Según Alvaro Santa Clos Colom no hay impedimento alguno para que Sandra Evita Torres sea candidata presidencial. Según el Presidente, a su esposa le tienen miedo y en caso de no permitírsele la incripción se le estaría violando el derecho humano a ser electo.
Lo cierto, sin embargo, es que el artículo 186 (c) de la Constitución les prohibe a los parientes del Mandatario, dentro del cuarto grado de consangunidad y segundo de afinidad, que opten al cargo de Presidente. Y si se los prohíbe hasta el cuarto de consangunidad y segundo de afinidad, ¿cómo no le va a estar prohibido a la persona que está tan al mismo nivel que no forma grado?
Aparte de eso, si el razonamiento de Santa Clos tuviera pies y cabeza, a los menores de 40 años también se les estaría violando su derecho a ser electos porque esa es la edad mínima establecida en la Carta Magna; y a los niños de 17 o menos años de edad también se les estaría violando su derecho porque sólo los mayores de 18 pueden elegir y ser electos. A los presos, que pierden sus derechos políticos, también se les estarían violando estos.
Por cierto que los derechos a elegir y ser electos no son de la misma naturaleza de los derechos a la vida, la libertad, la propiedad y la búsqueda de la felicidad. Estos primeros se derivan de la condición humana en el sentido de que les garantizan a las personas su existencia qua seres humanos; en tanto que los segundos son de orden político y se derivan de decisiones políticas.
La retórica de Santa Clos es engañosa y los incautos podrían caer en su trampa. El Presidente, por otra parte, está apoyando expresamente y con propaganda a su esposa. Anoche, en la televisión, vi un anuncio de una visita de Evita algún lado y en el spot, pagado por la Presidencia, una ordadora pedía que la esposa de el Presidente fuera candidata presidencial. Más pelados, no se puede.