El Ministerio Público, el estado de derecho y el control jurisdiccional

Ahora que leo que el abogado Ricardo Sagastume reiteró el amparo presentado en la Corte de Constitucionalidad  con el argumento de que ya venció el plazo para que el Congreso convoque a la postuladora para la nómina de aspirantes a Fiscal General, me acordé de la importancia del control jurisdiccional sobre los actos administrativos y de gobierno, como un elemento fundamental de un estado de derecho.

La Corte de Constitucionalidad, en este caso, es la guardiana de la Constitución y su razón de ser es la de resolver conflictos de tal manera que la Carta Magna prevalezca y mantenga plena validez.  Puedes leer más de esto en El estado de derecho, por Alberto Herrarte, un librito que a mí me gusta mucho.

En una república que se respete los funcionarios están sometidos a la ley y a la Constitución; y los tribunales constitucionales (o el tribunal constitucionlal) es la última palabra en cuanto a la interpretación de la ley fundamental.  Por eso es importante la acción presentada por Sagastume; y por eso es importante que la Corte la tome en serio y resuelva cuanto antes con criterio técnico (no político).  El constitucionalismo, dice Herrarte, no es sólo un gobierno con una base de estado de derecho, sino que significa un gobierno responsable; y el gobierno responsable es cuando el poder está distribuido y controlado por los distintos detentadores del poder.  Incluidos el Ministerio Público y la Fiscalía General.

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