Sandra Torres #NoNosCallaras

Sandra Torres, candidata presidencial de la Unidad Nacional de la Esperanza, mostró sus verdaderos colores cuando, a finales de marzo pasado, denunció (en el marco de la legislación contra el femicidio)  a los fiscales del Ministerio público que investigan sus vinculos presuntos con financistas que supustamente son narcotraficantes, o cuyos fondos tienen su orígen en la corrupción; y los volvió a mostrar, hace cinco días, cuando (en el marco de la misma legislación) denunció a seis editores y a la gerente de ventaas de elPeriódico, con el fin de evitar que sean publicadas noticias, opiniones y chismes que la perturben.

La ilustracion es de elPeriódico.

¿A quién le sorprende que Torres haya hecho algo así?  A mí, no. Estamos hablando de Sandra Evita Torres, admiradora de la tiranía de los Castro, en Cuba y miembro de la Internacional Socialista; Sandra la que fue capaz de divorciarse con tal de ser candidata presidencial. Lo que sí es sorprendente y aberrante es que haya tribunales que hayan accedido a las demandas de la candidata; tribunales integrados por magistrados como Rafael Morales,  Franc Armando Martínez y Fredy López , o la jueza Susana Salazar.

El primer caso, el de los fiscales, es aberrante porque le permite a la candidata blindarse contra una investigación delincuencial al amparo del supuesto de que las investigaciones de la Fiscalía especial contra la impunidad constituyen violencia contra la mujer. El segundo caso es aberrante porque, amparada tras el supuesto de que las noticias, opiniones y chismes publicados en elPeriódico también constituyen formas de violencia contra la mujer, la presención de Torres y la resolución que la avaló, constituyen ataques frontales a la libertad de expresión y actos de censura.

Me ocuparé del segundo caso porque el tema de la libertad de expresión es uno que me apasiona.

La libertad de expresión es una manifestación del derecho de libertad; y es la facultad que tenemos, los seres humanos, de exteriorizar nuestras ideas, sentimientos y opiniones; para que exista la libertad de expresión es necesario que podamos ejercerla sin coacción arbitraria presente y sin amenazas de coacción arbitraria.  La libertad de expresión o sólo es una manifestación d el derecho de libertad, sino que está protegida por la Constitución política de la República de Guatemala y por instrumentos como la Declaración universal de los derechos humanos.

¿Por qué es útil la libertad de expresión? Como una forma de manifestación del derecho de libertad, la libertad de expresión es un acuerdo moral que facilita el progreso cultural de los individuos y de los pueblos, nos permite avanzar en la búsqueda de la libertad, constituye una de las formas más efectivas para controlar los abusos de poder que pudieran ejercer los políticos y burócratas que -desde el gobierno- tienen el monopolio de la fuerza, es un arma contra las tiranías; y, finalmente, pero no menos importante, es necesaria para nuestra realización como individuos racionales.

La pretensión de una candidata presidencial, o de cualquiera, de no ser perturbada, no puede prevalecer sobre la libertad de expresión como derecho, ni sobre la libertad de expresión como instrumento para cualquiera de los cuatro propósitos mencionados en el párrafo anterior. ¿Sabes? Los intereses, no pueden prevalecer sobre los derechos.

El artículo 35 de la Constitución dice que es libre la emisión del pensamiento por cualesquiera medios de difusión, sin censura ni licencia previa. Este derecho constitucional no podrá ser restringido por ley o disposición gubernamental alguna. Quien en uso de esta libertad faltare al respeto a la vida privada o a la moral, será responsable conforme a la ley. Quienes se creyeren ofendidos tienen derechos a la publicación de sus defensas, aclaraciones y rectificaciones. No constituyen delito o falta las publicaciones que contengan denuncias, críticas o imputaciones contra funcionarios o empleados públicos por actos efectuados en el ejercicio de sus cargos.

¿Viste? Ese derecho constitucional no podrá ser restringido por ley o disposición gubernamental alguna; y si no constituyen delitos, ni faltas las pubicaciones que contengan denuncias, críticas, o imputaciones contra funcionarios, o empleados públicos por actos efectuados en el ejercicio de sus cargos, ¿cómo van a constituirlos las pubicaciones que contengan denuncias, críticas, o imputaciones contra pretendientes a funcionarios, o burócratas? ¡A los candidatos y pretendientes hay que denunciarlos, criticarlos e imputarlos mientras todavía no han llegado al poder!, precisamente para que no lleguen al poder si, por ejemplo, hubieran recibido narcodinero, o si se hubieran financiado con fondos obtenidos mediante actos de corrupción, por decir algo.

Con Sandra Torres es evidente que si así son las vísperas, bien te puedes imaginar cómo serían las fiestas.

¡Por supuesto que el ejercicio de la libertad de expresión tiene límites!, y si Torres ha sido víctima de injurias, calumnias y/o difamación, lo correcto es que haga uso del Código penal y de la Ley de emisión del pensamiento; en vez de acudir a la legislación contra el femicidio, opción que no sólo puso en evidencia el talante autoritario (y quién sabe si no totalitario) de la candidata, sino que es un acto de manipulación política y un ataque contra la libertad de expresión.

¡Que nadie diga que no fuimos advertidos sobre qué clase de política es Sandra Torres! #NoLeToca #NoNosCallaras.

Actualización: Sandra Torres desistió de sus quejas; pero tal desistimiento no tiene efecto alguno y el daño ya está hecho.

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