02
Oct 09

Se perdió por mula

En la subestación de la Policía Nacional Civil de mi barrio permanece, desde el domingo pasado, una mula que agentes de esa jurisdicción retuvieron porque estaba obstaculizando el tránsito. Los policías bromean con que si no la reclama el dueño se la van a llevar al Preventivo. El semoviente ha puesto en gastos a los policías, quienes han tenido que hacer coperacha para comprarle zacate, y esperan que el dueño, cuando aparezca, se los retribuya. No la podemos dejar suelta en la calle ni llevarla a un potrero porque qué pasaría si apareciera el dueño y no está. El problema es para nosotros que la trajimos, dice un agente. Como no está marcada, los agentes se preguntan ¿Si aparece el dueño cómo va a hacer para comprobar que es suya?


Empero, la solución, para los agentes afligidos, la da el Código Civil que, en su artículo 596 dice que el que encontrare un mueble, o semoviente a parecer extraviado y cuyo dueño se ignore, deberá presentarlo a la autoridad municipal más próxima al lugar donde hubiere tenido lugar el hallazgo. La autoridad que reciba el bien encontrado, pondrá el hecho en conocimiento público, y si transcurrido el término fijado no se presentare persona que justifique su dominio, se preocederá a su venta en pública subasta.

En cuanto al dinero que les ha costado a los agentes la manutención de la mula perdida, el Código prevé que el dueño que recobrare lo perdido o su precio, está obligado al pago de los gastos ya abonar a quien lo halló el diez por ciento del valor de la cosa, o del producto de la venta.

¡Ahí está!, llévenles la mula a Alvaro Arzú, o a Tono Coro. Y a ver…en la literatura chapina, ¿quién era El de la mulita?

La foto es de Siglo Veintiuno, por Danilo Ramírez.


24
Feb 07

¿Matrimonio? ¡NO!

El Congreso acaba de modificar el Código Civil; y las nuevas regulaciones referentes a los requisitos para contraer matrimonio permitirán “que se prohíban los matrimonios cuando existan enfermedades incurables”.

¡El Estado Niñera chapín está degenerando en un régimen nacionalsocialista de lo peor! Al estado guatemalteco no le basta con relevarnos de la responsabilidad de tomar nuestras propias decisiones en materia de seguridad social, en asuntos financieros, o en docenas de cosas más.

Según las nuevas normas, y antes de que se autorice un casamiento, hombres y mujeres estamos obligados a presentar una constancia de que no estamos enfermos de nada contagioso, incurable y perjudicial, o que imposibilite la procreación. Todos debemos hacerlo, dice la norma, excepto aquellos que viven en lugares donde no hay servicios médicos.

Las nuevas reglamentaciones son triplemente perversas. Primero, porque crean un grupo de personas privilegiadas: aquellas que están exentas del cumplimiento del requisito; y ya debería estar claro que multiplicar privilegios en una sociedad que está enferma por ellos es inmoral. Segundo, porque el privilegio de no tener que presentar constancia se lo da a los más pobres, porque los más pobres son los que viven donde no hay servicios de salud; o sea que a los legisladores les viene del Norte si los pobres se contagian entre ellos con enfermedades incurables. Tercero, porque ¡¿Quién jocotes se creen que son, los diputados, para prohibir que dos adultos capaces, que conocen sus defectos y que están dispuestos a unir sus vidas en matrimonio, se casen?!

Ya es bastante malo y triste que una persona sufra una enfermedad que le va a quitar la vida y que podría convertirla en paria durante el tiempo que le queda, como para que el Estado Niñera le prohíba unirse en matrimonio. Una disposición como esa sólo puede ser el fruto de una mente mareada por las pretensiones inconfesables de un ingeniero social.

Lo que conocemos como matrimonio es un acuerdo privado entre dos personas que deciden compartir sus vidas –generalmente porque se aman– y hacerlo en el marco de cierta formalidad. Esa formalidad subraya el carácter de compromiso y de permanencia en la unión, y busca el apoyo del prójimo para la pareja contrayente.

De la necesidad humana en cuanto a darle formalidad a un compromiso de tamaña naturaleza se aprovecha el estado para regular un acuerdo que es básicamente contractual e íntimo. Pero una cosa es regular los formalismos; y otra, muy diferente, es involucrarse directamente hasta el punto de decidir, de forma arbitraria, que una, o dos personas enfermas no pueden ni deben casarse.

Decisión política semejante sólo tiene cabida en una sociedad que supone que los individuos somos parte de una gran máquina, u órganos de un organismo superior a todos. Sólo es imaginable en un sistema colectivista en el que las valoraciones individuales deben estar sometidas a los requerimientos de aquella máquina, o de aquel organismo social.

En una sociedad abierta, en cambio, los adultos tienen el derecho a tomar sus decisiones y perseguir sus fines en libertad y de forma voluntaria (siempre que no violen derechos ajenos); y el Estado Niñera no tiene por qué relevarlos de la responsabilidad y de las consecuencias de sus acciones.

En nuestra sociedad cada vez más colectivista, hasta con tintes nazis, el matrimonio es un asunto de orden público, en desmedro de su naturaleza contractual. La supuesta función social de este pone de manifiesto la idea peligrosa de que el individuo y sus relaciones personales deben servir al Estado o a la sociedad; y, peor aún, que el interés social debe prevalecer sobre los derechos individuales.

En una sociedad abierta la normativa sobre el matrimonio debe tomar en cuenta que las personas son individuos, no aparatos reproductores, y que las mismas deben ser tratadas como seres racionales, no como medios ni como instrumentos.

Esta columna ganó un premio Charles L. Stillman para columnas de periódico, en 2007.

Publicada en Prensa Libre el sábado 24 de febrero de 2007