Estado de Sitio, patente de corso

 

En 2021 escribí que el estado de excepción es anticonstitucional porque el propósito de la Constitución es proteger los derechos individuales de los habitantes del país contra los abusos de quienes están en el poder, sean del color que sean, y un estado de excepción anula muchos de aquellos derechos. No dije que fuera inconstitucional, porque en Guatemala las leyes constitucionales no pueden ser declaradas inconstitucionales y mi opinión es de carácter filosófico.

Decreto gubernativo de Estado de Sitio.

Dicho lo anterior, el estado de sitio es el más grave de los estados de excepción porque es el que más derechos anula y es casi una patente de corso para el Organismo Ejecutivo.

Un Estado de Sitio tiene implicaciones militares, a tal punto que el artículo 17 de la Ley de Orden Público dice que durante su vigencia el Presidente de la República ejercerá el gobierno en su calidad de Comandante General del Ejército, a través del Ministro de la Defensa Nacional. No gobernará desde la presidencia como presidente de la República (que es un cargo civil), sino desde el más alto cargo castrense. Por eso es curioso que el Comandante dijera que hay Estado de Sitio, pero que este no altera la vida cotidiana ni las actividades normales de la gente. Ojo: no hay toque de queda ni restricciones a la movilidad; pero estamos viviendo por permiso y no por derecho, mucho más que lo usual.

En la declaratoria de ayer, aunque está escuetamente explicada la motivación —los asesinatos terroristas de policías—, no queda claro qué es exactamente lo que se espera lograr con el Estado de Sitio que no se pueda lograr por medios ordinarios con instrumentos como la Ley para el Combate Frontal a las Actividades Delictivas de las Maras, la Ley Contra la Delincuencia Organizada y el Código Penal ya existentes. Digo esto porque el estado de excepción no sólo anula derechos individuales, sino que además forzó la suspensión de clases en los planteles que dependen del Ministerio de Educación, y algunos centros educativos que no dependen del Mineduc se plegaron rápidamente a la suspensión. ¿Viste que el IGSS no atendió hoy a sus afiliados? ¿Viste que el Organismo Judicial cerró juzgados y tribunales? Así no se puede seguir con la vida cotidiana normal.

Los asesinatos del domingo fueron extraordinarios; y rápidamente hubo grupos e individuos que —como ocurrió en 2020— se apresuraron a elevar los niveles de miedo y temor. Algunos hicieron señalamientos concretos hacia personas y organizaciones, tan específicos que su obligación moral es presentarse a la fiscalía antes de ser citados a declarar. ¿Por qué es políticamente útil asustar como en 2020? Porque asustada, la gente acepta cualquier limitación a la libertad y cualquier abuso.

Toda persona sospechosa de conspirar contra el gobierno corre riesgo durante la vigencia del Estado de Sitio, de acuerdo con el artículo 19 de la Ley de Orden Público; afortunadamente, en su conferencia de prensa de ayer, el presidente Bernardo Arévalo dijo saber quiénes están detrás de los ataques; y si eso es cierto, su afirmación no debería quedarse en discurso. Las investigaciones deberían estar ya en manos de la fiscalía y las denuncias en camino a los tribunales. Porque, claro, el Estado de Sitio no debe ser una patente de corso para usos políticos ni debe extenderse a discreción.

Si el Estado de Sitio tiene objetivos, esos deberían estar bien claros, clarísimos; y uno supone que se levantará tan pronto como se logren. Pero ¿quién los mide y con qué criterios? Mientras no haya respuestas concretas, el país seguirá gobernado por permiso en lugar de por derecho.

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