La Corte de Constitucionalidad y el caso Siekavizza

Un colega comentó, ayer en Facebook, que Sócrates en Critón uno de los diálogos de Platón, dijo: ¿Crees que puede persistir, sin arruinarse, aquella Ciudad en que las decisiones judiciales nada pueden y en que los particulares las anulen y depongan a su señorío? Y el colega explicó que, en otras palabras, aquello quiere decir que la cosa juzgada debe prevalecer aun en el horrible caso de que sea errónea y vaya contra la ley.

Yo, que creo con Juan de Mariana y con John Locke que los pueblos tienen derecho a rebelarse contra los tiranos; creo que los políticos y los funcionarios -incluidos los jueces- deben ganarse la confianza de las personas antes de pedirles su dinero, su obediencia, o su buena voluntad.  Incluida su confianza, y valga aquí la redundancia.

Esto viene al caso porque me parece muy atinado el editorial de hoy, de Prensa Libre, sobre el caso Siekavizza y la más reciente resolución de la Corte de Constitucionalidad al respecto.  Y como es muy bueno, se los comparto.

Al dictaminar de hecho en favor de la expresidenta de la Corte Suprema de Justicia Beatriz Ofelia de León, la Corte de Constitucionalidad (CC) se colocó de manera intencional o no en una posición que le provocará serios daños en su credibilidad, si no decide explicar de manera pública, no porque tenga la obligación legal de hacerlo, sino porque las consecuencias pueden ser muy graves para otros casos parecidos en los que exfuncionarios del sistema judicial sean acusados de obstrucción de la justicia y tráfico de influencias.

La expresidenta de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) era señalada de haber utilizado sus influencias para ayudar a su hijo, Roberto Barreda de León, a borrar vestigios que lo incriminaran en el caso de la desaparición de su esposa, Cristina Siekavizza, así como de sus hijos, Roberto José y María Mercedes. Es uno de los casos más sonados de la historia judicial del país, porque generó una reacción sin precedentes de los familiares y amigos de la víctima, que se han dedicado desde hace más de un año a buscar a los niños, luego de que desaparecieron las esperanzas de encontrarla viva.

Quienes piensan a favor de la expresidenta de la CSJ afirman que es una víctima, no debe ser perseguida y es el Ministerio Público el que ha fallado al no lograr presentar pruebas ni el cadáver de la víctima. La contraparte considera que no tiene relación directa con el crimen en sí, sino con las acciones para obstruir a la justicia, como resultado de las conexiones de la acusada, cuyo silencio y el de su esposo, también abogado, solo ayudan a aumentar los misterios que rodean a este caso.

La orden unánime de la CC para que el juez Tercero de Instancia Penal modifique el delito de obstrucción y lo cambie por amenazas solo aumenta las dudas generalizadas a un sistema de justicia como el de Guatemala, tan cuestionado. El máximo e inapelable tribunal del país le ordenó detalladamente al juez cómo resolver de nuevo, y este factor ha causado reacciones adversas entre abogados, además de entre los guatemaltecos interesados en que este caso sea resuelto precisamente porque la posibilidad de ejercicio en tráfico de influencias es sumamente sólida, dadas las características del país.

El fallo, de hecho, beneficia a la expresidenta de la CSJ porque el delito de amenazas permite la posibilidad de abandonar la prisión en la cual ha estado por 11 meses y 12 días, para esperar que su hijo se presente a responder de lo sucedido y a indicar cuál es el paradero de los niños, cuya vida emocional ya no puede nunca ser la misma.

La CC caería en un error si arguye que no tiene obligación legal de dar explicaciones. De todos modos, ya no hay marcha atrás y ahora solo queda hablar, para que no se afiance la actual idea de que hay intención de beneficiar a la exfuncionaria judicial. El caso debe verse desde la óptica del deseo de que en verdad se haga justicia, porque la sindicación de haber proferido amenazas no encaja en la forma como ha actuado. Ahora la Corte de Constitucionalidad tiene la palabra.

Sócrates tiene razón; pero la confianza y la autoridad se ganan, no se tienen. No se legislan. No se imponen.  Y también se pierden.  Se esfuman.  Ciertamente es peligroso que una ciudad no pueda tener confianza en las decisiones de sus jueces; y también es cierto que la cosa juzgada debería prevalecer.  Pero pero aquello no puede ocurrir a priori y en el vacío.  Por eso es son muy valiosas las ideas del editorial que reproduje.

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2 comments

  1. Ezequiel Pineda

    Tan bien que había salido la CC en casos tan delicados como el de la Sra. Torres el año anterior, para venir a embarrarse con su amiga la que casualmente fue presidenta del sistema de justicia… yo no me la creo, huele y apesta a tráfico de influencias.

  2. Alejandro Masdeu

    Gracias Luis tu post me ayudo en una tarea de Derecho Constitucional. 🙂