Caso Bitkov: Justicia vrs. Política

La Corte de Constitucionalidad se contradijo a sí misma, en el caso Bitkov.

La Corte de Constitucionalidad declaró con lugar el ocurso en queja presentado por la juez Erika Aifán, la Comisión Internacional contra la Impunidad en Guatemala , el Registro Nacional de las Personas y la Procuraduría General de la Nación, por lo que anula la resolución emitida por la Sala Tercera de Apelaciones que beneficiaba a la familia Bitkov.

Cuatro hechos llaman la atención:

  1. ¿Dónde se ha visto que una corte declare con lugar una queja contra su propia resolución?
  2. ¿Por qué es que la Corte de Constitucionalidad le notificó a la Prensa aquella resolución, antes de notificar a las partes?
  3. La resolución de mayo, conforme a derecho, fue emitida en el contexto de que la Comisión Helsinki tiene los ojos puestos en este caso. ¿Se les pasó el susto a los magistrados de la CC, a los directivos de la CICIG y a los del Renap?
  4. El Ministerio Público es el único llamado a ejerecer la acción penal, según la Constitución. Si el MP ya se dió cuenta de que a los Bitkov se les aplica el Procotolo de Palermo y no pueden ser perseguidos penalmente.  ¿Por qué es que la CC, la CICIG y el Renap insisten. ¿A quién, o a qué sirven estos tres?

Hay dos grandes causas evidentes por las cuales muchos guatemaltecos prefieren arriesgar sus vidas y las de sus familias en un viaje peligroso hacia los Estados Unidos de Amperica, en lugar de quedarse en Guatemala: 1. Las causas jurídicas que se resumen en ausencia de estado de derecho, de justicia y de seguridad; y 2. Las causas económicas, que se resumen en ausencia de oportunidades para salir de la miseria y de la pobreza.

Ambos grandes crupos de causas están profundamente enraizados en la sociedad chapina.  Las causas económicas están teóricamente arraigadas en en keynesianismo, cuando no en el marxismo.  ¿A qué hora se radicó, en el ambiente judicial de Guatemala, la idea de que el criterio político de los jueces debe prevalecer sobre las leyes y sobre las intenciones de los legisladores? ¿En qué escuelas de derecho, en qué seminarios para jueces, en qué cursos y conferencias se ha difundido y se difunde aquella teoría? ¿Quiénes han financiado y promovido la idea de que las leyes son sugerencias que los jueces pueden atender, o no según sus criterios personales y políticos?

La foto es de RepúblicaGt

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