¿Por qué están martirizando al Presidente?
No quieren dejar trabajar al gobierno.
A mí no me van a poner útimatum las cámaras.
Ellos que se dediquen a producir, que se dediquen a su rollo.
Con esas palabras Alvaro Santa Clos Colom expresó su disgusto porque algunas cámaras del sector empresarial interpusieron acciones ante la Corte de Constitucionalidad con el propósito de que se amparara a los guatemaltecos contra los bloqueos organizados. ¿Preferiría, Santa Clos, que todos nos dedicáramos a nuestros rollos y lo dejáramos ignorar las leyes sin llamarle la atención?
Sin embargo, y como dicen los artículos 152, 153 y 154 de la Contitución, el ejercicio del poder está sujeto a las limitaciones señaladas por esta Constitución y la ley; el imperio de la ley se extiende a todas las personas que se encuentren en el territorio de la República; y los funcionarios son depositarios de la autoridad, responsables legalemtne por su conducta oficial, sujetos a la ley y jamás superiores a ella.
En ese contexto, no está de más recordarle al Presidente que la Carta Magna le ordena, en el artículo 182 que su primera función es cumplir y hacer cumplir la Constitución y las leyes.
En ese sentido, cuando los directivos de las cámaras, o cuando cualquier habitante le tiene que pedir a la Corte de Constitucional que le ordene al Presidente que cumpla con su función primera, en vez de andarse quejando y en vez de lanzar recriminaciones inapropiadas, el Mandatario debería sentirse algo avergonzado. Es que, siendo el Presidente de la República y no un ujier, ¿qué necesidad hay de estar detrás de él para que cumpla con sus tareas?
Los directivos de las cámaras, lo que hicieron fue recurrir a la Corte con el fin de proteger a las personas contra las amenazas de violaciones a sus derechos, en el espíritu que lo establecen el artículo 265 de la Ley Fundamental y toda la doctrina de protección a las garantías constitucionales.
El hecho es que los bloqueos organizados por el Frente Nacional de Lucha (y cualquiera otra organización, o grupo de personas) no manifestaciones inocentes, sino violaciones deliberadas a derechos de otros como el de locomoción. No es que las demandas de los grupos que manifiestan sean excluidas del debate nacional, ni que se criminalice la protesta social como podrían argumentar algunos inocentes, o algunos que se pasan de vivos; pero lo que si es inaceptable -tanto por la ley como por las normas mínimas de convivencia social pacífica y la doctrina- es que unos pretendan ejercer supuestos derechos (como el de bloquear carreteras) a expensas de los derechos de otros (como el de libre locomoción).
En vez de victimizarse, de hacer berrinches y de lanzar ataques, el Presidente de la República, como jefe del Estado y representante de la unidad nacional debería comprender que es el primer llamado a cumplir con la ley; y que debe velar porque se cumpla sin privilegios. Debería recordar que los derechos individuales deben prevalecer sobre los intereses colectivos, porque es de interés colectivo que así sea.
El letrero que ilustra esta entrada está en la Séptima avenida y 15, o 16 calle de la zona 1.