Leí, en un diario de los diarios chapines, que comete genocidio quien cause la muerte de miembros de grupo nacional, étnico, o religioso; y si así fuera, cometería genocidio todo homicida y todo asesino, porque, ¿qué víctima no es miembro de un grupo nacional, étnico, y/o religioso?
En los procedimientos contra Efraín Ríos Montt y José Mauricio Rodríguez los grupos involucrados en la acusación omiten el componente fundamental de la tipificación de aquel delito, contenido en el artículo 376 del Código Penal: el propósito de destruir a un grupo nacional, étnico, o religioso. El mismo elemento de propósito o intención de destruir se observa en el artículo 6 del Estatuto de Roma.
Recuerdo, de mi maestro Francisco Fonseca Penedo, que la tipificación de los delitos se deriva del principio de legalidad, propio de un estado de derecho. Los delitos deben estar descritos con precisión y si una conducta humana no se ajusta exactamente al delito descrito, no puede ser considerada como tal.
En el caso que nos ocupa, los grupos interesados no pueden probar –porque no existió–el propósito preciso y exacto de eliminar a un grupo étnico. Ni siquiera si hubiera la evidencia circunstancial de que un número elevado de personas de un grupo específico hubiera sido víctima de alguno de los actos que son genocidio. Circunstancial porque si un porcentaje elevado de los habitantes del país tenemos sangre indígena, sería muy raro que en un enfrentamiento armado que duró 36 años no hubiera víctimas indígenas. Y circunstancial porque si actividades especialmente violentas de aquel enfrentamiento ocurrieron en zonas geográficas habitadas mayoritariamente por indígenas de una u otra etnia, sería muy raro que la mayoría de víctimas no perteneciera al grupo dominante en aquella zona geográfica.
Lo cierto es que si alguien cometió delitos durante el enfrentamiento armado –de uno y otro lado– debería ser juzgado por esos delitos. Ríos Montt es impresentable; pero es inadmisible que se quiera fabricar una acusación de genocidio. Pretensión que huele a venganza, y no a justicia. Habiendo la posibilidad de que miembros de uno y otro bando hayan cometido delitos de verdad, durante el conflicto, es sospechoso que haya un énfasis en un supuesto delito de genocidio, fabricado mediática y judicialmente.
Por otro lado, si no se va a juzgar a ambas partes del conflicto; si se va a insistir en el tema artificioso del genocidio, ¿qué sentido tienen los acuerdos de pacificación? La venganza contra una de las partes –en violación del debido proceso y del principio de legalidad– no puede sino interpretarse como la continuación del conflicto armado por la vía de la justicia politizada o de la política judicializada. Especialmente cuando la jueza llega vestida de rojo y negro.
El tema de la jueza es importante porque ayer, que comenzaron los procedimientos citados, la jueza expulsó del tribunal al abogado de Ríos Mont cuando lo que en realidad procedía era que ella se excusara, o que enviara la solicitud de recusación a la Sala correspondiente. Esto es porque el citado abogado expuso que, en 2011, la jueza había declarado que tenía grave enemistad con él y había pedido apartarse de todos los procesos en los cuales figuraba él. Siendo aquel el caso, lo impensable -por ilegal y por violatorio del derecho de defensa del encartado- era que la jueza expulsara al abogado y privara al acusado (cuya presunción de inocencia es inexistente en los procedimientos) de una defensa conforme al debido proceso y a la ley. Es un hecho que el artículo 92 del Código Procesal Penal le garantiza al sindicado el derecho a elegir un abogado defensor de su confianza. Es un abuso grave que la jueza se haya arrogado la facultad de negarle un abogado de su confianza al imputado.
Si a esta arbitrariedad se le suma el hecho ominoso de que durante meses se le negó al encartado la posibilidad de aportar pruebas para su defensa; y sólo hasta ayer se le notificó que serían aceptadas las pruebas de descargo, sólo cabe sospechar que estos procedimientos tienen un elevado tinte político. Si el tribunal comenzó los procedimientos cometiendo aquellas arbitrariedades, ¿estos procedimientos van a servir a la justicia, o a los colores y propósitos de grupos políticos específicos?
Y me pregunto que, ¿en qué cajón ya está redactada la sentencia contra Ríos y Rodríguez?
Completamente de acuerdo
Totalmente de acuerdo. Es un circo mediático, en mi opinión, un paso más de la fiscal general de agrandar su ya megalómana autoestima internacional frente a los medios. Si hay delito o no, corresponde en la sala de debates presentar los medios de convicción que lleven al juzgador a emitir una condena conforme a derecho, pero qué se puede esperar de un juicio que empezó con una acusación que no es siquiera correcta ni apegada a derecho. Este proceso en sí es un chiste, una payasada política y una casería de brujas en contra del ejército.
circunstancial seria si derepente hay una balacera y se muere alguien, no por un proceso de 36 años de guerra, donde con hecho pensado fueron a masacrar grupos de personas en una región especifica donde no era una mezcla heterogenia de razas, es un grupo bien definido, si en ese grupo indígena había un ladino o un extranjero eso si es circunstancial. Sabemos que no fue que esos grupos casualmente estuvieran de paso por la pueblo, aldea, o caserío que fue masacrado. Si voy y mato a un poblado de judíos por que dije ese poblado debo eliminarlo, es un grupo étnico especifico, preciso y exacto.
El abogado conocía a la juez, obviamente ya sabia quien era la juez, hubiera hecho la solicitud correspondiente del cambio de juez si el mismo declaro eso, entrampar el proceso por decir que cambien de abogado también seria artimaña, para buscar un juez de su confianza. No le impusieron un abogado por lo tanto siguen cumpliendo el derecho de un abogado de confianza.
No se por que siguen con la idea de que si no se juzga a los demás no se debe juzgar a uno, entonces no juzgamos a un criminal por que no se ha juzgado a ningún otro criminal? Que sean de un bando o del otro, del ejercito, de la guerrilla, de la mara 18, de los Z, se les acusa a cada uno por delitos separados y en su debido momento.
Lastimosamente la gente shuca pidió ser eximidos de sus crímenes de guerra por que no tuvieron el valor del dialogo, al final por que pasaron 36 años de conflicto armado, por que no sabían exactamente ni que querían. No fue una batalla campal que durara 36 años que costara matar al enemigo, en ese tiempo pasaron montón de presidentes, el país estuvo jodido y para que? Solo fue para matarnos, las desigualdades no las solventaron para nada, y ya estuvieron en el poder el periodo pasado y tampoco solventaron nada. Guatemala atada de manos vio como esos dos grupos (ejercito y guerrilla) firmaron la paz y perdonarse el montón de guatemaltecos muertos.
LuisFi,
este juicio ya está arreglado porque cuenta con la bendición de la CICIG, el MP, el PNUD, la CIDH y demás organizaciones de izquierda que han ganado en este país enormes espacios a cuenta de la pérdida de libertas y de credibilidad del sistema de justicia de Guatemala.
Este juicio es una inmundicia. No debería suceder.
[…] confirmó la resolución de la jueza Carol Patricia Flores – que anuló el juicio por supuesto genocidio- y resolvió que la jueza Jazmín Barrios debe remitirle el caso Ríos-Rodríguez a su homóloga […]
[…] En cambio, creo que en la búsqueda de la verdad todo está a debate y nada debería ser tabú. ¡Por supuesto que se puede explicar!, y hay una obligación moral de explicar que no hubo genocidio. […]
LuisFi: ok no hubo genocidio porque se esta mal usando la palabra, pero hubo derramamiento de sangre injusto en el que mujeres, niños, ancianos y hombres inocentes murieron a manos del ejército Yihad personas incluyendo el cobarde de Ríos Mont, pudieron haberlo evitado, los intereses económicos del ejército fueron más importantes que la vida de miles. Y bueno….. Pues no hubo genocidio pero si hubo matanza y. Aunque la justicia le llegue tarde a este “cristiano” eso deseo que lo linchen los familiares de todos aquellos que perecieron , porque es obvio que en Guatemala estar aplicando justicia moderna no funciona, pues a este dinosaurio de la política habría que aplicarle justicia arcaica.
LuisFi, todas las opiniones son valiosas. Que lamentable que después de 16 años de la firma de la ” Paz firme y duradera” estamos atizando el fuego del odio, la confrontación a través de este circo mediático. Nací en 1965 en Zacapa, donde comenzó este gran lío, en la sierra de las minas. Viví esta confrontación en carne propia. Mi padre era un vendedor viajero. Viajaba en camioneta parrillera, cuando viajaba al occidente la guerrilla le tiraba al suelo su mercadería. A él lo golpeaban y acusaban de cualquier cosa, desde ser una “maldito comerciante” hasta “oreja” esto sucedió más de una vez.
Todos olvidamos este episodio horrible de nuestra historia contemporánea porque es parte del perdón. Ahora estos extranjeros y guatemaltecos comprados reviven el asunto, el resentimiento. Lo peor es que hay tantos jovencitos opinando, basandose en lo que les dicen, opiniones que pienso no están basadas en hechos.
Marian, solo puedo decirte que todos perdimos con esos 36 años de confrontación. Nuestro reto ahora es dejar atrás el pasado (que ha lo estabamos haciendo) y tratar de avanzar en el plano personal, creando oportunidades.
Bendiciones para todos los lectores de este blog.