Los que visitan con regularidad este espacio, saben lo que opino del nacionalismo y del patriotismo, así que esta entrada no es sobre ese tema, sino sobre las leyes que nadie está dispuesto a hacer que se cumplan. Y lo que da pie a las meditaciones son los vendedores callejeros de banderas, con ocasión del 15 de septiembre.
De acuerdo con el decreto 104-87, los colores de la bandera de Guatemala son: el azul ISCC-NBC177 o VM 1.6 PB 5.9/9.4; y el blanco ISCC-NBC263 o VM 2.5 PB 9.5/0.2 y queda terminantemente prohibido elaborar banderas no autorizadas o de características distintas a las del modelo normado por esa ley. Hoy leemos que el Ministerio de Cultura es el dispone las sanciones en caso de infracción; pero la viceministra de ese ramo, Elsa Son, informa que no se ha impuesto ninguna multa debido a que los infractores son vendedores informales, “por lo que se tendría que hacer una investigación exahustiva para dar con las empresas que elaboran esas banderas”.
Es difícil controlar esas ventas, y el Ministerio no cuenta con la capacidad suficiente para sancionar a todas esas personas que deambulan por las calles. Además que son niños y mujeres, aseveró la funcionaria. Y por cierto que este año, el Ministerio sólo autorizó a cuatro empresas para fabricar banderas.
De las declaraciones de la viceministra Son, me llaman la atención varios elementos:
1. El Ministerio no le impone sanciones a los vendedores informales…y, ¿se las impondría si fueran formales?
2. Si el Ministerio de Educación no tiene capacidad alguna para cumplir con sus funciones, ¿qué capacidad va a tener el de Cultura para perseguir a los que no hacen bien las banderas?
3. El Ministerio de Cultura tiene burocracia suficiente para autorizar a ciertas empresas para que fabriquen banderas; pero es incapaz de hacer que las que no se molestan en pedir la autorización, cumplan con la ley.
4. Como la mayoría de infractores son niños y mujeres, el Ministerio se hace el loco. Con niños se entiende, porque son inimputables; pero igual habría que hacer cumplir la dichosa ley. Pero…¿y las mujeres? ¿Por qué es que a las mujeres se les trata diferente en este caso? Si la mayoría de vendedores fueran hombres, ¿el Ministerio si actuaría? ¿Por qué?
Al final de cuentas, y lo que importa para estas meditaciones, es que la ley sale sobrando cuando las supuestas autoridades pueden decidir arbitrariamente a quién se la aplican y a quién no. Y cuando la ley no es pareja sino que se toman en cuenta condiciones económicas, o el sexo de los infractores para decidir si se va a aplicar una normativa, o no.
Igual cosa pasa con la ley que prohibe que más de una persona vaya en una moto; o con la que obliga a llevar casco y chaleco numerados. En las fotos se ve a una familia entera en una moto, a una pareja en otra moto y a un muchacho que ayer andaba sin su chaleco y que conducía parado sobre su moto.
¿Quién tiene autoridad moral para sancionar a una familia humilde que sale a pasear en moto el domingo? ¿Quién tiene autoridad moral para castigar a una pareja que debe salir a trabajar y cuyo transporte más seguro y eficiente es una moto? ¿Quién tiene autoridad alguna para ponerle multa a un muchacho que hace suertes en su moto?
¿Quién tiene autoridad moral alguna para perseguir a los informales y a las mujeres que hacen y venden banderas que no cumplen con los requisitos legales?
¡A lo mejor no deberían existir este tipo de leyes que nadie está dispuesto a hacer que se cumplan!
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This entry was posted on domingo, septiembre 6th, 2009 at 5:36 pm and is filed under igualdad ante la ley, impunidad, Ministerio de Cultura, Ministerio de Educación.
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Sería como penalizar a aquel que cante el himno nacional a un ritmo o tonalidades distintos al oficial.
Hola Luis,es cierto, las leyes que no sirven desde el "vamos", ¿para qué están? Valdría considerar que es mejor arreglar la base de la ley (norma), como los puntos que señalas (por ejemplo, autorizar los colores ¡antes de hacer las banderas!). En fin, aunque soy extranjera, me gusta tener una bandera por estas fechas…¡civismo que le dicen!Andrea;)