Corrupción y crédito fiscal

El hecho de que la frase devolución del crédito fiscal incluya la palabra devolución, indica claramente que se refiere al acto de reembolsar, reintegrar, restituir o retornarle el crédito fiscal a su legítimo propietario.  Indica, también,  que el que reembolsa, reintegra, restituye o retorna, tiene algo que no le pertenece y se lo devuelve a quien si le pertenece.

Escucha el podcast aquí.

Dicho lo anterior, si queremos acabar con la corrupción en la devolución de créditos fiscales -lo que es muy deseable, como lo es acabar con la corrupción en otros actos y procesos de la administración pública- nos urge descubrir y entender qué (exactamente) es corrupción.

Corrupción es la situación o circunstancia en que los funcionarios públicos u otras autoridades están corrompidos, que es lo mismo que estar podridos, estropeados, viciados y cosas así.

¿Qué es lo que permite, o facilita, o hasta  que los funcionarios y otras autoridades estén corrompidos? Fundamentalmente dos situaciones: la posibilidad de arbitrariedad y los procedimientos enredados y costosos.  Hay arbitrariedad cuando en las decisiones y actuaciones de los funcionarios y autoridades privan la ilegalidad, injusticia, abuso, desafuero, atropello, iniquidad, tiranía, despotismo, alcaldada, cabildada, parcialidad, improcedencia, y/o abuso de autoridad.

El crédito fiscal es de antología; es la situación paradigmática en la que los funcionarios y autoridades encargadas de su administración pueden actuar de forma arbitraria, y en la que los trámites son costosos y lentos; y, por lo tanto, es fuente abundante de corrupción.

La cosa es así: mediante legislación los funcionarios y autoridades toman dinero ajeno mediante la amenaza del uso de la fuerza.  Separan lo que creen que les corresponde y deberían devolver la parte que tomaron y no les corresponde.  Pero no la devuelven. Se la quedan y la jinetean. Fundamentalmente la usan para pagar gastos, cuando no se diluye en mala administración, o en apropiación indebida cuando no en hurto. Mientras tanto los legítimos propietarios de aquel dinero no pueden disponer de él para pagar sueldos, pagar proveedores, pagar deudas, o invertirlo y aumentar la productividad.

Aparte del robo -que es tomar dinero ajeno mediante la amenaza del uso de la fuerza-, hay corrupción cuando los funcionarios y autoridades no devuelven lo que han tomado de más.  Cuando atrasan su entrega y cuando abren la posibilidad (sólo ellos tienen la facultad de abrir esa posibilidad) de priorizar ciertas devoluciones mediante tráfico de influencias (sólo se puede influir en ellos) y mediante sobornos.

Hay quienes dicen que it takes two to tango y que tan culpable de corrupción es el funcionario o la autoridad que acepta el tráfico de influencias, o comete cohecho; como el propietario que aprovecha influencias y paga coimas para que se le devuelva lo suyo.  De hecho, la legislación, así lo estima; aunque no estoy de acuerdo. El jurista romano, Ulpiano, explicó que justicia es una voluntad firme y constante para dar a cada uno lo suyo, o su propiedad.

En ese espíritu, cuando a los legítimos propietarios del dinero tomado por funcionarios y autoridades les es negada arbitrariamente la devolución de su propiedad (lo suyo), o les es retrasada arbitrariamente aquella devolución, los funcionarios y autoridades no sólo incurren en injusticia y en corrupción, sino que -si piden, o permiten el tráfico de influencias, o la entrega de sobornos- incurren en extorsión.

Para cumplir con sus obligaciones comerciales y morales, o sólo para recuperar lo que es suyo (su propiedad) los legítimos propietarios del dinero de más, tomado por los funcionarios y autoridades deben someterse a la extorsión y a la corrupción impuesta por quienes tienen el poder para decidir si devuelven, o no el dinero que no les corresponde, y cuando.

A una amiga, los funcionarios y autoridades le deben -por crédito fiscal- una suma de seis cifras.  Como ella necesita el dinero (y es suyo) le preguntó a su contador si era el momento de iniciar un proceso administrativo para recuperar los fondos.  El consejo del contador fue que no lo hiciera; porque lo que ha ocurrido en otras ocasiones es que una vez los propietarios del dinero lo piden de vuelta, los funcionarios y las autoridades a cargo ordenan una auditoría intimidatoria que -entre la arbitrariedad, y la complejidad de la legislación tributaria- termina perjudicando al dueño del dinero.

Los estatistas -porque creen que los intereses colectivos deben prevalecer sobre los derechos individuales, porque no entienden el valor de la propiedad y porque son beneficiarios de la expoliación- te han hecho creer que la obligación de tributar no está sometida a los mismos criterios éticos a los que están sometidas las relaciones privadas entre la gente y la propiedad ajena.  Te han hecho creer que los funcionarios y autoridades no son los corruptores, sino los corrompidos.  Te han hecho creer que los legítimos propietarios del dinero expoliado por funcionarios y autoridades deberían someterse, sin chistar, a la arbitrariedad y a los enredos de los que se rehúsan a devolver lo que no es suyo y no deberían tener en posesión.

Si caes en sus trampas retóricas no sólo contribuyes a profundizar y a perpetuar el poder ilimitado y arbitrario de los funcionarios y autoridades, sino que abonas el sistema en el que medra la corrupción e impides que la lucha legítima contra ese crimen tenga posibilidades de triunfar entre nosotros.

Los corruptos deben enfrentar la ley…y a la justicia; y para entender más la naturaleza perversa de la corrupción, y la del estatismo que la cultiva, te invito a visitar los enlaces de abajo:

Una solución razonable, más allá de la corrupción

Dicho lo anterior, ¿cómo se resuelve de fondo este asunto de los créditos fiscales? ¿Cómo evitamos la tormenta perfecta para la corrupción?  En Reformemos el IVA a las exportaciones, Lizardo Bolaños hace una propuesta razonable que comparto: Ejemplos abundan para hacer una buena reforma, como lo muestra la experiencia internacional que va de Uruguay a la Unión Europea. Ya sea usando «IVA cero» o una «cuenta corriente tributaria», es posible quitarles al Gobierno, a la burocracia y a los políticos involucrados el poder de extorsionar a las empresas pequeñas y grandes del país. Y, claro, quitarles a los empresarios la tentación de resolver el problema pagando mordidas.

Y, ¿qué hacemos con los empresarios culpables de cohecho, por ejemplo?

Las penas para el cohecho activo (el que soborna) son de entre uno y cinco años de prisión con multa de cien a tres mil quetzales.  Si yo fuera juez -basado en que los impuestos son una forma de robo y que la retención de los créditos fiscales son ilegítimas e ilegales y que se prestan a extorsión- le daría al culpable de sobornar la pena de un año conmutable y el máximo de la pena monetaria.  Eso con el propósito de no dejar impune el delito.  En la sentencia explicaría bien por qué.  Y si se pudiera, recomendaría, de la forma en que sea oportuno, que los funcionarios y autoridades responsables de crear la tormenta perfecta para la corrupción fueran perseguidos, procesados y castigados con toda la severidad de la ley.  Eso con el propósito de no dejar impune el delito y de explicar bien que, desde el poder, no se vale expoliar, ni extorsionar a los mandantes, ni a nadie.

Gracias a mi cuate, Danilo, animarme a pensar más sobre este tema.

¿Y ahora, qué piensas?

La ilustración la tomé de Facebook.

Comments

comments

Comments are closed.