Sigue la legislación demagógica: exoneraciones y privilegios

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Puede que sea cierto eso de que mente sana en cuerpo sano; lo que sí es cierto, cierto es que el fortalecimiento -que es el hábito de ejercitar el cuerpo para hacerlo fuerte, vigoroso y saludable- es una virtud derivada del orgullo. También es cierto, cierto que para triunfar en la aptitud física y de salud se necesita de racionalidad, honestidad, laboriosidad, determinación, perseverancia y responsabilidad.

El enfoque principal del fortalecimiento, como el del orgullo es hacia el interior de los individuos, son virtudes introvertidas dirigidas a construirse uno mismo a la imagen de sus valores.  De ahí que el objetivo del deportista o el atleta racional no sea vencer y menos humillar al otro, sino probarse a sí mismo que puede ser mejor.  (Y cuando escribo esto veo mi panza y me perturbo).

Si quieres saber más de este tema, te recomiendo Objetivismo: la filosofía benevolente, por Warren Orbaugh.

El asunto viene al caso porque hoy nos enteramos de que en el Congreso de la República (en otra expresión de demagogia y populismo) hay una iniciativa de legislación para exonerar del impuesto sobre los rendimientos del capital (conocido como Impuesto Sobre la Renta) y del Impuesto al Valor Agregado a empresas que patrocinen deportistas de alto rendimiento.

Está claro que siendo virtudes el fortalecimiento y el orgullo, las actividades deportivas son algo objetivamente bueno. Y admiro y respeto a los deportistas que ganan medallas y competencias. Lo que no está claro, sin embargo, es por qué -a título de qué- es que los tributarios tenemos que pagarles sus actividades de fortalecimiento a terceros.  Puesto de otra forma, el dinero de los tributarios que se usa para financiar las aficiones deportivas de unos individuos son transferencias forzadas de propiedad ajena que sirven a intereses particulares y específicos en perjuicio de otros.  Una exoneración de impuestos a unos individuos, para financiar a otros, eleva arbitrariamente la carga tributaria sobre los individuos que no son exonerados y privilegia a los que no tienen que pagar el impuesto…además de privilegiar a los que reciben los recursos.

Es un error acudir al argumento colectivista de que los éxitos deportivos de los aficionados beneficiados con las transferencias de riqueza le traen gloria al país. Porque tal línea de argumentación no resuelve el hecho de que cuando no se toma dinero ajeno por la fuerza para dárselo a los aficionados a los deportes; a unos tributarios se les quita el peso de los impuestos para elevar el peso sobre otros. Además no es cierto que los guatemaltecos ganamos medallas, ni campeonatos; las ganan aquellos que han competido y han tenido la racionalidad, honestidad, laboriosidad, determinación, perseverancia y responsabilidad necesarias para competir y ganar. Es una victoria pírrica moral conseguir que otros paguen por las aficiones de unos pocos; y la situación no mejora si tal victoria si se logra al grito de ¡pan y circo!

Es cierto que la autoestima de muchos necesita ser alimentada (falsamente) con los éxitos de otros; pero, ¿de verdad deberíamos alentar esa miseria?  Además que no te engañen, esta legislación se trata de privilegios para los que reciben los recursos, y privilegios para los que no tendrán que pagar el impuesto.  En perjuicio de los que no tienen otra opción que pagar porque el ISR se lo quitan antes de que le entreguen el cheque de su sueldo.  ¿Por qué es que un comerciante en Huehuetenango, o en Izabal tiene que cargar con más ISR e IVA como consecuencia de que un empresaurio en la ciudad de Guatemala fue exonerado de ese tributo?

Actualización: La Fundación Amigos del deporte olímpico publicó una perspectiva sobre este tema; misma que, en el fondo, no invalida el principio de que las aficiones personales de unas personas no deberían ser financiadas con dinero ajeno tomado por la fuerza, ni con privilegios y exenciones concedidas a terceros.

La foto es por Philippe Magnier (Francia, 1647-1715) (Jastrow, 2007) CC BY 2.5 , via Wikimedia Commons.

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