“Criterio de ventanilla” en la ventanilla

El “criterio de ventanilla” es el poder que tiene cualquier burócrata de hacerte la vida de “cuadritos” ya sea porque se le pega la gana, o porque quiere extorsionarte, o porque puede; y explica María Dolores Arias, que hacer un trámite en una oficina de gobierno puede ser tan fácil, o tan difícil como  el poder que posee el burócrata en la ventanilla de servicio. Es decir, la facilidad del trámite en la oficina gubernamental es inversamente proporcional al poder discrecional del burócrata de turno.

He aquí un caso que le ocurrió a una amiga notaria:

Las asociaciones se inscriben en el Registro de personas jurídicas, del Ministerio de Gobernación y si vas a constituir una asociación administradora de un condominio, es al Repeju a donde tienes que ir a caer.

Y…pues bien…para empezar a escriturar en julio (digamos) hay que constituir la asociación ante notario y hay que recoger las firmas de los miembros de la asociación.

Sucede que al presentar la documentación en el Repeju, el receptor dispuso que la asociación no puede er inscrita porque la escritura se hizo en abril y desde el 17 de marzo -por prohibición presidencial- no podía haberse celebrado evento alguno.

Está claro que no podía haberse celebrado evento alguno; pero…el otorgamiento de una escritura pública no es un evento. Un evento puede ser un partido de fútbol, una presentación teatral, una misa de primera comunión, o algo así; pero no hay forma de que el otorgamiento de una escritura sea un evento, ni siquiera parecido a una sesión de junta directiva. De hecho puede hacerse en línea y las firmas de 8 personas pueden ser recogidas individualmente por mensajero.  ¿Ves  el criterio de ventanilla?  El de la ventanilla dispone que hubo evento y dispone que no habrá inscripción, y no es no. Porque quiere. Por arbitrariedad. Porque este macho es mi mula.

El receptor añade que el registro podría ser sometido a consideración del registro si la escritura fue hecha antes del 17. Igual veríamos en un mes y medio, si volvieran a la normalidad los servicios no esenciales.

¿Cómo va a ser un servicio no esencial un registro público?  Tengo entendido que el Registro de la propiedad y el Registro mercantil están funcionando.  ¿Por qué no funciona el Repeju? Si no hacen los registros, ¿para qué está abierto el Repeju? ¿Cuál será el criterio en mes y medio? ¿Habrá una cola larga de solicitantes de registro esperando turno? ¿Habrá que dar mordida? A lo mejor no; pero, ¿por qué no?

El criterio de ventanilla es un lastre. ¿Qué harías para remontar el criterio de ventanilla?

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