Con el nuevo Impuesto Unico Sobre Inmuebles, que pretende establecer el alcalde Alvaro Arzú, “se deberá pagar hasta Q6 mil de IUSI, cuando el año recién pasado pagaban Q1 mil 235″. Semejante abuso tributario es confiscatorio y viola el principio de capacidad de pago contenido en el artículo 243 de la Constitución de la República de Guatemala. ¿Quién puede enfrentar un aumento de 100 o 500% en sus impuestos sin tener que perder su propiedad? ¿Quién se beneficiaría si muchas familias tuvieran que rematar sus casa por no poder pagar impuestos?
Aquel principio -humanitario- dice que “el sistema tributario debe ser justo y equitativo. Para el efecto las leyes tributarias serán estructuradas conforme al principio de capacidad de pago. Se prohiben los tributos confiscatorios”.
Adicionalmente la municipalidad está modificando, por medio de un manual de valuación, unas tablas que la Corte de Constitucionalidad declaró inconstitucionales en el 2001.
Afortunadamente, ciudadanos como Carlos Molina Mencos y organizaciones como Vecinos Pro Guatemala y la Asociación de Adultos Mayores Notables, están organizando la oposición a aquella sinvergüenzada de Tu Muni. Vecinos responsables, como Valentina Girón, cuestionan la secretividad financiera de la administración Arzú. “El que nada debe, nada teme. ¿Por qué será tan dificil para el alcalde Arzú hacer públicos los ingresos de la comuna capitalina?”, pregunta Girón. El alcalde Álvaro Arzú usa de papel sanitario la obligación de informar sobre el uso de las finanzas de Tu muni, advierte Luis Alfredo Aragón.
Cuando el rey Jorge le puso un impuesto adicional al té; los colonos de Boston organizaron la Fiesta del Té y desencadenaron la Revolución Americana. ¿De qué acusaban los colonos al Rey? Entre otras cosas, de poner contribuciones sin su consentimiento. “Cuando una larga serie de abusos y usurpaciones, dirigida invariablemente al mismo objetivo, evidencia en designio de someter al pueblo a un despotismo absoluto, es su derecho, es su deber, derrocar ese gobierno y proveer de nuevas salvaguardas para su futura seguridad y su felicidad”, dice la Declaración de Independencia.
¿Qué va a hacer usted cuando le aumenten cinco veces lo que paga de impuestos a la municipalidad guatemalteca?
La foto es de una familia desahuciada, durante la Gran Depresión.
Excelente post. Y he aqui la pregunta: Pagar o no pagar? Pero no quiero pagar! Mi lado idealista me dice: “si pago estoy dando el consentimiento como victima.” Pero mi lado pragmatico me dice que si no pago, tal ves me estoy metiendo en mas enredos.
Hola. Siempre está la posibilidad de impugnar. El lado pragmático siempre es perverso, je je. Saludos.
hay que impugnar, debe notarse que los nuevos avalúos, fijan un valor fiscal al cual se le descuenta “generosamente” el 75% y se paga sobre eso. Lo que no dicen es que ese descuento puede dejar de aplicarse (por ejemplo el año 2010) y que no impugar es un consentimiento tácito a los nuevos valores, que son mucho mas altos que el que se obtiene despues de deducir el 75% del descuento, es decir dentro de algunos años el IUSI podría cuadruplicarse. Por eso, y porque es confiscatorio y abusivo debe impugnarse hasta las últimas instancias.