La propiedad como acuerdo moral, el caso Magdalena

 

Dado que los derechos individuales -como el derecho de propiedad- son acuerdos morales mínimos que permiten la cooperación social, la convivencia en concordia y por ende la prosperidad y el bienestar, cuando hay grupos que invaden propiedades ajenas y las autoridades no tienen la autoridad para evitar las invasiones, o para desalojar a los invasores, ¿existe el derecho de propiedad en Guatemala?

Las invasiones de aquellas fincas comenzaron en 2020. Foto de RepúblicaGt.

Las fincas del ingenio Magdalenta llevan dos años y y 10 meses invadidas.  En las fincas La Felicidad y Polonia, los invasores -que ingresaron portando armas de fuego- han quemado cultivos de caña de azúcar y áreas boscosas protegidas.  Han ejercido actos de violencia contra los encargados de la seguridad de aquellas fincas.  Los invasores han cometido por lo menos diez delitos: usurpación, usurpación agravada, hurto agravado, perturbación de la posesión, alteración de linderos, coacción, amenazas, detenciones ilegales, apropiación y retención indebida y allanamiento con agravación específica.

Con inscripciones anómalas y falsificando documentos, los invasores de las fincas han presentado supuestos títulos que se validaron en el Registro General de la Propiedad.

Con respecto a los derechos individuales, nos engañamos si es generalizada la creencia de que aquellos son inherentes a la persona humana, o que los derechos son inalienables porque nos los dio un creador.  Sin un acuerdo moral generalizado acerca de la la necesidad radical de respetar la vida, la libertad, la propiedad y el derecho a la búsqueda de la felicidad terminan siendo ilusiones.  De ahí que su precio sea su eterna vigilancia, y su eterna defensa  incansable.

El caso Magdalena no es el único en Guatemala, por supuesto.  

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