Yassmín Barrios y una sanción educadora

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En una sociedad caudillista, en la que la gente cree que el Presidente de la república debería mandar y en la que -tradicionalmente- se le enseña a la gente a obedecer, no es extraño que la gente esté más acostumbrada a la idea de que hay que respetar a las autoridades, más que a la idea de que las autoridades deben respetar a las personas.

Por eso es fascinante que el Tribunal de Honor del Colegio de Abogados  haya suspendido por un año como colegiada activa a la jueza galardonada Yassmín Barrios, por considerar que ella le faltó públicamente el respeto y humilló a su colega abogado, y defensor, Moisés Galindo, durante las audiencias por el caso Efraín Ríos Montt.  Aquella  instancia del CANG le impuso a Barrios una sanción económica de Q5,040. Galindo denunció a la jueza señalándola de actuar de forma antiética en el Tribunal.  Además, el Tribunal de Honor certificó lo conducente al Ministerio público por la posible comisión de los delitos de Resoluciónes violatorias a la Constitución, Abuso de autoridad y cualquier otro acto que pudiera ser tipificado como delito.

Uno puede cuestionar si los colegios profesionales son la mejor forma, o no, de controlar la calidad de sus afiliados obligados; pero como la Constitución así lo manda, a esas asociaciones les corresponde el control del  ejercicio profesional y la superación de sus miembros.

El vídeo que ilustra esta entrada muestra la actuación de Barrios.

El hecho de que Barrios sea una jueza premiada y el hecho de que goce del favor muchos grupos de interés nacionales e internacionales hace más significativa la sanción.  Quiere decir que un funcionario público -y un juez, en este caso- no está exento de respetar a la Constitución y las leyes y a los mandantes, ni siquiera si tiene patrocinadores importantes e influyentes.

En muchos ambientes no se cuestiona para nada el hecho de que como autoridad pública investida de potestad jurisdiccional para aplicar la ley y la legislación un juez deba ser respetado.  Empero, la autoridad formal de la que goza un juez, por haber sido investido como tal, debe ser acompañada por autoridad real.  Es decir, autoridad reconocida por aquellos sobre quienes va a ser ejercida.  Un juez objetivo, respetuoso, justo y que personifica las virtudes romanas de gravitas, integritas et dignitas cría fama de tal y se hace digno de respeto y merecimientos.  En cambio, un juez que se hace fama de otras cosas, y que demuestra otras actitudes, cría fama de tal y se hace merecedor de llamados de atención y sanciones.  No vaya a ser que actitudes  de irrespeto a los defensores -e incluso a los acusados- se vuelvan habituales en el juez sancionado, y en otros juzgadores.

Por cierto que un abogado defensor es el profesional que ejerce la defensa jurídica de una de las partes durante un proceso judicial.   El defensor tiene un rol importantísimo e indispensable en la administración de justicia.  En un estado de derecho y en una república sana el derecho a la defensa es es el que tiene toda persona individual, o jurídica ante los tribunales de justicia por los cargos que se le imputen. Los tribunales de justicia tienen la obligación de balancear los desequilibrios en las posiciones procesales de las partes; así como de  impedir que las limitaciones de alguna de ellas  puedan resultar en indefensión.

En una república sana el respeto entre mandantes y mandatarios es de dos vías.  Y en una república sana está claro quienes son los mandantes y quienes los mandatarios, así como por qué y para qué.  Por eso es que la sanción que recibió la jueza Barrios cumple una función educadora para tirios y troyanos.  Es, quizás, hasta un acto de paideia.

Actualización: Desde el momento en que una persona entra en la dignidad de “Juez” deja de ser “Abogado”, por el hecho mismo de que le está legalmente prohibido actuar como tal, dice el jurista Eduardo Mayora Alvarado; y la suya es la objeción más atinada que he leído.  Opino que puede que sí; pero, en todo caso, la idea de que los jueces no pueden faltarles el respeto a las partes procesales, ni a sus representantes es válida de explorar y discutir.

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2 comments

  1. Me encanta el análisis al respecto de la suspensión, es el más coherente que he leído.

  2. Geraldine Pearse

    Qué bueno que hayan puesto a esa señora en su lugar. Hay alguna esperanza para el cumplimiento de la ley.