Hoy leemos que los 22 presidios guatemaltecos tienen capacidad para 6,492 recluisos, pero que en ellos viven más de el doble de internos, lo que significa un hacinamiento de 103%. Pavón, por ejemplo, tiene capacidad para 960 internos, y aloja a 1512.
Y entonces, me pregunto, ¿cuántos de aquellos reclusos están ahí por actos que son delitos intrínsecamente inmorales, o delicta mala in se; y cuántos de ellos están recluidos por actos que no son intrínsecamente inmorales y sólo son delitos porque están prohibidos por la ley positiva, o delicta mala quia prohibita?
¿Cuántos de aquellos reclusos están en prisión debido a la ineficacia, ineficiencia y falta de celeridad de los tribunales?
Exploradas las preguntas anteriores…¿será que se necesitan más cárceles? ¿No bastará con solucionar los problemas de fondo?