Importancia de la división del poder

La PGN inició una acción para que que el Congreso determine si procede, o no el derecho de antejuicio de tres magistrados de la Corte de Constitucionalidad; por la posible comisión de los delitos de prevaricato, violación a la constitución, resoluciones violatorias a la Constitución y abuso de autoridad.

La acción supone que los señalados han emitido resoluciones arbitrarias e ilegales, que tienden a atribuirse facultades que no le corresponden, coartan facultades constitucionales otorgadas directamente al Presidente, y vulneran principios tales como el de legalidad, y los derechos de defensa y debido proceso.

La PGN sostiene -con razón- que los magistrados, como funcionarios públicos, son depositarios de la autoridad y son legalmente responsable por su conducta oficial, sujetos a la ley y no superiores a ella. Sus actuaciones no están exentas de responsabilidad penal sobre todo si sus resoluciones, por ejemplo, fueran contrarias a la Constitución, o a las leyes.

Si bien es cierto que la función de la C.C. es la defensa del orden constitucional, también lo es que no debe atribuirse facultades de la jefatura del gobierno; y es cierto que no es sano que los magistrados ejerzan y concentren tanto poder que resulten incuestionables (sobre todo si hay la posibilidad de comisión de delitos contra la Carta Magna). C. J. Friedrich, citado por Alberto Herrarte autor de El Estado de Derecho, dice quela división del poder es la base del gobierno civilizado; y K. Loewenstein, también citado por Herrarte, advierte que la clasificación de un sistema político como democrático constitucional depende de la existencia, o carencia de instituciones efectivas por medio de las cuales el ejercicio del poder político está distribuido entre los detentadores del poder”. 

La división del poder incomoda a los intereses de algunos; pero es esencial para una república sana. Hay más sutilezas para comentar, pero se acaba el espacio. Mientras tanto, ¡Feliz y próspero 2019 para ti y tu familia!

Columna publicada en elPeriódico; y la imágen es Jean-François Soitoux, CC BY-SA 2.0, via Creative Commons.

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