¿Y la presunción de inocencia?

En la Constitución de la República hay un Título II que se llama: Derechos humanos; en ese título hay un Capítulo I que se titula: Derechos individuales.  Entre estos derechos individuales se ecuentran el derecho a la vida, el de la libertad, el de locomoción, el de libertad de expresión y el de petición; también se hallan garantías importantes como la igualdad ante la ley, la irretroactividad de la ley, la inviolabilidad de la vivienda y la de la correspondencia, los documentos y los libros.  Ahí está, en el artículo 14 una garantía que se les olvida a muchos; la de la presunción de inocencia que dice: Toda persona es inocente, mientras que no se le haya declarado responsable judicialmente, en sentencia debidamente ejecutoriada.

Esta garantía consitucional, ubicada en la Constitución bajo el título de derecho humano y el capítulo de derechos individuales, la de la presunción de inocencia, parece no importarles a los grupos de interés que persiguen a los militares que dirigieron la lucha contra la guerrilla marxista-leninista.

El general Mario López Fuentes está en la fase terminal de un mieloma múltiple, que es una forma de cáncer; y se halla -procesado- en el Centro Médico Militar. Ayer, el general solicitó una medida sustitutiva que le permita ir a morir a su casa.   ¿Cómo reaccionaron los grupos de interés humanitarios que lo persiguen? Pues esos grupos distribuyeron volantes con el propósito de presionar al juzgado y mantener al militar humillado hasta en su lecho de muerte.

El general López Fuentes, como cualquier otro procesado, es inocente hasta que no sea declarado culpable de acuerdo con el debido proceso y con la Constitución.  Pero eso, ¿qué les puede importar a los que no buscan justicia, sino venganza?  ¿Que valor tiene el hecho de parecer defensor de los derechos humanos para unos, y no para otros?  ¿Qué tanto puede el odio?

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  1. Rolando Hernanadez

    que esta pasndo con el colegio de abogados sin mayusculas, pues mayuscula es la aberracion sistematica de la constitucion politica de la republica, y la conciencia del procurador de los derechos humanos (rojos, asi como van las cosas, estamos muy mal, el remhi como que es la doctrina legal de los jueces….. que lo toman como un documento de evidencia legal. hasta donde llegaran estos magos interpretes de la legislacion guatemalteca. colegios de abogados despierten con el nunca mas, pero del manoseo a sabor y antojo de nuestras leyes.. o hasta donde llegaran estos buitres juridicos con sus padrinos verdes y rojos, cuales con tarjetas de credito, dolares y euros, siguen la fiesta de su modus vivendi desde los acuerdos de paz. Felicitaciones Luis Figueroa por su analisis.

  2. […] que el 23 de noviembre de 2011 trasladó a Miguel Ángel Gálvez el caso contra el general Héctor Mario López Fuentes, único sindicado en aquella fecha.  La segunda orden de la Corte de Constitucionalidad que […]