad.

¿Ves por qué es anticonstitucional?…aunque sea legal.

Es anticonstitucional porque el propósito de la Constitución es proteger los derechos individuales de los habitantes del país contra los abusos de quienes están en el poder, sean del color que sean. Más allá del positivismo jurídico (la creencia de que si algo está en la Constitución no puede ser anticonstitucional, por ejemplo), facultades como las que les confiere a los pipoldermos la Ley de orden público violan el espíritu constitucional protector de los derechos de las personas al concederles al Presidente y al ejército facultades amplísimas, pero amplísimas para invalidar los derechos de miles de Guatemaltecos.

Claro que como aquel abuso anticonstitucional se materializa en San Marcos, en Ixchiguán y en Tajumulco a la gente de la capital nos importa poco.  Como son abusos que no afectan los granes intereses en la ciudad de Guatemala, lo que ocurre en el monte, no suele ocuparnos apasionadamente.  Pero es inquietante, por decir algo, el habito que tiene esta administración por resolver problemas mediante la invalidación de los derechos y el uso de estados de excepción.


23
Ago 21

El estado de excepción es anticonstitucional

 

El estado de excepción es anticonstitucional porque el propósito de la Constitución es proteger los derechos individuales de los habitantes del país contra los abusos de quienes están en el poder, sean del color que sean.

Esta meditación es importante porque, hoy en la tarde, el Congreso va a reunirse para conocer el estado de calamidad que ha impuesto y pretende legitimar el Presidente, Alejandro Giammattei.

La necedad presidencial ha hecho saltar por los aires la ansiada independencia de la Corte de Constitucionalidad que ahora es servil con la presidencia, luego de haber sido servil con la CICIG.  El activismo político de la Corte, ha desactivado su función protectora de la constitucionalidad para confirmar que es un instrumento de quienes detentan el poder donde quiera que estén ubicados.

No puede ser admitida una restricción de derechos sin que se respete escrupulosamente la Constitución y es halado de los pelos el argumento de la Corte en el sentido de que el estado de excepción debe ser improbado.  En todo caso, la disposición presidencial de restringir los derechos de todos -para ser legítima- tendría que ser aprobada por el Congreso luego de emitida por el Presidente en consejo de ministros (que no lo fue); no hay razón alguna por la que el Legislativo tendría que improbar algo que no ha nacido plenamente a la vida jurídica si antes no ha sido aprobado.  Date cuenta, amigo.

Desde sus primeros días, la administración Giammattei mostró una insana afición por los estados de excepción para resolver problemas; y esta afición es peligrosa para la república y para el estado de derecho que ya eran precarios y se están disolviendo con rapidez, si es que todavía queda algo.

En cualquier república constitucional, en cualquier estado de derecho que no sea papas y pan pintados, el ejercicio pleno de los derechos individuales por parte de las personas no puede, ni debe depender de un trámite.

Es un hecho que el estado de calamidad contenido en el venció luego de la media noche del lunes pasado; y ahora no sólo llevamos ocho días bajo un estado de excepción anticonstitucional e inconstitucional, sino que según los acuerdos 6-2000 y 7-2000 ¡Vivimos sometidos a dos estados de excepción anticonstitucionales e inconstitucionales.

Este estado de cosas puede ser remediado hoy por el Congreso en defensa de los derechos individuales de todos por igual…o no.  Y si no es remediado en el hemiciclo, es necesario que apuntemos y recordamos los nombres de los diputados que -por el motivo que sea- se alineen con el Presidente y sus cómplices. Tampoco habrá que olvidar los nombres de los diputados que, en el hemiciclo, se opongan y detengan la arbitrariedad, el abuso del poder, y el descalabro de la república y del estado de derecho. Las páginas de los libros de historia se escriben en situaciones como la que estamos viviendo.


08
Jul 21

¿Contra la corrupción y el socavamiento de “la democracia”?

 

Cuando supe de la lista Engel escribí que ojalá identificara las redes de delincuentes que -de todos los colores- medran en la corrupción y socavan las instituciones republicanas.  Ojalá que en su prólogo, o en sus recomendaciones fueran identificadas las causas que hacen posible la multiplicación de oportunidades para la corruptela, políticas como el estatismo, o las posibilidades de arbitrariedad por ejemplo; y que ojalá que no fuera instrumento de lucha por el poder.

A mí me decepcionó la lista, ¿y a tí?

El Report to Congress on Foreign Persons who have Knowingly Engaged in Actions that Undermine Democratic Processes of Institutions, Significant Corruption or Obstruction of Investigations into Such Corruption me decepcionó porque no ocurrió nada de aquello, porque no hubo sorpresas, porque -basada en reportes de medios y otras fuentes- a ratos pareció como una lista de personas impopulares en aquel nivel. A mi me pareció el producto de un grupo de fingermen, más pensado para escarnecer, que para resolver el problema grave de la corrupción, o el del socavamiento del estado de derecho y del sistema republicano.

Particularmente inquieta la inclusión de defensores de los veteranos militares del enfrentamiento armado interno.  ¿Por qué? Porque descalifica no sólo la búsqueda de la verdad (que depende de una variedad de perspectivas y de la libertad de expresión), sino que -en términos de la búsqueda de la justicia- mina el principio del debido proceso.  ¿Cómo se va a saber qué ocurrió de verdad durante los 36 años de enfrentamiento si sólo un lado puede hacer valer sus perspectivas en la opinión pública y en los tribunales sin ser escarnecido? ¿Qué peligro corren los abogados de los imputados, si el escarnio pende sobre sus cabezas cual espada de Damocles?

Otro caso. ¿Vas a creer que en el caso del Transurbano, sólo hay una persona señalada? ¿Vas a creer que ni su socia, ni su ministro de Finanzas aparecen en la lista?

Se dice que la lista publicada no es la lista completa, sino que fue sólo una probadita; y es posible. Vaya uno a saber. La cuestión de fondo es si las consecuencias no intencionadas de la práctica de hacer listas no resultan peores que los problemas que dicen abordar.

La legítima lucha contra la corrupción y contra el socavamiento del estado de derecho y de la república se un mejor esfuerzo.