El Congreso acaba de modificar el Código Civil; y las nuevas regulaciones referentes a los requisitos para contraer matrimonio permitirán “que se prohíban los matrimonios cuando existan enfermedades incurables”.
¡El Estado Niñera chapín está degenerando en un régimen nacionalsocialista de lo peor! Al estado guatemalteco no le basta con relevarnos de la responsabilidad de tomar nuestras propias decisiones en materia de seguridad social, en asuntos financieros, o en docenas de cosas más.
Según las nuevas normas, y antes de que se autorice un casamiento, hombres y mujeres estamos obligados a presentar una constancia de que no estamos enfermos de nada contagioso, incurable y perjudicial, o que imposibilite la procreación. Todos debemos hacerlo, dice la norma, excepto aquellos que viven en lugares donde no hay servicios médicos.
Las nuevas reglamentaciones son triplemente perversas. Primero, porque crean un grupo de personas privilegiadas: aquellas que están exentas del cumplimiento del requisito; y ya debería estar claro que multiplicar privilegios en una sociedad que está enferma por ellos es inmoral. Segundo, porque el privilegio de no tener que presentar constancia se lo da a los más pobres, porque los más pobres son los que viven donde no hay servicios de salud; o sea que a los legisladores les viene del Norte si los pobres se contagian entre ellos con enfermedades incurables. Tercero, porque ¡¿Quién jocotes se creen que son, los diputados, para prohibir que dos adultos capaces, que conocen sus defectos y que están dispuestos a unir sus vidas en matrimonio, se casen?!
Ya es bastante malo y triste que una persona sufra una enfermedad que le va a quitar la vida y que podría convertirla en paria durante el tiempo que le queda, como para que el Estado Niñera le prohíba unirse en matrimonio. Una disposición como esa sólo puede ser el fruto de una mente mareada por las pretensiones inconfesables de un ingeniero social.
Lo que conocemos como matrimonio es un acuerdo privado entre dos personas que deciden compartir sus vidas –generalmente porque se aman– y hacerlo en el marco de cierta formalidad. Esa formalidad subraya el carácter de compromiso y de permanencia en la unión, y busca el apoyo del prójimo para la pareja contrayente.
De la necesidad humana en cuanto a darle formalidad a un compromiso de tamaña naturaleza se aprovecha el estado para regular un acuerdo que es básicamente contractual e íntimo. Pero una cosa es regular los formalismos; y otra, muy diferente, es involucrarse directamente hasta el punto de decidir, de forma arbitraria, que una, o dos personas enfermas no pueden ni deben casarse.
Decisión política semejante sólo tiene cabida en una sociedad que supone que los individuos somos parte de una gran máquina, u órganos de un organismo superior a todos. Sólo es imaginable en un sistema colectivista en el que las valoraciones individuales deben estar sometidas a los requerimientos de aquella máquina, o de aquel organismo social.
En una sociedad abierta, en cambio, los adultos tienen el derecho a tomar sus decisiones y perseguir sus fines en libertad y de forma voluntaria (siempre que no violen derechos ajenos); y el Estado Niñera no tiene por qué relevarlos de la responsabilidad y de las consecuencias de sus acciones.
En nuestra sociedad cada vez más colectivista, hasta con tintes nazis, el matrimonio es un asunto de orden público, en desmedro de su naturaleza contractual. La supuesta función social de este pone de manifiesto la idea peligrosa de que el individuo y sus relaciones personales deben servir al Estado o a la sociedad; y, peor aún, que el interés social debe prevalecer sobre los derechos individuales.
En una sociedad abierta la normativa sobre el matrimonio debe tomar en cuenta que las personas son individuos, no aparatos reproductores, y que las mismas deben ser tratadas como seres racionales, no como medios ni como instrumentos.
Esta columna ganó un premio Charles L. Stillman para columnas de periódico, en 2007.
Publicada en Prensa Libre el sábado 24 de febrero de 2007