02
Feb 09

Wachik´aj, la democracia y ProReforma

Sigo comentando las críticas que el blog Wachik`aj pretendió hacerle al proyecto de reforma constitucional ProReforma; y esta es mi tercer entrega. ¿Por qué me estoy ocupando tanto de esto? Porque W es un catálogo de los prejuicios y las superficialidades más comunes acerca de aquel proyecto; y porque es una buena oportunidad para conversar sobre un tema tan importante.

Martín, el autor de W, desenfunda su espada a favor de la democracia y dice que “democracia es el juego de diálogo entre distintas formas de ver el mundo que se someten a las urnas para ver quién convence a más ciudadanos”; y añade, sin duda refiriéndose a los promotores de ProReforma, que “eso no lo tienen claro”. W lanza, ¡otra vez y otra vez!, acusaciones infundadas.

El libertarianismo, que une a muchísimos promotores de ProReforma, tiene clarísimo cuál es el papel de la democracia; y como Martín pasó “cinco años de su vida leyendo todo lo que pudo sobre el liberalismo”, incluida la obra de Friedrich A. Hayek, seguramente recordará que el Nóbel se ocupa muy bien de ese tema.

Y yo, humildemente, escribí hace ratos unas meditaciones al respecto, mismas que voy a usar –revisadas– para esta argumentación[1]. Hace años me gustaba una frase de Tomás Mazaryk[2], citada por Vaclav Havel[3], que decía que “la democracia es una discusión. Siempre es una discusión de acuerdo y consenso, lo cual implica un compromiso…y movilizar los instintos para determinar qué tipo de compromiso es aceptable y cuál no lo es”[4].

Me gusta la frase de Mazaryk porque veo que es un contrapunto[5] útil para reforzar la definición de democracia, entendida como una buena forma pacífica para elegir y cambiar autoridades y tomar ciertas decisiones; como una forma de toma de decisiones que protege la libertad; y como una buena forma de educación cívica[6]. Esto es lo que muchos liberales entendemos por democracia, y por eso es que la apreciamos mucho, dentro de aquellos límites.

Esto de los límites es importante porque si llegáramos admitir que la mayoría puede imponerse sobre minoría, y que todo está sujeto a acuerdos y compromisos, ¿qué ventajas tiene la democracia sobre otras opciones? Si la democracia es un sistema social en el que la vida, la propiedad, y los frutos del trabajo y del intelecto de cada uno están a merced de cualquiera que obtenga el voto de la mayoría, entonces ¿para qué querríamos la democracia?

Aquí viene algo más que es útil de la cita de Mazaryk: en democracia es preciso definir qué compromisos son aceptables y cuáles no; porque la democracia sin estado de derecho es inadmisible. Pero, ¿qué es el estado de derecho? Es un sistema en el que el ejercicio del poder (incluido el de la mayoría) está sujeto a la limitaciones señaladas por la Constitución y las leyes[7]; y en el que el imperio de la ley se extiende por igual a todas las personas (sin importa su etnia, su sexo, su nacionalidad, o su clase).

Es uno en el que la vida, la libertad, la propiedad son derechos de todos[8]; y uno en el que estos derechos no pueden ser violados por los intereses de nadie (por más mayoría que lo apoye y por más compromisos que haga). Las limitaciones a las que hacía alusión en el párrafo anterior están estrechamente relacionadas con la protección de estos derechos, a los que el poder (de la mayoría, o de la minoría) no debe tener posibilidades de vulnerar sin que tenga que enfrentar consecuencias jurídicas.

En una democracia -para que sirva a la cooperación social pacífica y a la prosperidad- la ley es un medio para proteger aquellos derechos y para garantizar el cumplimiento de los contratos. La ley no debe ser utilizada para violar los derechos, ni para violar los contratos, aunque aquello sea del interés de muchos. La ley, entonces, sólo puede ser igual para todos, sólo puede ser general y sólo puede ser abstracta. La ley no debe crear privilegios de ninguna clase. La ley no debe decirle qué hacer, sólo puede decirle qué no hacer. En sus críticas, W se enreda con esto de los derechos y los intereses, tema que abordaré después.

Si no ha de decepcionarnos y si no ha de servir para que unos se impongan sobre otros, la democracia –debidamente acompañada por el estado de derecho– no sólo puede ser una forma pacífica de tomar decisiones, sino que debe tomar en cuenta la protección los derechos de todos; incluidos los de la mayoría más pequeña de todas, que es el individuo.

A W no le gustó una frase de ProReforma que dice que “el sistema actual permite que gobiernos populistas con retórica paternalista lleguen al poder”; y, como Perogrullo, descubre que “si ganan partidos que se dicen de izquierdas en elecciones democráticas, es porque los que son de derecha perdieron”. También descubre “que populismos hay de derechas y el mejor ejemplo es El Salvador con Arena”; para luego incurrir, otra vez, en la manía de no argumentar lo que los promotores de ProReforma decimos, o hacemos, sino criticar lo que él dice que los promotores decimos, o hacemos. W pregunta que si los promotores de ProReforma prohibiríamos “que la izquierda paternalista participe, o que si participa y gana no pueda actuar”.

Repito que argumentar así arrastra el nivel a la conversación. ¿Notó usted que el texto de ProReforma no hace alusión a la izquierda que menciona W? ¿Notó la manipulación? A los promotores de ProReforma nos incomodan los gobiernos populistas con retórica paternalista, ¡de izquierdas, o de derechas!, y si W no fuera tan manipulador en sus críticas superficiales, les hubiera ahorrado a sus lectores tiempo y esfuerzo alrededor de una idea que él pretende colgarle al proyecto, y que el proyecto no tiene por ninguna parte. ¡En una buena argumentación, no se debería valer eso que hace Martín!

Ahora bien. Esa incomodidad que muchos tenemos contra el populismo paternalista no sólo tiene que ver con su naturaleza engañosa. Tiene que ver con el hecho de que las experiencias en donde este ha sido puesto en práctica, demuestran que los gobernantes populistas y paternalistas usan la democracia para hacerse del poder y luego no dudan en arrasar los derechos individuales de las personas en nombre del interés nacional, del interés de clase, del interés de la etnia, del interés del partido, o del interés general. Dígame, usted, si no. Así fue en la Alemania nacionalsocialista y en la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas. Así es más cerca y ahora, en lugares como Venezuela y Nicaragua, en donde críticos inflamados, como el autor de W no serían tolerados por los regímenes democráticos de turno, si las críticas se opusieran a los designios de quienes ejercen el poder.

Próximamente, como lo comenté arriba, abordaré el tema de los derechos y los intereses, en el que W hizo piruetas y se somató.

[1] Luis Figueroa, ¿Caballo de Troya?. http://www.eleutheria.ufm.edu/, Primavera, 2005
[2] Tomás Mazaryk fue el primer presidente de Checoslovakia (1918).
[3] Presidente de Checoslovaquia y luego de la República Checa (1989).
[4] Sondra Myers. La democracia es una discusión. Connecticut College, Connecticut, 1997. P. viii
[5] En música, el contrapunto es la técnica de composición que combina diferentes líneas melódicas con coherencia armónica.
[6] Friedrich A. Hayek. Los fundamentos de la libertad. Unión Editorial, Madrid, 1978. P. 148-150.
[7] Leyes como normas generales y abstractas, claro; y no como reglamentos particulares y específicos.
[8] Si quiere saber por qué es que los derechos son estos, y no otros, vea http://www.isil.org/resources/introduction-spanish.html


24
Oct 08

Luisfi y Jimmy Wales, el fundador de la Wikipedia

I think that blogs do a great job on opinion, dijo ayer Jimmy Wales, fundador de la Wikipedia, en la Universidad Francisco Marroquín donde dio una conferencia sobre su obra y sobre Creative Commons.

¡Wales es extraordinario! ¡Un emprendedor que entiende la naturaleza dispersa del conocimientoy la importancia de la libertad para aprovecharlo, tal y como fue explicado por Friedrich A. Hayek; y que entiende que la realidad no es opcional, como lo ha explicado Ayn Rand!
Su conferencia está disponible aquí; y también usted puede ver una entrevista breve que tuve la oportunidad de hacerle. En ella habla de la influencia de Hayek en su obra; habla sobre la importancia de los incentivos y la de las reglas, sobre el conocimiento y sobre lo que es ser emprendedor, entre otros temas.
Ahora he añadido a Wales a mi lista de héroes, que incluye a Thomas Alva Edison, a Galileo Galilei y a Manuel F. Ayau, entre otros. En la foto estamos Wales y yo, frente a Atlas Libertas, escultura que es una celebración del espíritu emprendedor y de la fuerza creadora del individuo.

13
Jun 08

La cooperación exterior, síntoma de dependencia

La cooperación exterior es síntoma de dependencia, explica experto Eduardo Fernández, en esta conversación con Su Servidor.

Países de Africa y de América Latina dependen de los Estados Unidos de América, o de la Unión Europea. Esta última genera dos vías de cooperación: una interna que se enfoca en elevar el nivel de vida de países que tienen renta baja per capita; y otra externa que implementa políticas públicas para promover el desarrollo de países subdesarrollados o en vías de desarrollo.

Fernández afirma que la cooperación externa tiene un fondo perverso porque la misma responde a diversos intereses, en contraposición al concepto transparente de orden de cooperación espontánea que propone Friedrich A. Hayek.

A propósito, Martin Farrows, opinó que “El proteccionismo europeo es lo que se debería abolir progresivamente si de verdad se tiene el deseo auténtico de que los países en vías de desarrollo, tanto africanos como de América Latina, prosperen”.


01
Abr 08

Ampliacion de privilegios en Cuba

Recientemente leemos que el régimen de Cuba está aflojando los controles y las prohibiciones que pesan sobre su poblacion. Hace poco, la dictadura le permitió a la gente tener teléfonos móviles; y hoy leemos que Raúl Castro le ha autorizado a los cubanos a alojarse en los hoteles de la isla. No fue hasta hace muy poco que a los cubanos se les dio permiso para tener hornos de microondas, DVD players, y otros aparatos domésticos.

A esto es lo que Friedrich A. Hayek se refiere cuando dice que la libertad es una; y que cuando en una sociedad se permite la coacción arbitraria, entonces no hay libertad. El efecto de la coacción arbitraria es que hace que quienes están sometidos a ella tomen decisiones de acuerdo con los intereses y las demandas de quienes los coaccionan, y no de acuerdo con sus intereses y sus necesidades propias.

Sólo una sociedad en la que la coacción arbitraria ha sido eliminada es una sociedad de personas libres, propiamente dicha. Cuando lo que hay son libertades, estas en realidad son privilegios, permisos, autorizaciones especiales y particulares.

Si en una sociedad ha sido eliminada la coacción arbitraria, y por lo tanto hay libertad, ¿qué necesidad hay de habalr de libertades específicas? Ninguna, a menos que haya unas y que no haya otras, o que las haya para ciertos grupos, y no para otros, como ocurría en Cuba, donde extranjeros y pipoldermos sí tenían acceso a teléfonos, hoteles y hornos de microondas por la gracia del régimen totalitario.

Es bueno que se amplíen los permisos y las autorizaciones especiales en Cuba; poco a poco estas pequeñas grietas harán colapsar al régimen que, para salir de la pobreza no se está volviendo más y más socialista, sino que aprovecha más y más del capitalismo. Irónico, ¿o no?


16
Jun 07

No es lo mismo

Entre algunos lectores de este espacio existe una inquietud: Si tenemos la facultad de disparar contra aquellos que nos asaltan, como consecuencia del fallo que le hizo justicia a José Natividad Trejo, ¿qué impedirá que algunos salgan a ejecutar presuntos delincuentes, o a eliminar tatuados?

La inquietud es interesante; pero me parece que es producto de una confusión de premisas: Defendernos de quienes nos atacan, no es lo mismo que salir a buscar a quién meterle un tiro.

En el primer caso, el sujeto activo actúa como consecuencia de una agresión. Las condiciones para el primer caso están tipificadas en el artículo 24 del Código Penal guatemalteco, que dice que es causa de justificación, entre otras, la legitima defensa; misma que define como la acción de quien obra en defensa de su persona, bienes o derechos, o en defensa de la persona, bienes o derechos de otra, siempre que concurran las siguientes circunstancias: agresión ilegítima (¡como cuando a uno lo asaltan!); necesidad racional del medio empleado para impedirla o repelerla; y falta de provocación suficiente por parte del defensor (¡como cuando a uno lo asaltan!)

En ningún lado se menciona la posibilidad de que constituya legítima defensa salir a buscar potenciales agresores y ultimarlos por si acaso.

Si aquel fuera el caso, de lo que estamos hablando es del delito de asesinato, que está tipificado en el artículo 132 del código citado y que en dos platos es matar a otro con alevosía y/o con premeditación conocida, entre otras características.

Se ve, pues, que estamos hablando de dos circunstancias distintas. El derecho a la legítima defensa se deriva de los derechos a la vida, la libertad y la propiedad; valores que tenemos la facultad de defender, precisamente porque son valores

Mill lo dice así: “La propia defensa es el único fin que autoriza a la humanidad, ya sea individual o colectivamente, a intervenir en la libertad de acción de cualquiera de sus miembros”. Y Hayek aclara: “La coacción no puede evitarse totalmente porque el único camino para impedirla es la amenaza de coacción. La sociedad libre se ha enfrentado con este problema confiriendo al estado el monopolio de la coacción, intentando limitar el poder estatal a los casos que sea necesario ejercerlo …y resulta tan inocua como sea posible mediante la subordinación a normas generales conocidas”.

En pocas palabras le damos al estado la facultad de ejercer la coacción contra quienes pretendan violar nuestros derechos, siempre y cuando aquella coacción esté sujeta a la ley. Pero, ¿qué pasa cuando el estado es incapaz de proteger nuestra vida y nuestra propiedad? ¿Qué pasa cuando la criminalidad ha rebasado el poder de las autoridades, como dijo el presidente Berger? ¿Perdemos nuestros derechos? Yo digo que no.

Los derechos a la vida y a la propiedad, y la facultad de defenderlos, son preexistentes al estado y son preexistentes al caso Trejo. Usted, todas las víctimas potenciales y yo tenemos derecho a defendernos y el estado está obligado a garantizarnos por lo menos eso, cuando no puede cumplir con su obligación de defenderlos por nosotros.

Claro que no faltará quien abuse de su derecho a la legítima defensa; pero la posibilidad de abuso no es justificación válida para prohibir actividad alguna; ¡Y menos para invalidar un derecho! La posibilidad de que alguien cometa fraude, no justifica la prohibición del intercambio, por ejemplo. ¿Y qué pasa si alguien comete fraude? Se le captura, se le procesa y se le impone una pena. ¿Y qué pasa si alguien sale a matar tatuados? Se le captura, se le procesa y se le impone una pena.

Claro que eso requiere que las “autoridades” recuperen su autoridad. Y ese problema lo tenemos que resolver, ¡pero ya! Y, en último caso, son dos cosas distintas la defensa de uno y de sus cosas, que salir a matar sin que exista agresión ilegítima previa alguna. La objeción, pues, no se aplica.

Publicada en Prensa Libre el sábado 16 de junio de 2007