El viernes pasado, cuando leí que hay extorsionistas que asedian a los diputados, se lo comenté a Cándido; y este, con su mirada característica, dejó de remojar su champurrada en el café y me dijo: Eso es como que saliera en las noticias que extorsionan a peligrosos delincuentes. Nos reímos y la cosa no pasó a más….hasta que nos enteramos de los siguiente:
Hay un personaje, de nombre Antonio, que incumple con las obligaciones contractuales que contrajo con el condominio del que es condómino. Se rehusa a pagar las cuotas que le corresponden por todo 2010 y pretende que se le exonere del 50% de la deuda que le corresponde.
La Junta Directiva del condominio ha hecho los cobros correspondientes, pero don Antonio no sólo no quiere pagar, sino que, buscó el patrocinio de una diputada para evadir su responsabilidad. El 19 de enero pasado y desde el correo electrónico anabella286@yahoo, la Junta Directiva del condominio fue sorprendida por la carta que ilustra esta entrada. En ella, la diputada Anabella De León supuestamente dice apoyar al deudor y justifica su intermediación alegando que el que -aparentemente- no tiene dinero para cumplir con sus obligaciones contractuales; si lo tiene para apoyar las obras sociales del despacho de la diputada en cuestión. La diputada dice que el deudor moroso es altruista y humanitario; y estima que por esas razones, debería ser exonerado de sus obligaciones contraídas voluntariamente como condómino.
Esto último me parece muy apropiado porque, aunque la gente crea lo contrario, el altruismo es un código moral que se basa en el principio de que las personas no tienen derecho a existir para sí mismas; sino que el servicio a los otros es la única justificación de su existencia. Se basa en el principio de que el sacrificio es el más alto deber moral, virtud y valor. El altruismo propiamente entendido, pues, no debe ser confundido con la bondad, ni con la benevolencia, ni con la generosidad. Estas son buenas y aquél es perverso.
A mí me parece, pues, que el deudor moroso del condominio no sólo está dispuesto a sacrificar a sus condóminos, sino que no dudó en usar el poder político y la influencia de la diputada en cuestión para presionarlos y ¿hasta para asustarlos?
Lo que me pregunto, entonces, es: ¿Pueden los diputados usar su poder y su influencia para este tipo de cosas contractuales y propias de los tribunales de justicia? Si es cierto que don Antonio colabora con las obras sociales de la diputada, ¿eso lo faculta para usar su influencia para evadir responsabilidades contractuales? ¿Cuántos otros diputados hacen este tipo de cosas? ¿Qué otros condominios, o empresas han recibido cartas similares y en qué ocasiones?