¡Ley pervertida! !Ley hacedora de iniquidad!, estas frases, que Federico Bastiat incluye en el primer párrafo de su obra La ley, se aplican muy bien a la ley antiadopciones y a sus efectos en Guatemala.
“La adopción es el acto jurídico de asistencia social por el que un adoptante toma como hijo propio a un menor que es hijo de otra persona”; no obstante, puede legalizarse la adopción de un mayor de edad con su expreso consentimiento, cuando hubiere existido la adopción de hecho durante su minoridad, dice el Código Civil guatemalteco.
A pesar de la frialdad con que la adopción es descrita en la ley Civil de Guatemala, esta institución se trata de proveer de padres y de hogar a quienes no los tienen. Y al modo de Cruela de Vil, los funcionarios chapines -para satisfacción de los los burócratas de La Haya- se complacen de que cada vez haya menos niños que hallen padres y hogar, y de que a la mayoría de los niños adoptables, les esté casi vedado hallar padres y hogar en sociedades con más oportunidades que la sociedad chapina.
El Consejo Nacional de Adopciones informó que hasta el miércoles último se había tramitado las primeras 16 adopciones (¡Que velocidad!), para familias guatemaltecas ya que la Ley les da prioridad a interesados locales. De modo que el tortuguismo de la burocrácia chapina hará esperar y esperar a aquellos niños que, en otra circunstancias, podrían gozar de padres y de hogar en otros países, sólo por el chauvinismo legal. ¿O es porque en otras sociedades no quieren niños latinoamericanos? ¿Ya exploraron esta posibilidad los siervos de los países amigos?