09
Sep 10

Grammy para Bohemia Suburbana, y F.A. Hayek

Confiésome total desconocedor del rock chapín; pero ¡hasta yo conozco el nombre de Bohemia Suburbana! y por eso me dio mucho gusto saber que ese grupo está nominado para el Latin Grammy.
La del vídeo es su canción Aire; que tiene unos versos que dicen: Como podría un ser humano/vivir en completa soledad/soledad. Y a mí me gusta porque ya lo explica Friedrich A. Hayek en El orden sensorial, que la mente humana sólo se forma y se desarrolla como consecuencia de la cultura y de las interrelaciones culturales, ¿Cómo podría un ser humano, ser plenamente humano, en completa soledad? Yo se que esta relación que establecí entre Bohemia y El orden sensorial es bastante far fetched, pero ya que celebro el éxito de esta banda chapina, también celebro las ideas de Hayek.

09
Sep 10

¡Hoy!, Los fundamentos de la libertad en el SXXI

Hoy, mis amigos Karen Cancinos, José Antonio Romero y Julio César De León Barbero participarán en un coloquio titulado Los fundamentos de la libertad en el Siglo XXI, acerca de esa obra de Friedrich A. Hayek. Ese libro está en la lista de los 100 mejores libros de no-fición, del Siglo XX, publicada por la revista National Review.

Si a usted le interesan la filosofía social y las buenas conversaciones, seguramente no querrá perdérsela. La admisión es gratis y se celebrará en el Instituto Guatemalteco Americano a las 6:00 p.m.

25
Ago 10

Hoy, coloquio sobre la obra de Hayek y Leoni

Hoy, en el Instituto Italiano de Cultura, habrá un coloquio sobre el pensamiento de Friedrich A. Hayek y Bruno Leoni. La actividad es a las 6:00 p.m. y el Instituto está en la 16 calle 2-55 de la zona 1o, atrás del Centro Comercial Los Próceres. La entrada es gratuita y hay estacionamiento frente al Instituto.

Los panelistas son José Antonio Romero, director de la revista de filosofía Eleuthería; y Eduardo Mayora Alvarado, doctor en Derecho y columnista del diario Siglo Veintiuno.

17
Ago 10

La libertad y los vínculos matrimoniales

El establishment guatemalteco ha estado reaccionando activamente frente al acuerdo 27-10 del Congreso de la República, que reforma los códigos Civil y Penal y que les reconoce, tanto a la mujer, como al hombre, la libertad de pedir el divorcio sin necesidad de contar con el consentimiento del otro cónyuge.

Quienes se oponen a esta disposición han basado sus argumentos en premisas colectivistas que generalmente suponen que las personas, sus vidas y su felicidad deberían estar al servicio de la sociedad, cuando no del estado; o en premisas místicas que suponen que las personas, sus vidas y su felicidad deberían estar sometidas a los caprichos de su dios, cuando no a los de su iglesia.

Hay otro tipo de argumentos que tienen que ver con las responsabilidades para con los hijos, que no tocará ahora, porque se entiende que no hay libertad sin responsabilidad, y viceversa. Y porque este es un tema de suyo importante que vale la pena tocar aparte. En estas meditaciones exploraré sólo la parte que tiene que ver con los argumentos colectivistas y místicos.

Lo que conocemos como matrimonio es un acuerdo privado entre dos personas que voluntaria y pacíficamente deciden compartir sus vidas –generalmente porque se aman; pero no necesariamente por esa razón– y hacerlo en el marco de cierta formalidad. Dicha formalidad subraya el carácter de compromiso y de permanencia en la unión, y busca el apoyo del prójimo para la pareja contrayente.

En su Compendio de derecho civil, Federico Puig Peña, sin embargo, considera que el abandono del matrimonio como acto privado es una etapa superada, y que tanto la affectio maritalis como el principio consensus facit nuptias, así como la sola voluntad de los contrayentes “sin requisito de forma alguna”, no son suficientes para que el matrimonio quede válidamente constituido.

Válidamente constituido de cara a lo que el Gobierno y la legislación consideran como válido, claro, porque en las condiciones descritas por Puig Peña los políticos disponen regular un asunto que es principalmente contractual e íntimo. Un asunto en el que –en el contexto de una sociedad abierta, o en el de un orden espontáneo, como es la sociedad– el gobierno y el estado deberían estar obligados a respetar la voluntad de los individuos involucrados; y ocuparse sólo de sancionar a la parte, o las partes, que violen las responsabilidades contractuales tales como la provisión de alimentos, el cuidado de los hijos, la repartición de tareas, y otras tanto mientras dura el vínculo, como luego de su disolución.

Debido a que el matrimonio civil es una creación legislativa, el vínculo debería estar sujeto al principio de igualdad de todos ante la ley; y al debido respeto de la voluntad de los contrayentes.

Kosmos y sociedad abierta

En Derecho, legislación y libertad, Friedrich A. Hayek explica que un orden espontáneo o kosmos, a diferencia de un orden creado o taxis, no está limitado por lo que determinada mente humana pueda dominar; su existencia no tiene por qué estar al alcance de nuestros sentidos, por estar basada en relaciones puramente abstractas que sólo mentalmente cabe establecer; y finalmente, por no ser producto de creación intencionada, no se puede legítimamente afirmar que persiga un fin determinado, si bien el hecho de descubrir su existencia puede en gran medida contribuir a que con mayor facilidad consigamos materializar nuestras propias apetencias. Un kosmos sólo puede ser regulado por leyes tipo nomoi; es decir, por normas generales, abstractas, de aplicación para todos por igual y de conducta justa. Precisamente el tipo de leyes que delimitan y protegen las esferas individuales de acción, dentro de las cuales las personas ejercen sus derechos individuales con la única obligación de respetar los derechos de los demás.

Por su parte, en La sociedad abierta y sus enemigos, Karl Popper advierte que esta civilización [la occidental] no se ha recobrado todavía completamente de la conmoción de su nacimiento, de la transición de la sociedad tribal o cerrada, con su sometimiento a las fuerzas mágicas, a la sociedad abierta, que pone en libertad las facultades críticas del hombre. En la tribu –precisamente por su carácter tribal– cabe la intromisión de otros –por la fuerza de la costumbre o de la normativa– en un asunto tan íntimo y privado como el contrato de unión entre dos adultos capaces; pero en una sociedad abierta, donde es inaceptable aquella invasión, esta sólo se explica por la conmoción a la que se refiere Popper.

El gobierno como taxis, orden creado u organización que persigue fines determinados, y el estado, en persecución de los objetivos que le imponen a la sociedad quienes tienen la facultad de legislar, son los que disponen, por la fuerza de la legislación, que en el matrimonio –como institución jurídica– los involucrados deban permanecer unidos, aunque ya no les convenga, en supuesto beneficio de la colectividad. Puig Peña opina que no basta “la unión espiritual de un hombre y una mujer para alcanzar el fin supremo de la procreación de la especie”, un objetivo indiscutiblemente colectivista, sino que hace hincapié en que, para que haya matrimonio, aquella unión debe ser consagrada por la ley.

En algún momento de la historia de la humanidad las religiones dispusieron hacer uso del matrimonio para hacer avanzar sus intereses, e igual cosa hizo el Estado. Pero antes de que ambas organizaciones se inmiscuyeran en aquel acuerdo privado, ya había compromisos voluntarios y pacíficos, de largo plazo, entre personas individuales que decidían unir sus vidas.

Historia y tradición

En su Diccionario enciclopédico de derecho usual, Guillermo Cabanellas lo explica con claridad, al decir que históricamente el matrimonio tiene por origen un contrato: el consentimiento familiar o sensual de la pareja humana, un acuerdo de las voluntades o de los deseos de ambos cónyuges. Y luego añade que “la religión (y la católica con mayor constancia y empeño que ninguna) lo eleva a la jerarquía de sacramento, basado siempre en la libre manifestación del consentimiento de los contrayentes”.

Sabemos que los gentiles se juntaban sin necesidad de contar con la bendición del dios judeo-cristiano, porque, según la Biblia, en Tobías VII:5, así se lo dice Tobías a Sara en su noche de bodas: Nosotros somos hijos de santos y no podemos juntarnos a manera de los gentiles, que no conocen a Dios .

El punto clave, aquí, es que la unión voluntaria de personas existía antes de que la religión judeo-cristiana dispusiera que esa unión tenía que ser santificada. Del mismo modo en que las casas de cambio preceden por miles de años a los bancos centrales –hecho que a los políticos y a los banqueros centrales no les gusta recordar–. La gente tiende a creer que antes de que el Gobierno regulara ciertas prácticas estas no existían, y que no eran posibles sin aquellas normativas.

De hecho, cada religión (con su dios y sus ceremonias) lo santifica a su modo. De la misma forma en que cada legislación (con sus normas y sus procedimientos) lo legaliza a su modo. En realidad, y a la larga, ni la ceremonia matrimonial católica (qua ceremonia) es mejor o peor que la judía o que la sintoista. Del mismo modo en que la ceremonia matrimonial civil en Madrid (qua ceremonia) no es mejor o peor que la ceremonia civil en Nueva York, en Jerusalén, o en Japón.

A pesar de ello, las Iglesias cristianas y el gobierno pretenden que el matrimonio sirva a sus intereses, y no a los de los contrayentes. La Iglesia católica, por ejemplo, hace de menos el carácter contractual del matrimonio, al asegurar, en su catecismo, que no depende del arbitrio humano. El mismo Dios es el autor del matrimonio. Esto es, a pesar de que el carácter contractual del matrimonio tiene una importante tradición -aún dentro de la Iglesia Católica- porque, aunque el Código de Derecho Canónico vigente se refiere a la alianza matrimonial, el Codex iuris canonici de 1917, resaltaba el matrimonio como contrato, según cuenta Antonio Benlloch.

El uso incorrecto de la ley

En tales condiciones es evidente que la ley y una institución jurídica están siendo usadas de forma incorrecta para imponerle a todos, en la sociedad, objetivos propios de algunos integrantes de la misma. El propósito de este análisis no es moralizar sobre la ley, como no lo es cuestionar, y menos poner en duda, la validez de aquellos objetivos –en cuando sean fines individuales–. Lo que sí se busca con él es establecer como ilegítimo que aquellos fines le sean impuestos a una situación contractual como el matrimonio, que le sean impuestos en el contexto de un kosmos y que, de todas formas, tanto en este como en cualquier otro caso en el que el Gobierno crea derechos y obligaciones por medio de normas legales, estas deben aplicarse con estricto apego al principio de igualdad de hombres y mujeres ante la ley.

Es demasiado corrientemente aceptada la idea de que el derecho de familia –y consecuentemente el matrimonio– es de orden público. Asegura Puig Peña que las normas del Derecho de Familia son, por regla general, de orden público, inderogables por actuación de la mera voluntad privada. Las partes, en efecto, no pueden dejar de cumplir las condiciones naturales ni modificar a su arbitrio los cánones imprescriptibles del derecho de familia. No pueden casarse cuando quieren como quieren, ni adoptando la forma que estimen conveniente, ni disolver el matrimonio, ni incluso modificar los pactos matrimoniales establecidos. Las potestades familiares no son potestades-derechos, sino potestades-función, o sea, facultades establecidas, no en propio beneficio, sino en utilidad y régimen de los que a ella aparecen como sometidos. Y aquello podría ser bien visto en una sociedad colectivista, en una sociedad cerrada o en una tribu, en la que los individuos están llamados a ser engranajes de una maquinaria, órganos de un sistema, o partes de un todo superior a ellos; pero no está bien en una sociedad de personas libres y responsables, en un kosmos o en una sociedad abierta.

Puig Peña considera que el hecho de que el Derecho de Familia tenga una función social, y no sea una potestad-derecho, es un evidente progreso para el derecho. Desde mi punto de vista, esto pone de manifiesto la idea peligrosa de que el individuo y sus relaciones personales sirvan al Estado o a la sociedad, y, peor aún, que el interés colectivo prevalezca sobre los derechos individuales.

Ahora bien, como las personas no son animalitos que solo se unen para perpetuar la especie, el matrimonio del siglo XXI debe tomar en cuenta las diversas razones que llevan a las personas a unir sus vidas. La comunidad de intereses, el amor, la admiración, la búsqueda de compañía, la conveniencia, entre muchos otros, son ejemplos de aquellas razones. El matrimonio debe tomar en cuenta que las personas son individuos y que las mismas deben ser tratadas por la ley como seres racionales, no como medios, ni como instrumentos.

Tradición y evolución

No es extraño, entonces, que en la sociedad, que es evolutiva por naturaleza, las instituciones también evolucionen.

En Los Fundamentos de la Libertad, Friedrich A. Hayek explica que en todos los países y en todos los tiempos existen grupos que han alcanzado una posición más o menos estacionaria con hábitos y formas de vida establecidos durante generaciones. Tales formas de vida pueden verse inesperadamente amenazadas por desarrollos con los que nada tienen que ver; y no sólo los miembros de las aludidas agrupaciones, sino a menudo otras gentes muy dispares pueden también desear la preservación de los hábitos en cuestión.

De esa cuenta, el matrimonio como una cadena con bola, amarrado por la fuerza de la ley, o por el chantaje espiritual de las iglesias, puede perfectamente pasar a ser el matrimonio moderno y retomar su verdadero carácter como contrato de convivencia y de respeto mutuo entre individuos que lo aceptan libremente en el marco de culturas propias de sociedades abiertas. Ni al servicio de la Iglesia, ni al servicio del Estado, sino que al servicio de aquellos que, en ejercicio de sus derechos como personas humanas, asuman el compromiso, por el tiempo que puedan, o quieran, sin dejar de tomar en cuenta que en caso de disolución hay responsabilidades que enfrentar. En una sociedad abierta, todo ejercicio de la libertad, implica responsabilidad.


28
Abr 10

Hayek, un pensador para todas las generaciones

Ahora mismo, está siendo transmitida la conferencia [Friedrich A.] Hayek, un pensador para todas las generaciones, por Giancarlo Ibárgüen S. Si te interesa la vida y obra de este pensador extraordinario, puedes ver la conferencia en http://newmedia.ufm.edu/hayekunpensador


26
Feb 10

Ayn Rand, el individualismo y Alvaro Velásquez

En su columna de ayer, Alvaro Velásquez hizo con Ayn Rand algo distinto a lo que hizo con Friedrich A. Hayek. A este último lo hizo parecer como si fuera enemigo de la democracia y de la soberanía popular; sin tomar en cuenta lo que Hayek había escrito al respecto. Y el trato para Rand fue distinto, aunque igualmente manipulador; porque citó correctamente una idea suya, pero la puso tan fuera de contexto que -al lector incauto- puede llevarlo a conclusiones equivocadas.


Velásquez dice que Rand es individualista extrema y la acusa de que por ello está contra la democracia y los pobres; y para eso usa el siguiente párrafo, tomado de El manantial, una de sus novelas: Yo no reconozco el derecho de nadie a un sólo minuto de mi vida ni a ningún logro mío. No importa quién haga el reclamo, cuán grande sea su número o cuán grande sea su necesidad.

En este sentido, Rand coincide con Hayek al rechazar la posibilidad de que una mayoría (o una minoría, como normalmente es el caso) pueda votar para despojar a unos de lo que les es propio. Pero veamos en qué contexto objetivista ocurre la frase de la filósofa. Esto es muy importante porque, si en algo se esmera Rand, es en que sus ideas sean consistente y ella no escribe nada que no esté en armonía con el todo de su filosofía.

¿Qué es el individualismo, para Rand? Que nos lo explique ella, sin las manipulaciones de Velásquez. El problema básico que existe en el mundo hoy en día, es la elección entre dos principios: Individualismo y Colectivismo, dice Rand. El Individualismo sostiene que el hombre posee derechos inalienables que no le pueden ser arrebatados por ningún otro hombre, ni tampoco por cualquier número, grupo o conjunto de hombres. Por lo tanto, cada hombre existe por su propio derecho y para sí mismo, no para el grupo. Este es el contexto en el que Rand es individualista y la pregunta para el lector, a estas alturas, es ¿qué le parecería si usted no tuviera derechos inalienables, y que si los que tuviera le pudieran ser arrancados por cualquier individuo, grupo, o mayoría?

Rand explica que un sistema social es un conjunto de leyes que los hombres observan con el objeto de hacer posible la convivencia. Dicho código debe tener un principio básico, un punto de partida, de lo contrario no puede ser elaborado. El punto de partida es la pregunta: ¿El poder de la sociedad es limitado o ilimitado? Y el Individualismo responde: el poder de la sociedad está limitado por los derechos individuales del hombre. La sociedad sólo puede crear leyes que no violen estos derechos. Bajo un sistema individualista, un millón de hombres no pueden dictar una ley que disponga matar a un hombre, en beneficio de quienes legislan. Si a pesar de todo lo matan, violan la ley que protege su derecho a la vida y son castigados los responsables.

Yo no se usted; pero a estas alturas, todo lo que ha explicado Rand, en estos párrafos, me parece muy razonable. Es más, ¿por qué querría, uno, un sistema diferente? Claro, a no ser que uno prefiera principios distintos.

Esos principios diametralmente distintos son los del Colectivismo; sistema que sostiene que el hombre no tiene derechos; que su trabajo, su cuerpo y su personalidad pertenecen al grupo; que el grupo puede hacer con él lo que le plazca, en la forma que quiera, por cualquier motivo que el grupo haya decidido que es su propio bien. Por consiguiente, cada hombre existe sólo con el permiso del grupo y en beneficio del grupo.

Este es el tipo de régimen egorreductor; al cual o nos ajustamos todos, o nos hundimos todos, descrito por Velásquez en su columna. Ya la humanidad vivió en sociedades así: en la Alemania Nazi, en la Unión Soviética, en Europa Oriental, en China Popular, en la Camboya de Pol Pot, en la Cuba de Los Castro, en la Tanzania de Julius Nyerere, y así puede seguir la lista larga.

Rand explica que en el Colectivismo el poder de la sociedad es ilimitado. La sociedad puede crear las leyes que desee e imponérselas a cualquiera en la forma que quiera. En el Colectivismo un millón de hombres (o cualquiera que alegue representarlos) pueden dictar una ley que disponga matar a un hombre (o a alguna minoría) siempre que crean beneficiarse con su muerte. Su derecho a vivir no es reconocido. Bajo un sistema colectivista, los hombres tienen que agruparse unos con otros y el que pertenezca al grupo más grande en un momento dado, tiene todos los derechos, mientras que el perdedor (individuo o minoría) no tiene ninguno. Cualquier hombre puede ser amo absoluto o esclavo indefenso, según sea el tamaño del grupo a que pertenece.

¿Será por todo esto que a Velásquez le espanta tanto el Individualismo y prefiere un sistema egorreductor al que haya que ajustarse o en el que haya que hundirse? ¿Cuál sistema cree, usted lector, que favorece más a los pobres y que es más democrático? ¿Cuál protege a las minorías?

¿Qué prefiere, usted, un sistema que se apoya en el primer grupo de principios; u otra propuesta egorreductora, que se apoyara en el segundo grupo de principios?

Las citas de Rand son de su Cartilla del americanismo.

25
Feb 10

ProReforma y el Hayek de Alvaro Velásquez

Alvaro Velásquez, en su columna de hoy sobre ProReforma, asegura que para Friedrich A. Hayek el enemigo a vencer es la democracia en tanto soberanía popular…

La discusión de las ideas de Hayek es atingente porque en la obra de aquel filósofo y economista austriaco, y particularmente en The Constitution of Liberty y en Law, Legislation and Liberty se hallan las raíces filosóficas y teóricas de ProReforma. ¿Debería ser novedad que ProReforma, como otras ideas que se discuten en la actualidad, esté parada sobre hombros de titanes?
Friedrich A. Hayek, a pesar de lo que asegure Velásquez, no era un enemigo de la democracia. Y, ¿cómo sabemos esto? Pues leyendo lo que decía Hayek: El liberalismo es una doctrina sobre lo que debiera ser la ley; la democracia, una doctrina sobre la manera de determinar lo que será la ley. El liberalismo considera conveniente que tan sólo sea ley aquello que acepta la mayoría, pero no cree en la necesaria bondad de todo lo por ella sancionado. Acepta la regla de la mayoría como un método de decisión, pero no como una autoridad en orden a lo que la decisión debiera ser. Para el demócrata doctrinario, el hecho de que la mayoría quiera algo es razón suficiente para considerarlo bueno, pues, en su opinión, la voluntad de la mayoría determina no sólo lo que es ley, sino lo que es buena ley. Hayek, pues, es crítico de los demócratas doctrinarios quizás al estilo de aquellos que creen que la democracia es un sistema egorreductor; al cual o nos ajustamos todos, o no nos hundimos todos.
Para no fiarse de lo que dice Velásquez que dice Hayek, o de lo que digo yo que dice Hayek, ¿qué más dice Hayek sobre la democracia? Si la democracia es un medio antes que un fin, sus límites deben determinarse a la luz de los propósitos a que queremos que sirva. Existen tres argumentos principales que justifican la democracia. Cada uno de ellos puede considerarse como definitivo. Luego, Hayek considera que es un medio y que es un medio útil; y propone tres argumentos que la justifican y enfatiza en que son definitivos.
¿Cuáles son esos tres argumentos? Veamos qué dice el mismísimo Hayek:
1. Siempre que se estime conveniente la primacía de una opinión entre varias en conflicto -concurriendo la circunstancia de que habría de imponerse, por la fuerza- resulta menos dañoso que apelar a la violencia el determinar cuál de aquellas opiniones goza del apoyo más fuerte utilizando al efecto el procedimiento de contar los que están en pro y los que están en contra. La democracia es el único método de cambio pacífico descubierto hasta ahora por el hombre. Hayek, se entiende, no es enemigo de la democracia; porque sabe que es un instrumento utilísimo y valiosísimo para que haya paz.
2. La democracia constituye importante salvaguardia para la libertad individual…la democracia no es todavía la libertad; y el argumento hayekiano aduce tan sólo que la democracia probablemente engendra más libertad que otras formas de gobierno. Hayek explica que este argumento es históricamente muy importante y trascendente. ¿Cómo va a ser, Hayek, enemigo de la democracia, si considera que esta es una importante salvaguardia para la libertad? Hayek sabe que puesto que, de hecho, el poder coactivo debe ejercerse siempre por unos pocos [los políticos y sus funcionarios], habrá menos probabilidades de abuso si el poder en cuestión, conferido a los pocos [por los electores], es siempre revocable por los que se han sometido a él. Hayek sabe y explica por qué es importantísima la soberanía popular.
3. El tercer argumento de Hayek para justificar la democracia, es el que él considera que es el más poderoso de los tres: alude a la ilustración que las instituciones democráticas proporcionan a las gentes de la mecánica de los negocios públicos. Hayek cita a Alexis de Tocqueville y explica que la democracia es el único método efectivo de educar a la mayoría; y añade que la democracia, por encima de todo, es un proceso de formación de opinión. Su ventaja principal no radica en el método de seleccionar a los que gobiernan, sino en que, al participar activamente en una gran parte de la población en la formación de opinión, se amplía el número de personas capacitadas entre las cuales elegir.
Y Hayek abunda: Cabe admitir que la democracia no designa para las funciones públicas a los más sabios y mejor informados, como igualmente que en un momento dado la decisión de un gobierno formado por la élite pudiera ser más beneficioso para la comunidad; sin embargo, esto no se opone a que todavía concedamos a la democracia la preferencia.
¡Hayek prefiere la democracia!, y ofrece tres buenas razones para preferirla como un instrumento muy valioso. ¿De dónde saca Velásquez que Hayek es enemigo de la democracia? Lo que no recomienda , claro, es que la democracia sea algo con lo que haya que hundirse; porque, si así fuera, ¿qué clase de instrumento para garantizar la paz, la libertad y la dignidad humana iba a ser ese tipo de democracia dogmática?
Las citas de Hayek son de El gobierno mayoritario, capítulo VII de Los fundamentos de la libertad o The Constitution of Liberty.

26
Ene 10

Fear the Boom and Bust Cycle, el rap de Hayek y Keynes

Aaaaaaaah, gracias a Russ Roberts y a John Papola por esta magnífica lección acerca de los ciclos económicos. Russ Roberts, por cierto, produce estupendos podcasts que usted puede escuchar aquí.

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28
Abr 09

Oportuna explicación sobre ProReforma

En la entrada titulada ¿Por qué es que ProReforma no debe ser modificado? el bloguero Carlos Mendoza dejó el siguiente comentario: Yo creo que la Asociación ProReforma está cayendo en el constructivismo social que critica el pensamiento libertario inspirado por el mismo Hayek.  El aprendizaje colectivo del que habla Hayek es el resultado de un largo proceso evolutivo de ensayo y error.  Toda iniciativa de cambio institucional require de retroalimentación del medio ambiente, y una forma de obtenerlo es por medio del diálogo que conduce al cambio de modelos mentales compartidos.  Esa es la flexibilidad que les estaría haciendo falta a la hora de pedir “todo o nada”.


Al respecto, no está de más insistir en el punto de la entrada: El todo, o nada se refiere específica y particularmente al contenido del proyecto de ProReforma porque es integral y coherente.  No se refiere a que esa sea la única posibilidad de reforma constitucional.   Lo que sí pedimos los más de 70 mil que apoyamos el proyecto es que, qua ProReforma, sólo sea discutido el contenido integral de ProReforma.  Otros proyectos son bienvenidos, incluso si usan ProReforma como base -¡y aunque no la usen!-; pero deben ser discutidos como algo distinto.  La naturaleza de ProReforma no excluye el diálogo, ni la flexibilidad en las discusiones; pero si demanda que se respete la integridad del proyecto que es exactamente lo que respaldamos los que la apoyamos.  ¡Que hayan diálogos y discusiones!, ese es un subproducto valiosísimo de ProReforma; pero por favor, que se respete el texto que apoyamos los que firmamos la propuesta.  Eso es todo.  

Mendoza habla del constructivismo que critica Friedrich A. Hayek; pero su observación no se aplica a ProReforma.  Esto es porque el texto del proyecto se refiere a la organización constitucional del Estado y del gobierno; no a la de la sociedad.  Como ordenes creados, o taxis en el sentido hakekiano, el Estado y el gobierno por medio de su Constitución, son sujetos de ordenamiento, como se ordena cualquier otro orden de similar naturaleza.  Un Estado y un gobierno no son ordenes espontáneos o cosmos, como sí lo es la sociedad; y, por lo tanto, el Estado y el gobierno necesariamente deben pasar por un proceso de constitución y diseño que, salvando las distancias, es de la misma naturaleza que el de una sociedad anónima, o el de una organización no gubernamental.  Se fijan sus funciones, se diseñan sus estructuras, se norman sus facultades y así se construye la organización qua orden.

Hayek critica el constructivismo en la sociedad, que es un cosmos.  Como orden espontáneo que es, la sociedad es consecuencia de las acciones de las personas, pero no de los designios de esas personas.  

Si Mendoza distingue entre sociedad y Estado, o entre orden espontáneo y orden creado, o entre cosmos taxis, verá con claridad que ProReforma no riñe con lo mejor de las ideas del buen Hayek.  Si Mendoza distingue entre instituciones y organizaciones, como lo hace Hayek, verá con claridad que el Estado no es una institución, sino una organización; y entonces verá, con mucha más claridad, que ProReforma no riñe con las ideas de Hayek.

Para Hayek, las instituciones son los usos, normas y costumbres que privan en  la sociedad porque facilitan la convivencia social debido a su practicidad yefectividad; y en ese sentido, el matrimonio y el dinero son instituciones.  En ese contexto, el Estado, el gobierno, un banco, una universidad, o una iglesia no son instituciones como suele decirse coloquialmente entre nosotros.  Aquellas son organizaciones y como tales son perfectamente ordenables, organizables y diseñables cual taxis que son.

Que bueno que Mendoza tocó estos temas porque es muy útil entender lo que Hayek dice al respecto.  De otra forma, la confusión en el lenguaje impide entender ProReforma en su contexto filosófico.  De ahí que se confirmen la necesidad de diálogo en torno a la propuesta, y la necesidad de que en la medida en que haya otras opciones, en esa medida sea respetada la integridad de ProReforma.

Si a usted le interesa leer más sobre los cosmos y los taxis, así como sobre los diferentes tipos de normas que les son propias, vale la pena leer el volúmen 1 de Derecho, legislación y libertad, por F.A. Hayek.


20
Abr 09

La humildad ante el conocimiento, y los aprendices de brujo

En 1959, en un ejercicio de humildad admirable, Friedrich A. Hayek escribió que todas las teorías políticas dan por sentado que la mayoría de los individuos son muy ignorantes.  Aquellos que propugnan por la libertad difieren del resto en que se incluyen a sí mismos entre los ignorantes e incluyen también a los más sabios…encontramos que, aunque usualmente no nos demos cuenta de ello, todas las institucionesde la libertad son adaptaciones a este fundamental hecho de la ignorancia para enfrentarse con posibilidades y probabilidades, no con certezas.

De estos párrafos me acordé, cuando leí que Aldo Abram, director del Centro de Investigaciones de Instituciones y Mercados de Argentina, al referirse a los economistas, dijo que la mayoría de mis colegas piensan que cuando sle recibieron de licenciado en Economía, también se recibieron de licenciados en Dios; y explicó que no existe una receta contra la crisis.
La mayoría de economistas cree en recetas mágicas, añadió Abram; cuya opinión no es compartida por economistas como Alan Cibilis que cree que quienes dicen que no hay recetas, es porque se les acabaron las ideas.  
Comparto con Abram la idea de que quienes escriben las recetas son los que crearon la crisis actual, precisamente por lo que dice Hayek.  Esos economistas y esos políticos que andan por ahí diseñando planes; regulando todo lo que se mueve y todo lo que no; midiendo, pesando, tasando y calculando; esos ingenieros sociales que creen que la sociedad y el mercado se pueden fabricar a su gusto; desconocen, o hacen como que desconocen que aunque el uso de la razón apunta al control y a la predicción, los procesos del progrso de la razón descansan en la ibertad y en la impredicción de las acciones humanas.  Ignoran, también, que si bien es cierto que el progreso es consecuencia de la acción humana, ciertamente no lo es del designio humano.
En medio de la crisis, sólo los dioses, los aprendices de brujo y la húbris de los economistas a los que se refiere Abram se atreven a caso omiso de las advertencias de Hayek.  Si a usted le interesa este tema, he aquí una muy buena conferencia sobre la humildad ante el conocimiento y su relación con la economía.


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