Bloqueos y derechos

Una característica esencial de los derechos es la de que su ejercicio no debe implicar la violación de derechos ajenos.

El derecho de reunión y el derecho a manifestar de unos no deben violar el derecho a la libre locomoción de otros. El derecho a la libertad de expresión de unos, no debe violar el derecho de propiedad de otros. Aquella facultad que se ejerce a expensas de otros, no puede ser llamada derecho; por lo tanto, todo derecho conlleva una y solo una obligación: la de no infringirle cargas a nadie.

Por eso es que es muy atinado que la Corte de Constitucionalidad haya resuelto que la Administración está obligada a impedir que las manifestaciones del Frente Nacional de Lucha bloqueen el paso en las carreteras. El derecho a manifestar es un recurso muy valioso en cualquier república que se respete; pero su ejercicio legítimo no debe violar el derecho de libre locomoción, ni ningún otro.

Es inaceptable decir que el acto de impedirles el paso a las personas –por carreteras que son de propiedad pública– no constituye bloqueo, y que solo es una forma de resistencia pacífica. Esa argumentación es insostenible y evidencia el desprecio que los organizadores de los bloqueos tienen por la ley, la inteligencia de las personas y los derechos ajenos.

La Administración cuenta con la autoridad moral y legal necesarias para proteger los derechos de los usuarios de las carreteras; y no debe sentirse intimidada por los actos de violencia de los dirigentes de los bloqueos. Al final de cuentas, la razón de ser de un gobierno propiamente dicho es la de proteger los derechos individuales de todos por igual. Los de los manifestantes para que puedan expresarse; y las de los usuarios de las carreteras para que pueden movilizarse. Así, ¿quién tendría motivo para quejarse?

Saludo y agradecimiento: a los propietarios y ejecutivos de ‘elPeriódico’, ¡muchas gracias por darme espacio en sus páginas!; y a los lectores, como decía don Pedro Vargas: “Muy agradecido, muy agradecido, muy agradecido”.

Como en mi blog www.luisfi61.com, en este espacio los ejes centrales son la libertad y la razón. Y como vivo en Guatemala, un país que todavía está por ser construido y en el que los derechos individuales y la igualdad ante la ley tienen una existencia precaria, estos son mis temas favoritos.

Esta columna fue publicada por El Periódico.

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3 comments

  1. Carlos Chacón

    Soy un lector asiduo de Carpe Diem desde los tiempos de Prensa Libre y me alegra que vuelva a aparecer la columna ahora en elPeriódico. Felicitaciones y ánimo!

  2. […] característica esencial de los derechos es la de que su ejercicio no debe implicar la violación de derechos ajenos.  El derecho de reunión y el derecho a manifestar de unos no deben violar el derecho a la libre […]

  3. […] se refirió a la resolución de aquella Corte en el sentido de que las manifestaciones no deben violar los derechos de terceros y […]