¿Justicia ancestral a prueba?

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José Rodrigo Juárez, Erick Rolando Ruano y Lebner Rubin Monterroso, teniente y subtenientes del ejército respecticamente, fueron detenidos ilegalmente en San Juan Sacatepéquez por un grupo de encapuchados. Monterroso fue cruelmente torturado y se halla en el Centro Médico Militar con traumas craneocefálicos y laceraciones; Juárez y Ruano fueron llevados a la sede de la Policía Nacional Civil en aquella población.

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Aquel acto de barbarie ocurrió hoy, a sólo dos días de que, en Todos Santos Cuchumatán, Huehuetenango, falleciera Cándido Méndez, luego de que fuera vapuleado el 22 de febrero pasado.

¿Ya viste la reacción del Procurador de los Derechos Humanos, o la del Ministerio Público? Los culpables de estos actos delincuenciales, ¿serán perseguidos, procesados y condenados? Si los responsables son autoridades ancestrales, ¿quedarán impunes?  Por otro lado, ¿De qué se acusó a los sindicados?

La pena impuesta, ¿fue proporcional al delito cometido? ¿Cómo se distingue la justicia ancestral de las acciones de vigilantes encapuchados en poblaciones indígenas?

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La justicia ancestral ya está reconocida en la Constitución en el artículo 66; y está por verse si la reforma del sistema de justicia va a integrar este tipo de actos, y cómo; así como está por verse si va a ser reconocida la capacidad de juzgar y de hacer cumplir lo juzgado por parte de las autoridades ancestrales al mismo nivel  que el de los jueces y magistrados de la jurisdicción ordinaria.

Actualización: Hice una consulta en @luisficarpediem y resulta que de 40 personas que la contestaron una opinó en el sentido de que la cultura puede ser fuente de impunidad en el caso de los torturadores; los demás fueron de la opinión de que los torturadores deben enfrentar cargos independientemente de que, dentro de sus culturas, sean autoridades ancestrales.:

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