Prevalece el estado de derecho: no a las inconstitucionalidades tributarias

Diferentes asociaciones, sectores empresariales y ciudadanos  han presentado numerosas acciones de inconstitucionalidad -ante la Corte de Constitucionalidad- contra los Decretos 4-2012 y 10-2012 derivados de la entrada en vigencia de la nueva ley del impuesto sobre los rendimientos del capital (mal llamado Impuesto sobre la Renta).

Hoy  trascendió que aquel tribunal colegiado, resolvió la suspensión provisional del Artículo 61 del Decreto 10-2012 o Ley de Actualización Tributaria, referente a la recalificación de operaciones;  y con esta suspensión provisional da una muestra -a los ciudadanos y tributarios- en el sentido correcto de hacer respetar los derechos de los guatemaltecos consagrados en la Carta Magna, en especial las libertades fundamentales como la libertad de industria, comercio y trabajo.  Así lo indicó Carla Caballeros, Directora Ejecutiva de la Cámara del Agro.

Carla explicó que dicho artículo le otorgaba a la Administración Tributaria poderes discrecionales, y violaba los principios constitucionales consagrados en los artículos 5, 39, 43 y 130 de la Constitución Política de la República.

El Presidente de la Cámara del Agro  informó que esa organización, los pequeños productores del país,  y la población general confían en que la Corte de Constitucionalidad actúe apegada a derecho y conozca, en los plazos establecidos por la ley, las impugnaciones presentadas en conjunto con la Cámara de Comercio la semana pasada contra más de 15 artículos de ambos decretos que afectan a miles de micro, pequeños y medianos productores.

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